Tegucigalpa – El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) instó hoy al Consejo Nacional Electoral (CNE) a implementar mecanismos que faciliten, a las personas con discapacidad, el ejercicio del voto en las elecciones generales de noviembre próximo, con equidad e igualdad de condiciones.
-Aunque no existen datos oficiales, se estima que, en las elecciones del 2021, habían alrededor de 215 mil personas identificadas con el símbolo de discapacidad en el Documento Nacional de Identificación (DNI).
Betina Hernández, coordinadora de la Defensoría de Personas con Discapacidad del Conadeh, indicó que es imprescindible, implementar modalidades de sufragio que respondan a las necesidades específicas de cada tipo de discapacidad en el país.
Por ejemplo, mencionó que, para las personas con discapacidad visual, es vital contar con papeletas en sistema Braille, mientras que, para personas con discapacidad auditiva, es esencial contar con intérpretes capacitados en la Lengua de Señas Hondureña (LESHO), procurando, en la medida de lo posible, que los mecanismos adoptados aseguren la plena autonomía en el ejercicio del derecho al sufragio.
Señaló que, los derechos políticos no se circunscriben únicamente al acto de marcar una papeleta, sino que hay algunos desafíos más marcados en el ejercicio pleno del voto y, con frecuencia, más invisibilizados como la accesibilidad a los centros de votación, la transmisión de votos en LESHO y contar con una base de datos que permita identificar a las personas con discapacidad.
De igual manera, para una mejor ejecución de las medidas mencionadas, es imprescindible la capacitación de los miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) sobre derechos humanos y trato digno a las personas con discapacidad, declaró
Hernández explicó que, con relación a los derechos de las personas con discapacidad, la Ley Electoral únicamente los desarrolla de forma diferenciada en dos apartados.
El primero cuando se refiere a la política de equidad e igualdad de género, la cual debe incluir una sección destinada a la promoción de la formación y capacitación equitativa de personas con discapacidad, mientras que la segunda establece como obligación desarrollar programas de formación orientados a incentivar su participación política.
En enero de 2025, el CNE resolvió, por unanimidad, aprobar un instructivo para las Juntas Receptoras de Voto, con el propósito de establecer los pasos que deben observarse en el desarrollo del proceso de votación.
En lo que respecta a los grupos en condición de vulnerabilidad, el instructivo únicamente contempla disposiciones para lo que denomina “electores con derecho preferente”, definidos como electores a quienes se le facilita el acceso al centro de votación y a la JRV, otorgándoles preferencia, al frente de la fila, para ejercer el sufragio por padecer algún tipo de discapacidad, ser adulto mayor o mujer embarazada.
En ese sentido, el instructivo reconoce cuatro tipos de discapacidad, la motriz, que se identifica cuando el elector se traslada en silla de ruedas, usa muletas, andadores, bastón o está enyesado, la auditiva, es decir, cuando el elector es sordo, la visual, cuando el elector tiene baja visión o es ciego, y la intelectual cuando se trata de electores con síndrome de Down, dificultades de comunicación o interacción, problemas para movilizarse o mantenerse de pie, o con deficiencia severa de atención.
En cuanto a los votantes con discapacidad, el instructivo establece que pueden ejercer el sufragio de dos formas, ya sea asistidos por una persona de su confianza dentro de la cabina de votación o de manera pública, ante todos los miembros de la JRV, con el apoyo del presidente de la junta, quien marcará las papeletas en los recuadros indicados por el elector y luego las deposita en las urnas correspondientes. (RO)