spot_img

Honduras bajo toque de queda

Tegucigalpa – El gobierno decretó toque de queda durante 10 días y entrará en vigencia a partir de las 11:00 de la noche de este viernes, ya que fue publicado el Decreto Ejecutivo en La Gaceta. El decreto destaca que se “prohíbe la libre circulación de las personas, prohibición que podrá aplicarse en horario de 6:00 pm a 6:00 am”.

La medida fue adoptada por el gobierno en Consejo de Ministros, el cual fue presidido por el designado presidencial Ricardo Álvarez, luego de los hechos de violencia que han afectado al país en dos días.

El toque de queda, como se conoce popularmente la medida, se podrá  aplicarse en “todo o parte del territorio nacional en atención a los hechos que ocasiona la restricción de esta libertad a recomendación de autoridad competente”.

Están exceptos de la restricción de libre circulación los miembros y personal del Tribunal Supremo Electoral (TSE), representantes de partidos políticos, observadores nacionales e internacionales, los comunicadores sociales acreditados ante el TSE, transporte de carga, entes de socorro y emergencia acreditados, ambulancias, personal de enfermería y médico, los miembros de los cuerpos de seguridad y justicia.

Igualmente estarán exceptos altos funcionarios de Estado debidamente identificados por la Policía Nacional, miembros del Cuerpo Diplomático y consular, organismos y misiones internacionales y el Comisionado Nacional de Derechos Humanos y su personal.

Las Fuerzas Armadas apoyarán en forma conjunta o separada cuando lo situación sea requerida.

Se podrá “detener a toda persona encontrada fuera del horario de circulación establecido, o que de alguna manera sea sospechosa de causar daños a las personas o sus bienes, aquellos que se asocien  con el objeto de cometer hechos delictivos o esté en peligro su vida.

A los detenidos se le leerán sus derechos, así como se llevará un registro en cada retén, posta o recinto policial y militar.

Todos los detenidos permanecerán recluidos por los términos establecidos por la ley.

También se procederá al desalojo de toda instalación pública, carreteras, puentes y otras instalaciones públicas y privadas que hayan sido tomadas por manifestantes o se encuentren en su interior en la comisión de actividades prohibidas por la ley.

Las secretarías de Estado e instituciones públicas poner a disposición de las Fuerzas Armadas 

{google_docs}http://procesodigital.hn/pcm-084-2017-suspension-de-garantias-art-81.pdf|width:530|height:650|link:yes|link_label:Descargar{/google_docs}

spot_img
spot_img

Noticias recientes

spot_img
spot_imgspot_img