Tegucigalpa – Ante la extinción de la acción penal por la muerte de la coordinadora del Movimiento de Mujeres por la Paz Visitación Padilla, Gladys Petrona Lanza Ochoa, la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), determinó sobreseer definitivamente a la fallecida dirigente feminista de la responsabilidad penal en la causa por el delitos de injurias constitutivas de difamación.
El 26 de marzo de 2015, la sala primera condenó a Lanza a una pena de un año y seis meses como resultado de la querella incoada en su contra por parte del director de la Fundación para el Desarrollo de la Vivienda Social Urbana y Rural (Fundevi), Juan Carlos Reyes Flores, según hechos ocurridos el 15 de noviembre de 2010.
En ese sentido, de acuerdo a lo que establece el artículo 96 del Código Penal y 290 del Código Procesal Penal, el fallecimiento del encausado es una de las causas por la cual se extingue la responsabilidad penal y por ende corresponde a la Sala de lo Penal dictar un sobreseimiento definitivo una vez que se haya comprobado ese extremo en el Registro Nacional de las Personas.
En esa fecha en horas de la mañana, medios de comunicación transmitieron declaraciones de Lanza durante una protesta en las afueras de Fundevi en las que las manifestantes portaban mensajes peyorativos en contra del director de esa institución.
La protesta era dirigida por miembros del movimiento Visitación Padilla, coordinado por Lanza quien al ser entrevistada manifestó que el motivo del plantón era apoyar y acompañar a la exempleada de la institución Lesbia Liliana Pacheco Kristoff quien había denunciado ante la organización feminista a Reyes Flores por acoso laboral y acoso sexual.
Gladys Lanza también fue condenada por el tribunal a las penas accesorias de inhabilitación especial e interdicción civil por el tiempo que dura la condena.