Tegucigalpa – Este jueves se libró requerimiento fiscal con orden de captura contra Gabriel Alfredo Rubí Paredes, exsecretario de Estado en la Comisión Permanente de Contingencias (Copeco).
– Tres de los cinco imputados, incluido Rubí, ya están en poder de las autoridades.
La acción judicial fue interpuesta por la Fiscalía Especial para la Transparencia y el Combate a la Corrupción Pública (FETCCOP) y la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC).
El requerimiento también se libró en contra de Gustavo Adolfo Cruz Gómez, exsubcomisionado de la misma institución y Cristian Elías Santeli, exadministrador, a quienes se les supone responsables como autores directos de los delitos de fraude y violación a los deberes de los funcionarios.
Además, en el mismo requerimiento fiscal se acusa a Arlette Magaly Montero Rodríguez, quien era la Directora Interina del Centro Nacional de Investigación y Capacitación de Copeco, por el delito de fraude a título de cooperador necesario en perjuicio de la administración pública y también para el representante legal de la empresa JF construcciones, Fernando Sierra por el mismo delito.
La acción que fue interpuesta en el Circuito de Juzgados Anticorrupción, establece que los exfuncionarios en el marco de un decreto de emergencia el 10 de febrero del año 2020, solicitaron la construcción de un Centro de Triaje en el Instituto Cardiopulmonar del Tórax, el cual, según la investigación, no fue solicitado por las autoridades hospitalarias, sin embargo, se suscribió un contrato por más de 4 millones de lempiras con una empresa constructora y se estima que hubo una sobrevaloración cercana al millón y medio de lempiras.
La obra no contaba con los estudios, diseños o especificaciones generales y técnicas en función de una necesidad en el área de salud, además se omitió los requisitos previos establecidos en la Ley de Contratación de Estado, violando así varios de sus artículos en donde se busca eficiencia y transparencia en la búsqueda de mejores condiciones de costo y calidad.
La investigación también establece que Gabriel Rubí autorizó el pago del 15 % por anticipo sin cumplir con todos los requisitos previos al inicio de la obra, mientras que Gustavo Adolfo Cruz fue quien decidió de manera unilateral qué empresa sería la que ejecutaría la obra, también Cruz era quien hacia las verificaciones de avances y recibía las estimaciones, labor que no le correspondía.
Al final la obra quedó inconclusa, no hubo un acta de recepción de entrega final ni una garantía de calidad de la obra. RO