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Comisión Ad-hoc no es legal, presidenta de CSJ se extralimitó, cuestiona Karla Romero

Tegucigalpa – La abogada constitucionalista Karla Romero cuestionó duramente la decisión de la presidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de nombrar una comisión Ad-hoc para conocer la solicitud de antejuicio penal presentada por el Ministerio Público contra los magistrados del Tribunal de Justicia Electoral (TJE), Mario Flores y Miriam Barahona, acusados de presunto prevaricato judicial.

Romero calificó la actuación como “una extralimitación de funciones” y advirtió que dicha comisión carece de fundamento legal según el Código Procesal Penal, que regula los procedimientos judiciales en estos casos.

“No sé de dónde saca la presidenta de la Corte Suprema que puede legislar e inventar procedimientos. Es una vergüenza que, teniendo tantos asesores, ninguno le indique lo que en Derecho corresponde. Esta decisión fuera de la ley puede acarrear responsabilidades y representa una clara obstrucción al derecho del país a elegir libremente a sus autoridades”, expresó la abogada.

La profesional del Derecho explicó que, conforme a los artículos 415 y 416 del Código Procesal Penal, lo correcto hubiera sido remitir el caso a un juez de garantías del Pleno de la Corte Suprema, quien a su vez debía turnarlo a una Corte de Apelaciones designada para tales efectos.

“El nombramiento de esta comisión Ad-hoc no es legal. La presidenta no tiene facultad para nombrar, a título personal, una comisión de este tipo. El procedimiento está claramente establecido: debe intervenir un juez de garantías, un tribunal de sentencia y una corte de apelaciones, integrando al menos ocho funcionarios judiciales, no dos designados discrecionalmente”, detalló Romero.

Agregó que el caso se torna aún más complejo porque los magistrados del TJE mencionados presentaron un recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional, el cual incluye la suspensión del acto reclamado, lo que impediría que la misma Corte avance en un proceso mientras se resuelve ese recurso.

“La Sala de lo Constitucional debe pronunciarse sobre el amparo antes de cualquier actuación. Además, sus integrantes no pueden ser juez y parte en un mismo asunto. Es un principio básico del debido proceso”, enfatizó.

La Corte Suprema de Justicia informó recientemente que designó a tres magistrados para determinar si se admite o no el antejuicio contra Flores y Barahona, derivado de la resolución del TJE que habilitó la candidatura del diputado Jorge Cálix, pese a la oposición del Consejo Nacional Electoral (CNE).

El caso continúa generando alta tensión entre los órganos del sistema electoral y judicial, mientras expertos advierten que las decisiones adoptadas en las próximas semanas podrían marcar un precedente en la independencia de poderes y en la estabilidad institucional del país. LB

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