En diciembre del año pasado el presidente Manuel Zelaya decretó un ajuste al salario mínimo de 5,500 lempiras para las zonas urbanas y más de 4,500 lempiras para el sector rural, medida que fue impugnada por los empresarios bajo el argumento que no tienen la capacidad de absorberlo y la medida era inconstitucional.
Ante esa situación los empresarios presentaron a principios de este año, al menos 455 recursos de amparo contra esa medida, los que estaban pendiente de solución.
Una reciente resolución jurídica del Ministerio Público también dictaminó que los recursos de amparo eran improcedentes, pero que la última palabra la tenía la Corte Suprema de Justicia.
La Ley de Justicia Constitucional establece que una vez que el Ministerio Público concede ese dictamen, la Sala de lo Constitucional tiene 10 días hábiles para emitir un pronunciamiento, lo que precisamente hizo este día al emitir el fallo jurídico que ratificó el salario mínimo decretado por el gobierno.
El fallo fue leído al mediodía de este miércoles por los miembros de la Sala Constitucional que preside el magistrado presidente de la Corte Suprema, Jorge Rivera Avilez.