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Fiscalía amenaza con multas a medios de prensa que divulguen fotos que vulnere dignidad de niños

Tegucigalpa – La Fiscalía Especial de la Niñez del Ministerio Público, expresó su preocupación por la publicación de imágenes en medios de comunicación en las que aparecen expuestos niños y niñas. Además advierte que pondrán multas a los que no cumplan la medida.

– La foto desgarradora de un niño llorando el asesinato de su padre en Choloma, finalmente hace reaccionar al MP.

Mediante un comunicado, el MP expresa su preocupación, por la regular publicación de imágenes en las cuales aparecen expuestos niños y niñas y que por su contenido, su reproducción a través de los diferentes medios electrónicos se vuelve viral.

Por eso, la Fiscalía Especial de la Niñez, hace un llamado de reflexión y de atención para que los medios de comunicación y espacios informativos cumplan con lo dispuesto en el artículo 32 del Código de la Niñez y la Adolescencia.

El artículo 32 dice que “ningún niño o niña será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida, dignidad y honor, así como en su domicilio, correspondencia y demás datos personales”.

Y agrega que “en consecuencia, se prohíbe: 1. Exponer, difundir o divulgar sus nombres y apellidos u otros datos personales, informaciones o imágenes en los medios de comunicación masiva o electrónica, que les identifiquen, directa o indirectamente, así como cuando se le considere responsable o víctima de una infracción de la Ley y 2. La publicación, reproducción, exposición, venta o distribución y la utilización en cualquier otra forma de sus expresiones, de imágenes de niños, niñas presuntamente infractores de la Ley”.

La Fiscalía Especial de la Niñez agregó que quien autorice, facilite o permita la publicación, reproducción, exposición, venta, distribución o utilización de cualquier información que violente lo dispuesto por esta norma, será sancionado con una multa de 10 a 20 salarios mínimos en su valor más alto, atendida la gravedad de la infracción sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar en derecho.

En este sentido el artículo 34 precisa que “los medios de comunicación social están obligados a respetar la intimidad y la vida personal de los niños. No podrán en consecuencia, publicar entrevistas, informes, noticias, o datos que se relacionen con aquella o con la de su familia o la de sus relaciones sociales si de cualquier forma pueden afectar su honra”.

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