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Hondureños a elecciones con derechos y garantías constitucionales suspendidas

Tegucigalpa – Más de seis millones de hondureños, de 10 que componen la población total, acudirán a elecciones generales el 30 de noviembre bajo un prolongado estado de excepción que suspende los derechos y garantías constitucionales.   

La medida, vigente desde el 6 de diciembre de 2022, fue ampliada hasta el 26 de diciembre de 2025 y constituye la prórroga número 24, pese a las críticas de sectores sociales y defensores de derechos humanos ante los reiterados excesos de las autoridades policiales y militares.

El Comisionado Nacional de Derechos Humanos (Conadeh), atendió, hasta agosto de 2025, alrededor de 1 mil 30 quejas entre las que destacan desapariciones forzadas, potenciales ejecuciones extrajudiciales y casos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes.

De acuerdo al PCM-37-2025 se suspenden los siguientes artículos:

ARTÍCULO 69.- La libertad personal es inviolable y sólo con arreglo a las leyes podrá ser restringida o suspendida temporalmente.

ARTÍCULO 78.- Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres.

ARTÍCULO 81.- Toda persona tiene derecho a circular libremente, salir, entrar y permanecer en el territorio nacional.

ARTÍCULO 84.- Nadie podrá ser arrestado o detenido sino en virtud de mandato escrito de autoridad competente, expedido con las formalidades legales y por motivo previamente establecido en la Ley.

ARTÍCULO 93.- Aún con auto de prisión, ninguna persona puede ser llevada a la cárcel ni detenida en ella, si otorga caución suficiente de conformidad con la Ley.

ARTÍCULO 99.- El domicilio es inviolable. Ningún ingreso o registro podrá verificarse sin consentimiento de la persona que lo habita o resolución de autoridad competente. No obstante, puede ser allanado, en caso de urgencia, para impedir la comisión o impunidad de delitos o evitar daños graves a la persona o a la propiedad.

Preocupación altísima

Gabriela Castellanos, directora del CNA.

La directora del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Gabriela Castellanos, amonestó la decisión de extender nuevamente el estado de excepción, lo que derivará en la celebración de elecciones generales bajo esta medida del Poder Ejecutivo.

Analizó que bajo esta medida de seguridad, la Policía y las FFAA tienen un espacio amplio y en donde se disminuyen los derechos ciudadanos al protestar de manera pacífica ese día o al anunciar lo que el ciudadano quiera hacerlo de forma tranquila.

Castellanos recordó que el CNE, anteriormente ya se ha pronunciado por la vulneración de los derechos que tiene el ciudadano con esta medida que emana desde el Poder Ejecutivo.

Sabemos –mencionó– que se extiende la medida del estado de excepción, en donde anteriormente estaba dormido un estado porque los índices de violencia han crecido y eso no lo puede negar absolutamente nadie.

“Hoy, nuevamente nos dicen que estamos en estado de excepción por 45 días más, elementos que no nos sirven de nada, que vienen a abonar al caos que hoy podemos sentir la población hondureña y esa es una preocupación altísima”, finalizó Castellanos.

[LEER] Alerta diplomática: Washington señala riesgos claves en el proceso electoral hondureño

Nunca a elecciones bajo estado de excepción

El presidente del Colegio de Abogados de Honduras (CAH), Gustavo Solórzano, expresó su profunda preocupación por la decisión del Gobierno de extender el estado de excepción hasta el 26 de diciembre, medida que implicará que los hondureños participen en el próximo proceso electoral con derechos y garantías constitucionales suspendidos.

Solórzano calificó la situación como un precedente alarmante en la historia democrática del país. “Aquí lo que debe preocuparnos a todos los hondureños es que, en 44 años de vida democrática, jamás habíamos participado en un proceso electoral con suspensión de garantías”, manifestó.

Gustavo Solórzano, presidente del CAH.

El presidente de los abogados explicó que el estado de excepción restringe derechos fundamentales, entre ellos la libertad individual, la libertad de reunión, la libre circulación e incluso la libertad de pensamiento. “El tema de la libertad de carácter individual tiene que ver con que se puede detener a personas sin orden judicial, se prohíbe la libertad de reunión y se suspenden derechos constitucionales”, señaló.

Asimismo, Solórzano cuestionó la efectividad de la medida, recordando que fue implementada con el argumento de reducir la criminalidad y la tasa de homicidios, pero sin resultados contundentes. “Cuando uno lo ve a nivel de números, no se puede decir que ha sido una medida efectiva”, puntualizó.

El presidente del CAH fue enfático al advertir que “nadie está obligado a cumplir órdenes ilegales”, refiriéndose al decreto que mantiene vigente el estado de excepción. “La Policía Nacional y las Fuerzas Armadas deben abstenerse de acatar un decreto con vicios de inconstitucionalidad, porque no cumple los requisitos que exige la ley”, afirmó.

Solórzano recordó que ni siquiera durante la crisis política de 2009, tras el golpe de Estado, se suspendieron las garantías para celebrar elecciones. “Ni en ese momento se atrevieron a suspenderlas, porque los procesos electorales deben ejercerse con plena libertad para garantizar el derecho político fundamental al voto”, subrayó.

Medida traerá consecuencias

El comisionado policial en retiro, Danilo Orellana.

El comisionado de Policía en condición de retiro, Danilo Orellana, cuestionó que de las 24 ampliaciones al estado de excepción únicamente uno fue ratificado en tiempo y forma por el Congreso Nacional.

Alertó que la medida puede traer consecuencias más graves más adelante si existen limitantes para ciertas personas que acudan a ejercer el sufragio y se les restrinjan sus derechos de participar en la elección del 30N.

Añoró que la disposición de seguridad no afecte los derechos de los ciudadanos hondureños.

Orellana refirió que los estados de excepción son utilizados cuando hay problemas graves en el país o en determinadas zonas, o en su defecto hay calamidad o situaciones mayores, “en este caso que vamos a elecciones más bien tenemos que proteger el proceso electoral para que se garantice la libre locomoción de los ciudadanos para llegar a los centros de votación”.

El exoficial de la Policía meditó que “los que tienen que ver con respecto a este decreto son los propios jefes: el de las Fuerzas Armadas y el ministro director de la Policía que van a acatar una orden ilegal porque la normativa es anticonstitucional… ya el 323 de la Constitución nos dice que nadie está obligado a cumplir una orden ilegal”.

Nelson Castañeda, de ASJ.

Se incurre en responsabilidad penal

El encargado de Defensa y Seguridad de la Asociación para una Sociedad Más Justa (ASJ), Nelson Castañeda, cuestionó que se quiera seguir justificando la vigencia del estado de excepción como una herramienta de combate al delito de la extorsión.

Rebatió que en el tema de definición “no existe el estado de excepción parcial”, que es como se llama la prerrogativa empleada por el Ejecutivo desde diciembre de 2022. Lo que cita la Constitución de la República es “estado de excepción”.

Apuntó que el Congreso Nacional es el encargado de aprobar el estado de excepción y para ello tiene 30 días para hacerlo antes que entre en vigencia.

“Todo lo que se está haciendo con esta suspensión de derechos y garantías debe enviarse inmediatamente al Congreso Nacional, no es algo que no estamos inventando nosotros, es un articulado que está en la Constitución”, explicó.

Castañeda refirió que la aplicación de un estado de excepción es altamente riesgoso en un papel como Honduras y la normativa ya señala los casos en que debe aplicarse. PD

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