Los fiscales fueron instruidos sobre las posibles incidencias y denuncias que pudieran presentarse en cada departamento y sobre el papel que deben jugar ante la posible comisión de delitos que ya están especificados en los artículos 209 al 214 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas.
La capacitación fue proporcionada por las abogadas Blanca Valdés y Karla Álvarez del Proyecto de Capacitación Electoral del TSE, quienes respondieron a todas las dudas e interrogantes planteadas por los fiscales participantes.
Por su parte, la abogada Danelia Ferrera, directora general de Fiscalía, entregó a cada uno de los agentes de tribunales el instructivo que debe ser aplicado en este proceso eleccionario si se reciben denuncias sobre irregularidades y delitos.
Tal como se ha operado en anteriores elecciones ya sea primarias o generales, el Ministerio Público a través de sus oficinas regionales y locales conocerá únicamente de la comisión de delitos, mientras los hechos que constituyan faltas serán deducidos en su responsabilidad por el TSE que aplicará las sanciones administrativas y pecuniarias.
La Constitución hondureña instituye en sus artículos 57 y 58 que la acción penal en los delitos electorales es pública y prescribe a los cuatro años correspondiéndole a la justicia ordinaria el conocimiento de estos delitos.