Publicada en La Gaceta la extensión del estado de excepción hasta el 18 de agosto

Tegucigalpa – Un día después de la entrada en vigor de la nueva extensión de la suspensión de algunas garantías constitucionales de los hondureños en el marco del estado de excepción, la medida fue publicada este viernes en el Diario Oficial la Gaceta.

La medida se extiende desde las 6:00 p.m. de ayer jueves 4 de julio hasta las 6:00 p.m. del domingo 18 de agosto de 2024, manteniéndose en 226 municipios del territorio hondureño.

El ministro de Seguridad, Gustavo Sánchez, justifica que esta medida ha permitido una reducción en la tasa de homicidios y la captura de más de 3 mil miembros de diferentes estructuras criminales.

Pero mientras el funcionario indica que el estado de excepción es efectivo, diversas instituciones rechazan esas declaraciones.

Para el caso, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) presentó un informe que señala que desde el 6 de diciembre del 2022, cuando entró en vigor la medida, Honduras fue escenario de al menos, 60 muertes múltiples, de tres o más víctimas, que dejaron como saldo, al menos, 260 muertos y decenas de heridos.

El Conadeh reiteró su llamado a las autoridades hondureñas para que eliminen el decreto que da vida al estado de excepción y que el problema de la inseguridad sea abordado de manera razonable a través de una verdadera política de seguridad ciudadana con enfoque de derechos humanos y de género. 

El exjuez de los tribunales de sentencia del Poder Judicial, René Altamirano dijo este viernes que “con sinceridad, no he visto estadísticas confiables de que este mecanismo está dando resultados. Más bien he escuchado quejas de que plantan elementos de prueba, droga, que se les pone a la gente que no le encuentran algo, una justificación para enjuiciarlo o detenerlo”.

Ese tipo de denuncias, señaló el abogado penalista, erosiona la credibilidad de la población en la justicia.

Estados de excepción desde 2022


1.- • 6 diciembre de 2022 al 6 de enero de 2023

2.- • 7 de enero al 20 de febrero de 2023

3.- • 21 de febrero al 6 de abril de 2023

4.- • 7 de abril al 21 de mayo de 2023

5.- • 22 de mayo al 5 de julio de 2023

6.- • 6 de julio al 19 de agosto de 2023

7.- • 22 de agosto al 3 de octubre de 2023

8.- • 4 de octubre al 17 de noviembre de 2023

9.- • 18 de noviembre al 1 de enero de 2024

10.- • 2 de enero al 15 de febrero de 2024

11.- • 19 de febrero al 4 de abril de 2024

12.- • 4 de abril al 19 de mayo de 2024

13.- • 20 de mayo al 3 de julio de 2024

14.- • 4 de julio al 18 de agosto de 2024

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