Tegucigalpa – El Congreso Nacional (CN) continuará este lunes a partir de las 2:00 de la tarde con el debate y discusión de los artículos que conforman la Ley Orgánica de la Junta Nominadora para la selección y elección de los nuevos magistrados que integrarán por los próximos siete años la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en Honduras.
-La reunión se suspende porque no tienen los votos para aprobar el artículo en discusión, según el jefe de la bancada del Partido Nacional, Tomás Zambrano.
La reunión del sábado 16 de julio se suspendió cuando se comenzaría a debatir el artículo número 15 de 28 que conforman el reglamento que utilizará la Junta Nominadora, cuando repentinamente el presidente del Congreso, Luis Redondo dijo que la sesión se suspende porque a uno de los diputados la comida (almuerzo) le cayó mal y sentía malestar.
El artículo 15 del proyecto de ley en discusión, es clave en el proceso para elegir al nuevo Supremo porque define los requisitos e inhabilidades para autopostularse como candidato a magistrado, ya que quienes respondan al llamamiento de la Nominadora deben ahora cumplir requisitos mínimos establecidos en el artículo 309 de la Constitución de la República.
Expertos y analistas han definido el artículo como clave en el nuevo reglamento ya que éste en el inciso B cerraba paso a los activistas políticos partidarios a postularse como magistrados, ha sido eliminado a sugerencia presidencia del CN. Se abre así el paso a la discrecionalidad para que se postulen los que ya suenan, alertó la periodista Thelma Mejía.
Por su parte, el ministro de la Secretaría de la Transparencia, Edmundo Orellana Mercado, comparte el mismo criterio, pues se pronunció para indicar que “comparto su temor. Debemos insistir en que los dirigentes de los partidos sean excluidos –del reglamento-, que regirá el proceso de selección para el nuevo Poder Judicial en Honduras”.
Sin embargo, Ramón Barrios diputado y presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, agregó que los aportes que se puedan hacer para el reglamento en discusión son de suma importancia y por ende considera que debe haber tranquilidad en la población porque este Congreso realiza un debate justo y con altura como nunca antes.
Añadió que “eso no debería ser una prohibición en esta ley para participar como miembros a magistrados, creo en oscurantismos constitucionalistas, me parece que, dentro del Partido Nacional, Liberal, Salvador de Honduras y Libertad y Refundación y diferentes orientaciones políticas hay buenos abogados y abogadas y no podemos cortarles los derechos”.
Además pide no encontrarse incursos en la presunción e inhabilidades contenidas en los constitucionales 225 y 310, y deben presentar una declaración jurada de bienes, cuentas bancarias, no tener investigaciones o procesos judiciales penales, civiles, administrativos o de cualquier otra naturaleza pendiente o procesos disciplinarios ante el Colegio de Abogados.
Este artículo (15) exige no haber sido sancionado por faltas graves en el CAH, la Contraloría del Notariado o los órganos disciplinarios de las instituciones en las que haya trabajado, no ser miembro activo de un partido político, ni haberlo sido en los dos años anteriores a su autopostulación, tampoco haber sido condenado por delitos dolosos, por violencia doméstica o por incumplimiento de deudas alimentarias.
Además pide no haber sido o ser miembro titular o suplente de la Junta Nominadora, de igual forma no tener vínculo de parentesco en el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con miembros de la Junta Nominadora, con diputados del Congreso Nacional y altos funcionarios del Estado. JP