Tegucigalpa – La aprobación del decreto -por parte del Congreso Nacional- que le confiere un estatus especial a la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), abrió un nuevo debate en Honduras sobre la legalidad de lo actuado por el Legislativo.
– Karla Romero, la jueza que juramentó a la presidenta Xiomara Castro, dijo que se violentó la autonomía del MP.
– La UFERCO siempre debió tener estas facultades, dice el presidente del Congreso.
La aprobación del decreto que otorga independencia a la UFERCO en ejercer la acción penal pública sin requerir el permiso del Fiscal General ha provocado diversas reacciones, desde diputados oficialistas que lo defienden hasta sectores que consideran que hay una transgresión.
Hay sectores que lo consideran una paralela al Ministerio Público, ya que es una unidad fiscal que operará al margen de la autoridad de dicha instancia estatal.
La aprobación del cuestionado decreto se hizo en horas de la madrugada, sin la presencia de los diputados de la principal fuerza opositora del país -Partido Nacional- y la denuncia de usurpación de curules por diputados suplentes.
El mocionante de esta iniciativa, fue el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, sobre quien reiteradamente el Partido Nacional, Partido Anti Corrupción (PAC) e incluso ciertos diputados de Libertad y Refundación (Libre) acusan fue electo en forma ilegal sin contar con la mayoría de los votos de la Cámara.
De acuerdo a los argumentos del proyectista, el decreto tiene como objetivo dotar de la capacidad administrativa, técnica y funcional a la UFERCO a fin de conferirle un estatus especial de forma que logre avances significativos en el desmontaje y desarticulación en las estructuras y redes de corrupción en Honduras.
Lo aprobado autoriza a la UFERCO ejercer la acción penal pública de oficio en los casos de corrupción de alto impacto, sin que deba someter su decisión a la aprobación previa del Fiscal General ni de ninguna otra autoridad dentro del Ministerio Público.
Varias versiones oficiales aseguran que el decreto se aprobó con 72 votos, otros dicen que fueron 69 y por el lado nacionalista afirman que apenas contó con 54, pese a que la misma requería mayoría calificada.
MP: Se requería reforma calificada
El principal actor de la reforma, el Ministerio Público, salió al paso para establecer que se requería de una reforma constitucional (86 votos) para otorgar supremos poderes a la Fiscalía Especializada contra la Corrupción.
“Apoyamos la lucha contra la corrupción, y afirmamos, que, para fortalecer el Estado de Derecho, con un Fiscal del mismo rango que el Fiscal General de la República, se requiere de una reforma Constitucional”, arguyó el Ministerio Público en su cuenta oficial de Twitter.
La argumentación del MP se remata asegurando: “No hacerlo, sentaría un precedente que podría fragmentar toda nuestra institucionalidad, al no respetarse los procesos de selección de autoridades de rango Constitucional”.
Fiscal de UFERCO aplaude decreto
De su lado, el fiscal Luis Javier Santos celebró la independencia que otorgó el Congreso Nacional a la Unidad Especializada que él dirige, pero reconoció que “no es suficiente”.
“Todo lo que venga apoyar a la UFERCO nosotros no nos vamos a oponer y la vamos a aplaudir siempre que sea en beneficio o venga a fortalecer las investigaciones de corrupción”, declaró Santos.
No obstante, señaló que hay situaciones que se necesita resolver para que los casos de corrupción lleguen a los tribunales.
Reconoció que la UFERCO requiere de fortalecimiento del recurso humano con asignación de personal para poder llevar todos los casos de corrupción.
Santos puntualizó que, si no se le asigna personal a la UFERCO, los casos tardarán de tres a cuatro años para que sean llevados a los tribunales de justicia y no podrá dársele una respuesta prudencial al pueblo hondureño.
Por otro lado, el coordinador de la UFERCO consideró necesario que el Congreso Nacional derogue los decretos 116-2019, 57-2020 y 93-2021, que aún siguen pendientes en la Cámara.
