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Culpable Miguel Aguilar por el delito de apropiación indebida

Tegucigalpa– La Sala III del Tribunal de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró culpable este martes al expresidente del Sindicato de Trabajadores de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (STENEE), Miguel Aguilar.

Aguilar fue sentenciado por el delito de apropiación indebida continuada por la cantidad de más de seis millones de lempiras.

La juez que conoció la causa leyó la sentencia y dijo que la misma está basada en argumentos jurídicos ya que el señor Aguilar en su condición de presidente del sindicato recibió la cantidad de seis millones 129 mil 544 lempiras con 64 centavos en concepto de aportaciones de los trabajadores de esa organización sin que se pudiese establecer de qué forma fueron gastados los fondos.

Este acto constituye la comisión de apropiación indebida de forma continuada lo que establece una pena de entre 10 a 15 años ya que debe de aumentarse en dos tercios, según lo detalla el Código Penal.

Tras conocer el fallo, el abogado querellante, Jesús Chinchilla, manifestó que se debe de esperar que se resuelva un recurso de amparo que está en la Corte Suprema de Justicia.

Indicó que la defensa de Aguilar todavía puede interponer un recurso de casación ante el máximo tribunal una vez que sea condenado.

De su parte, el presidente del Stenee, José Luis Matamoros consideró que se hizo justicia en este caso.

“Los importante en este momento es que las autoridades de la ENEE reconozcan que somos nosotros los representantes del sindicato, y esto queda de experiencia para todos los sindicatos del país que no deben de tomar el dinero de los agremiados”, señaló.

No obstante, la jueza unipersonal dictará la correspondiente sentencia hasta que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) resuelva un Recurso de Amparo interpuesto por una de las partes el cual fue admitido por dicha Sala sin suspensión del acto reclamado.

Una vez dictada la sentencia las partes podrán hacer uso del Recurso de Casación dentro de los 20 días siguientes de notificada la misma.

El delito antes referido contempla una pena ya aumentada en dos tercios tal como lo establece el artículo 37 de 10 a 15 años de reclusión.

Los hechos refieren que entre el 13 de septiembre de 2016 y el mes de febrero de 2017 el señor Aguilar Gámez en su condición de Presidente del STENEE en forma conjunta con los demás miembros de la junta directiva que tenían firma autorizada recibió la cantidad de 6 millones 129 mil 544 lempiras con 64 centavos en concepto de aportaciones de los trabajadores de dicha institución, fondos que, con la prueba evacuada el debate, no se logró establecer la forma como fueron administrados.

Al señor Aguilar Gámez se le mantiene la medida distinta a la prisión preventiva hasta que la sentencia adquiera el carácter.

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