Tegucigalpa – La Comisión Interinstitucional contra la Explotación Sexual Comercial y la Trata de Personas (CICESCT) destaca un hecho histórico para el país: por primera vez, Honduras obtiene una sentencia judicial que incluye la reparación del daño a las víctimas sobrevivientes rescatadas del delito de trata de personas.
La acción del Poder Judicial de Honduras, de la aplicación del control de convencionalidad a través del Protocolo de Palermo, representa un avance trascendental en la aplicación efectiva de la Ley contra la Trata de Personas de Honduras (acuerdo ejecutivo 59-2012), particularmente en cumplimiento de los artículos 41, 42 y 50, que establecen la obligación de reparar los daños sufridos por las víctimas de este delito.
Felicitamos a los jueces del Tribunal de Sentencia por haber dejado de lado la justicia punitiva y centrarse en la justicia restaurativa, donde hay reparación del daño a las víctimas.
En esta sentencia, el ciudadano Estadounidense Gary Lee Johnson fue condenado a 37 años y 6 meses de prisión por los delitos de elaboración y utilización de pornografía infantil en perjuicio de tres menores de edad, así como por trata de personas bajo la modalidad de explotación sexual comercial en perjuicio de una mujer. Además, el tribunal ordenó el pago de 150,000 lempiras en concepto de reparación del daño, a cada una de las víctimas, monto que deberá ser entregado a las tres víctimas menores de edad, como compensación por los perjuicios ocasionados.
Johnson fue capturado en el año 2022 en Roatán, Islas de la Bahía, y su condena se logró gracias al trabajo coordinado del Ministerio Público, a través de la Unidad Contra la Trata, Explotación Sexual Comercial y Tráfico de Personas, cuyos fiscales presentaron más de 50 pruebas materiales y testimoniales, avaladas por los informes técnicos de la Policía Nacional, por el trabajo de la Dirección Policial de Investigación y la Agencia Técnica de Investigación Criminal de Honduras (ATIC).
La CICESCT, a través de su Equipo de Respuesta Inmediata (ERI), bajo la coordinación de la Secretaria Ejecutiva, licenciada Sua Martínez, brindó acompañamiento integral a las víctimas durante todo el proceso penal, a través de las medidas de atención primaria y secundaria prevista en la Ley contra la Trata de Personas garantizando su protección y la información necesaria sobre su participación en el caso.
“Este es un acto histórico del que hoy somos testigos. Por primera vez, Honduras obtiene una sentencia con reparación del daño a las víctimas de trata de personas. Aunque ninguna cantidad económica puede devolver el tiempo ni sanar completamente las heridas, esta acción judicial representa un paso firme hacia la justicia y la restitución de derechos, tal como lo establece nuestra ley”, manifestó Sua Martínez, Secretaria Ejecutiva de la CICESCT.
“Una sentencia con reparación del daño a víctimas incluye la obligación del condenado de resarcir el perjuicio causado, mediante medidas como la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, según establece el marco legal. El derecho a la reparación integral es un derecho humano de la víctima que puede incluir tanto el daño material como el moral, y está en la ley contra la Trata de Personas el Decreto Legislativo 59-2012 según el artículo 41, 42 y el artículo 50 de la acción civil resarcitoria, para que la CICESCT, de acompañamiento a la víctimas en todo el proceso”, agregó.
Asimismo, Martínez reiteró el compromiso de la CICESCT y del Gobierno de la presidenta Xiomara Castro en fortalecer las acciones de prevención, atención y persecución de los delitos de trata de personas y explotación sexual comercial, priorizando la protección de los derechos humanos y la dignidad de las víctimas. IR