Explicó que la derogación de estos tres decretos es esencial para acceder a la información financiera y decomisos de documentación en instituciones públicas, especialmente el 93-2021.
También aseveró que este decreto no contraviene la Constitución de la República, sino que causa que la UFERCO reciba un trato igualitario que el resto de las fiscalías que componen el Ministerio Público.
Aseguró que él no posee una afinidad con un partido político sino con la justicia.
(LEER) La UFERCO siempre debió tener estas facultades, dice el presidente del Congreso
Autonomía es inconstitucional: jueza Romero
La jueza del Tribunal de Sentencia, Karla Romero, se sumó a los profesionales de Derecho que consideran que con el decreto aprobado en el Congreso Nacional, que da plenas facultades a la UFERCO, se violentó la Constitución.
Romero ganó notoriedad porque fue la que tomó la promesa de juramento a la presidenta Xiomara Castro el pasado 27 de enero.
“Honduras es un Estado Democrático (…) y el imperio de ley es lo que prima”, es decir la Constitución y los Tratados Internacionales, en ese sentido los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República, otorga rango constitucional al Ministerio Público, dijo la profesional.
En esos artículos se establece que el MP, es el organismo profesional especializado independiente funcionalmente de los Poderes del Estado y libre de toda injerencia política, añadió.
“Esto significa que no podemos utilizar al Ministerio Público para perseguir ámbitos personales y particulares, sino de un colectivo del colectivo para el cual el soberano le ha dado esa facultad, el soberano entiéndase la población de este Estado de Honduras”, adicionó.
Seguidamente dijo: ¿esto qué quiere decir?, a lo que respondió “que se ha violentado el principio de Independencia”.
La abogada añadió que también el Artículo 233 constitucional ya establece quién va a dirigir esta institución constitucional (MP), y la delega en la figura del Fiscal General y el Fiscal Adjunto; este es el principio de jerarquía, que también se ve violentado con esta nueva ley, resumió.
Decreto es inconstitucional: ASJ
“Este tema nos deja una enorme insatisfacción porque a todas luces es inconstitucional”, dijo Kenneth Madrid, coordinador de la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ).
El coordinador de Justicia y Seguridad, de ASJ, añadió que el titular del Ministerio Público es el Fiscal General del Estado, y es él quien toma las decisiones, representa los intereses generales de la sociedad, de acuerdo a una Ley Orgánica.
La Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), es una dependencia del Ministerio Público, no al contrario, recordó.
De igual forma remarcó que La Ley Orgánica dice que el Ministerio Público se ejerce verticalmente y dice que hay unidad de actuación, en ese sentido, la representación para ejercer los intereses generales debe ser el fiscal general seguido del fiscal adjunto.
A criterio de Madrid, no es correcto darle independencia sólo a la UFERCO porque esa unidad solo lucha contra redes de corrupción cuando hay tres o más involucrados en un acto de corrupción; pero ¿qué pasa con la fiscalía de transparencia y corrupción pública?, cuestionó a la vez que remarcó que hay cuatro fiscalías más que luchan contra la corrupción.
Seguidamente, manifestó que “no quiero pensar que hay motivaciones políticas porque mal actuaría el parlamento hondureño en estar haciendo ese tipo de acciones”.
Igual independencia de todas las fiscalías: López
En tanto, para el abogado penalista Jair López, el decreto aprobado es consecuente porque la UFERCO debe estar en igualdad de condiciones del resto de las fiscalías que componen al Ministerio Público.
Dijo que en otro contexto la reforma hubiera sido innecesaria, pero en la actualidad era oportuna porque la UFERCO debe tener las mismas condiciones que el resto de las fiscalías.
Criticó que en la Fiscalía se ha acostumbrado a la práctica irregular, incluso ilegal, donde en ciertas materias se requiere de la autorización de las más altas autoridades del Ministerio Público para autorizar a los fiscales el ejercicio de la acción penal pública.
