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Prisión de exconcejales depende de lo que diga Sala de lo Constitucional, según Argueta

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Tegucigalpa – El presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), magistrado Rolando Argueta Pérez, dijo que el futuro en cuanto a que se mantenga o no la prisión preventiva de los exmiembros del desaparecido Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, depende en buena medida a lo que dictamine la Sala de lo Constitucional.

– Negó que existan más órdenes de extradición.

El expleno de la Judicatura guarda prisión luego de la decisión de un juez en materia de corrupción, sin embargo las defensas interpusieron varios recursos de amparo, que fueron admitidos por la Corte de Apelaciones, pero se está a la espera de la opinión de la Sala de lo Constitucional para determinar si son aceptados con suspensión del acto reclamado.

Citó que la Ley de Justicia Constitucional otorga la potestad a los distintos juzgados, tribunales y cortes de hacer lo que hizo la Corte de Apelaciones con respecto al caso de la prisión preventiva dictada a los exmiembros del Consejo de la Judicatura.

“Antes de proferirse en el fondo del asunto se remitan las diligencias a la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia para que ésta previamente resuelva el recurso de inconstitucionalidad que por la vía de acción o de excepción, en este caso, sea planteado”, explicó.

Negó que se pretenda “blindar” a altos cargos del país, como es el caso de los diputados. “La ley debe aplicarse de manera igualitaria para todas las personas, indistintamente del cargo que tengan o de la posición del grupo social que le corresponde a cada persona”, adicionó.

El magistrado Argueta remató que la decisión a futuro de la Corte de Apelaciones natural en este caso particular debería depender de la decisión que tome la Sala de lo Constitucional.

El alto juez aclaró que todos los casos son tratados con diligencia en cuanto a la aplicación de la ley y la justicia. “Como juez que he sido durante 20 años diría que cada expediente, cada caso es como una huella digital, es única, puede ser similar a otro, pero en ese sentido abogamos de que los distintos órganos jurisdiccionales actuarán de la mejor manera resolviendo en cada caso en particular”, apostilló.

Recordó que cuando asumió el cargo en febrero de 2016, lo primero que hizo fue ordenar la instalación de una mesa técnica para establecer las actuaciones del Consejo de la Judicatura, fue así que se elaboraron tres dictámenes que luego fueron remitidos al Ministerio Público, sin perjuicio de la remisión al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Externó que la prisión preventiva o privación de la libertad es eminentemente excepcional en cualquier caso que se trate en materia penal en un país y que deben prevalecer las medidas sustitutivas, aunque esta solicitud de la Corte Interamericana de Derechos Humanos le compete al Poder Legislativo y no al Poder Judicial.

“En el caso que el Congreso decida analizar ese artículo (184 del Código Procesal Penal) para modificarlo o derogarlo, pedirá opinión a la Corte Suprema de Justicia y ahí será el turno para que nosotros opinemos”, finalizó.

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