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La apología al odio, el estigma y la discriminación contra personas LGTBI son lesivas a la dignidad: Conadeh

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Tegucigalpa – La Comisionada Nacional de los Derechos Humanos, Blanca Izaguirre, condenó hoy todo tipo de apología al odio y recordó que el estigma y la discriminación ejercida contra personas del sector Lésbico, Gay, Transexual, Bisexual e Intersexual (LGTBI), son prohibidos por el derecho internacional por constituirse en una grave violación a los derechos humanos que incluso es punible en la legislación hondureña por ser lesiva a la dignidad humana.

·         Las autoridades hondureñas tienen la obligación de investigar los ataques contra miembros LGBTI y responder adecuadamente, con acciones preventivas de violencia y, de esa manera, evitar daños irreparables.

La Defensora del Pueblo salió al paso luego de la recomendación hecha por un sector religioso que expresó su desacuerdo para que el movimiento LGBT participe en los desfiles al frente de los símbolos patrios.

La titular del Conadeh indicó que las personas LGTBI, organizados en asociaciones civiles o como personas individualizadas, merecen la consideración y el respeto inherente a su dignidad humana, de parte de las instituciones públicas y privadas, funcionarios del Estado, así como de la sociedad en general, sin discriminación alguna.

En mi condición de Comisionada Nacional de los Derechos Humanos condeno todo tipo de apología al odio, además, rechazo todo acto de discriminación y estigma contra cualquier persona o grupo de personas, concluyó.

Comunicado del Conadeh

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones de velar por el respeto de la dignidad de la persona humana, así como garantizar y promover los derechos y garantías establecidas en la Constitución de la República, los tratados y convenios internacionales, al pueblo hondureño y a la comunidad internacional informa lo siguiente:

1.       En los últimos días, ha sido del conocimiento público, a través de un comunicado, el desacuerdo expresado por un sector religioso, para que el movimiento LGBT participe en los desfiles al frente de los símbolos patrios.

2.       Es importante señalar que, el ejercicio de la libertad de expresión entraña deberes, responsabilidades especiales y está sujeta a ciertas restricciones para asegurar el respeto a los derechos o a la reputación de los demás. Además, recordar que, toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituya incitación a la discriminación, la hostilidad o la violencia, está prohibida por la ley.

3.       El estigma y la discriminación ejercida contra personas LGTBI, se constituye en una grave violación a los derechos humanos que es punible en la legislación hondureña por ser lesiva a la dignidad humana.

4.       Los principios de igualdad, equidad y la garantía de no discriminación son parte fundamental de la normativa nacional e internacional de derechos humanos, aplicable a todas las personas sin distinción alguna, todo con el firme propósito de fortalecer la armonía social.

5.       La orientación sexual y la identidad de género son motivos de discriminación, prohibidos por el derecho internacional. Prohibición que el Estado hondureño está obligado a cumplir. Además, las autoridades hondureñas tienen la obligación de investigar los ataques contra miembros LGBTI y responder adecuadamente, con acciones preventivas de violencia y, de esa manera, evitar daños irreparables.

6.       Las personas LGTBI, organizados en asociaciones civiles o como personas individualizadas, merecen la consideración y el respeto inherente a su dignidad humana, de parte de las instituciones públicas y privadas, funcionarios del Estado, así como de la sociedad en general, sin discriminación alguna.

7.       Por lo expuesto, en mi condición de Comisionada Nacional de los Derechos Humanos condeno todo tipo de apología al odio, además, rechazo todo acto de discriminación y estigma contra cualquier persona o grupo de personas. JP

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