Tegucigalpa – El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) desarrolla este lunes la sesión del pleno jurisdiccional con la presencia de solo los magistrados Mario Flores Urrutia y Miriam Barahona, y ante la ausencia de Mario Morazán.
– Mario Morazán estuvo presente, se retiró antes que iniciara el pleno del TJE.
Para este lunes, había convocatoria de sesión de pleno jurisdiccional, sin embargo, hubo ausencia de Mario Morazán y de los suplentes Gabriel Gutiérrez Peralta y Lourdes Maribel Mejía.
Flores Urrutia ordenó restablecer la continuidad de la función jurisdiccional del órgano electoral adoptando medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales mientras haya ausencia injustificada del magistrado Morazán.
Citó el artículo 110 de la Ley General de la Administración Pública y 305 de la Constitución de la República que establece la función ineludible para argumentar esta determinación.
El presidente del TJE reiteró que la justicia electoral no se puede suspender por la voluntad individual ni por causa electoral y ajena al interés público.
Informó que esta resolución será notificada al Consejo Nacional Electoral (CNE), Ministerio Público y Congreso Nacional para efectos legales.
Flores Urrutia calificó las ausencias de los magistrados Morazán, y los suplentes Gabriel Gutiérrez Peralta y Lourdes Maribel Mejía como «injustificadas» con el fin de que no se conformara el pleno.
«Toda conducta omisiva que implique negarse a integrar el pleno o abstenerse de ejercer la función jurisdiccional atenta contra la Constitución y el orden jurídico de la República», opinó el presidente del TJE.
Argumentó que el artículo cinco de la Ley Procesal Electoral establece que el TJE es un ente autónomo y con plena competencia de garantizar la justicia de todas las personas.
En ese sentido, citó los artículos constitucionales 321 y 322 que imponen la obligación a todos los funcionarios públicos a realizar sus funciones y el artículo cinco de la Ley Procesal Electoral le faculta la funcionalidad del funcionamiento del pleno para realizar una sesión con la mayoría de miembros presentes. AG










