Tegucigalpa – La Corte de Apelaciones con Competencia Nacional en Materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción, resolvió confirmar el Auto de Formal Procesamiento en el proceso seguido contra Carlos Francisco Aguilar Macías (Escribiente del Juzgado de Choluteca) y Wilson Adalid Herrera Álvarez Abogado Privado).
El Ministerio Público presentó acusación por los delitos de Extorsión y Asociación para Delinquir, en contra de los acusados, imputándoles haber exigido el pago de 3 millones de lempiras a un testigo protegido para que se engavetara una investigación criminal en su contra.
La ATIC, que fue quien llevó a cabo la investigación, logró la captura de los imputados, quienes tenían en su poder el dinero que habían recibido como parte del pago por el favor. La Corte de Apelaciones, en una resolución formal y razonada, resolvió confirmar el Auto de Formal Procesamiento por los delitos de Extorsión y Asociación para Delinquir, por lo que se confirma la Prisión Preventiva para los acusados, a quienes se les mantiene la medida cautelar de la Prisión Preventiva, por considerar que los mismos representan un peligro para la sociedad.
Respecto del delito de extorsión, la Corte de Apelaciones consideró que el alegato sobre la inexistencia de inmediatez, sostuvo que «se dio en el momento en que la víctima, bajo el sistema de protección de testigos, promovió alarma, lo que engendró el movimiento de la investigación criminal contra los procesados, quienes fueron capturados con el dinero en su poder, el cual fue decomisado, por lo que existe una cadena de custodia».
En cuanto al delito de asociación para delinquir, el Tribunal de Alzada, señaló que a partir de la grabación de una conversación, tuvo por aportado fundamento razonable que los acusados se asociaron para cometer el delito de extorsión.
La Corte de Apelaciones consideró necesario mantener la protección para los testigos y dada la valoración de la conducta de los acusados, fue de criterio que hasta el momento procesal era procedente mantener la medida cautelar de prisión preventiva en su contra. (RO)