spot_img

Constitucionalista llama a respetar la institucionalidad del CNE

Tegucigalpa- El abogado Oliver Erazo hizo un llamado a mantener un respeto absoluto e incólume a la institucionalidad, al señalar que el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el órgano constitucionalmente encargado de la administración, organización y cierre del proceso electoral en Honduras.

En ese contexto, Erazo felicitó públicamente a la presidenta consejera del CNE, Ana Paola Hall, y a la consejera Cossette López, por —según expresó— haber mantenido un estricto apego a la Constitución y la ley, así como por la mesura y serenidad demostradas en sus comunicaciones con la ciudadanía en medio del clima de tensión política.

“El pueblo hondureño debe entender que es difícil manejar este momento cuando hay sectores que no comprenden cuál es el verdadero mandato de la Constitución”, manifestó el jurista, quien interpretó que, entre líneas, el mensaje de la consejera Ana Paola Hall constituye un llamado de auxilio institucional para que se brinde el respaldo que la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas están obligadas a otorgar por mandato constitucional, a fin de concluir la última fase del proceso electoral, correspondiente al escrutinio especial.

Erazo explicó que una vez concluido el escrutinio de las actas especiales que han generado denuncias o dudas, el CNE debe proceder a emitir la declaratoria oficial de elecciones, aclarando que esta no constituye una resolución judicial ni requiere la sesión del pleno del órgano electoral, ya que —afirmó— la ley no lo establece de esa forma.

En ese sentido, instó a la población a leer y comprender la Ley Electoral, específicamente los artículos 284 y 285, para no caer —dijo— en “mentiras y engaños de los mismos de siempre”.

El artículo 284 de la Ley Electoral establece que el CNE debe realizar la declaratoria de elecciones generales a más tardar 30 días calendario después de celebrados los comicios, y ordenar su publicación al día siguiente en el Diario Oficial La Gaceta, o en su defecto, en un diario de mayor circulación, comunicando oficialmente los resultados a los Poderes del Estado y a las organizaciones políticas participantes.

Por su parte, el artículo 285 señala que, en el caso de la elección presidencial, debe declararse electa la fórmula que haya alcanzado la simple mayoría de votos, conforme al escrutinio general certificado.

Finalmente, Erazo reiteró que el respeto a la institucionalidad y al marco legal es fundamental para garantizar la certeza, legalidad y estabilidad democrática del país, especialmente en la etapa final del proceso electoral.LB

spot_img
spot_img
spot_img

Noticias recientes

spot_img
spot_imgspot_img