Dijo que como fiscal de carrera que fue en el MP “nunca se requirió una autorización previa de un cargo superior para ejercitar la acción penal pública”.
Aseguró que los fiscales ejercen la acción penal pública día a día en toda la República y a su criterio las actuaciones de los fiscales deben ser independientes.
Con la reforma -prosiguió- el fiscal Luis Javier Santos tendrá la misma autonomía del resto de los fiscales del Ministerio Público.
“No veo donde podría tener más poder el fiscal de UFERCO, en cuanto al ejercicio de la acción penal, que otras fiscalías”, interpretó.
Cuestionó: “¿Por qué en materia de corrupción sí se requiere la autorización de las máximas autoridades del Ministerio Público y no en las otras? ¿A qué razón atiende?”.
Puntualizó que la reforma es temporal, pero la misma debe ser permanente porque ningún fiscal debe estar supeditado al Fiscal General para presentar la acción penal pública.
PL cuestiona inconstitucionalidad del decreto
El decreto que otorga independencia a la Unidad Fiscal Especializada contra las Redes de Corrupción (UFERCO) es inconstitucional, calificó el presidente del Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal (CCEPL), Yani Rosenthal.
Rosenthal remarcó que la Constitución de la República establece que la autonomía administrativa es del Ministerio Público.
El también expresidenciable liberal no descartó que este Congreso Nacional pretenda nombrar a los jueces de las Cortes de Apelaciones y de Letras.
“El decreto que otorga independencia a UFERCO es inconstitucional. ¿A este ritmo, pronto el Congreso pretenderá también nombrar los jueces de cortes de Apelaciones y jueces de Letras? La Constitución es clara y otorga autonomía administrativa al Ministerio Público”, expresó.
Fortalecer UFERCO sin desconocer constitucionalidad
Es importante que se fortalezcan fiscalías como la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), no obstante, se debe respetar el rango constitucional que tiene el Ministerio Público, reaccionó la titular del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), Blanca Izaguirre.
“Yo aplaudo el hecho de que se quiera fortalecer la UFERCO, encargada de investigar casos de corrupción, unidad que se había debilitado con la salida de la MACCIH”, expresó.
Sin embargo, “no podemos desconocer el rango constitucional que tiene la Fiscalía del Ministerio Público”, subrayó.
Esta institución, se crea exclusivamente para investigar y perseguir delitos ellos tienen el monopolio de la acción pública, y tienen rango constitucional se los da el artículo 232 de la Constitución de la República, adicionó.
Seguidamente, remarcó que también la Ley Orgánica del Ministerio Público establece una jerarquía que se debe seguir.
Hay transgresión constitucional: Ávila
En el decreto aprobado en la madrugada de este viernes que da amplios poderes de independencia a la UFERCO, hay transgresión a la norma constitucional, opinó el abogado Félix Ávila.
Se ha consumado el acto por el cual se da independencia a UFERCO y la ley viene a trastocar lo que indica la normativa orgánica del Ministerio Público y hay una transgresión de la norma constitucional, amplió el profesional del derecho.
Ávila añadió que a su criterio esa reforma era innecesaria y es una “reforma tácita de la Constitución de la República”.
El abogado dijo que “todo el tiempo la UFERCO tuvo la facultad para presentar requerimientos fiscales”, entonces no es cierto lo que se ha querido vender a la población de que estaban atados de manos y por eso no presentaban requerimientos.
Tampoco es correcto que ahora se destine presupuesto independiente para una fiscalía.
Por otra parte, criticó que lo que era malo antes ahora se sigue haciendo como aprobar leyes a horas de la madrugada y con críticas de falta de quórum y señaló que eso lo tienen que explicar muy bien esa forma “atropellada de aprobar leyes”, quienes ahora tienen oficialismo. PD