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Ley seca en vigencia a partir de las 6:00 de la mañana de este Viernes Santo

Tegucigalpa – A partir de las 6.00 de la mañana de este Viernes Santos entra en vigencia la ley seca que restringe la venta y consumo de bebidas alcohólicas.

Las autoridades municipales del Distrito Central determinaron restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes en este feriado de Semana Santa en el Distrito Central para garantizar la seguridad de los ciudadanos y el orden en el desarrollo de las actividades religiosas en un ambiente propicio, indicó la comuna a través de un comunicado.

En ese orden, mediante el acuerdo N. 022, se determinó aplicar Ley Seca durante el Viernes Santo 18 de abril, y el Domingo de Resurrección, 20 de abril.

La ordenanza municipal establece que, en los lugares aledaños a las iglesias donde se realicen actos religiosos, quedará terminantemente prohibido el consumo de bebidas embriagantes en áreas públicas, así como su venta y distribución, desde las 6:00 AM del viernes hasta las 6:00 AM del Sábado de Gloria, 19 de abril.

Asimismo, la prohibición estará vigente en toda la zona urbana y aldeas del Distrito Central, desde las 6:00 AM del Domingo de Resurrección, hasta las 6:00 AM del lunes 21 de abril.

Los bares, estancos, expendios y depósitos de aguardiente, localizados en las zonas estipuladas en esta normativa, permanecerán cerrados todo el tiempo que dure la restricción, establece la ordenanza.

Asimismo, los propietarios o arrendadores de todo negocio que venda bebidas alcohólicas deberán colocar un rótulo con la leyenda: “Prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes por motivo de Ley Seca, el día Viernes Santo a partir de las 6:00 AM hasta las 6:00 AM del día Sábado, y el día Domingo de Resurrección, a partir de las 6:00 AM hasta las 6:00 AM del día lunes”.

La comuna, a través del Departamento Municipal de Justicia (DMJ) y la Policía Municipal, al igual que la Policía Nacional, se encargará de velar por el cumplimiento de la ordenanza, y quienes la infrinjan serán sancionados con multas que van de 5 mil a 15 mil lempiras, sin perjuicio de otras acciones que puedan ejecutarse con base en ley. (RO)

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