Tegucigalpa – El Fiscal General Adjunto, Daniel Arturo Sibrián Bueso, dijo este miércoles que la acción penal del Ministerio Público (MP) está limitada, por lo que establece el Decreto Legislativo 116-2019, que da facultades al Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
El funcionario de la Fiscalía General, se pronunció en su cuenta oficial de Twitter, donde admitió que el proceder penal de este organismo esta obstruido.
“Si el Decreto 116-2019 deja en suspenso la acción penal del Ministerio Público conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia en nuestras acciones previas”, expresa inicialmente la publicación deSibrián. ;
En ese sentido, agrega que “los requerimientos fiscales presentados, podrán ser desestimados por los jueces según esa disposición secundaria inconstitucional”.
En otra de sus publicaciones, el Fiscal Adjunto considera que “es importante que los abogados informen con base a Ley”.
Por lo que finalmente señala que “el artículo 16 del decreto 116-2019, literalmente establece que mientras opera el Tribunal Superior de Cuentas, se deja en suspenso cualquier tipo de investigación penal, sobre los fondos que están siendo auditados”.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia admitió, en noviembre de 2019 el recurso de inconstitucionalidad que interpuso el Ministerio Público contra la aprobación de esta normativa.
No obstante, instancias de sociedad civil y el propio Ministerio Público urgen la derogación de La Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos mediante decreto legislativo 116-2019.
Si el decreto 116-2019 deja en suspenso la acción penal del Ministerio Público conforme a la jurisprudencia de la CSJ en nuestras acciones previas; los requerimientos fiscales presentados, podrán ser desestimados por los jueces según esa disposición secundaria inconstitucional. pic.twitter.com/Ar4oiwJQO2
— Daniel Arturo Sibrián Bueso (@dsbhn1) May 6, 2020