Tegucigalpa – Este martes inició el silencio electoral, tiempo antes de las elecciones -primarias o generales- en las que ningún precandidato o candidato puede realizar campaña política de manera pública.
Según la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas (LEOP), cinco días antes de las elecciones, ya sean primarias o generales, “quedan prohibidas las manifestaciones públicas, toda propaganda política, la divulgación de resultados totales o parciales de las encuestas o sondeos de opinión pública, material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico magnético o de cualquier índole”.
“Durante los cinco días de silencio electoral los candidatos(as), dirigentes y líderes de los partidos políticos, las alianzas y de las candidaturas independientes, solo podrán hacer uso de los medios de comunicación, para explicar, divulgar y difundir sus programas de gobierno”, reza el artículo 149 de dicha ley.
En la cercana contienda, la ciudadanía elegirá a los candidatos de los partidos Libertad y Refundación (Libre, en el poder), Nacional (PN) y Liberal (PL) que competirán en las elecciones generales del 30 de noviembre, de donde saldrá el próximo gobierno para el ciclo 2026-2030.
La violación de las disposiciones establecidas puede acarrear sanciones, incluyendo multas de hasta 40 salarios mínimos.
Así lo establece el artículo 223 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas de Honduras.
Dicho artículo reza que: dentro de los cinco (5) días calendario anteriores a las elecciones primarias y generales, quedan prohibidas las manifestaciones públicas, toda propaganda política, la divulgación de resultados totales o parciales de encuestas o sondeos de opinión pública, material impreso, audiovisual, electrónico, radiofónico magnético o de cualquier índole.
El incumplimiento de lo dispuesto en este Artículo, se sancionará con una multa de cuarenta (40) salarios mínimos. (RO)