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¡Culpable exconcejal de la Judicatura!

Tegucigalpa – La Sala III del Tribunal de Sentencia de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró culpable por unanimidad de votos al exvicepresidente del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, Teodoro Bonilla, por el delito de tráfico de influencias consumado.

– El artículo 369-A del Código Penal establece una pena de 6 a 9 años por tráfico de influencias, es decir que la misma no es conmutable aunque se aplique la mínima, por lo que el condenado deberá ir a la cárcel.

Bonilla fue favorecido durante el juicio de la medida cautelar de arresto domiciliario y ahora deberá ir a prisión, en base a la sentencia dictada este viernes.

El Tribunal de Sentencia decidió admitir los audios de las escuchas telefónicas aportadas por la Fiscalía hondureña. Tanto las juezas Liz María Núñez (presa) y Delmy López (en funciones) se negaron a declarar en el juicio que se desarrolló esta semana.

Además, el Tribunal impuso una multa de entre 200 y 300 mil lempiras, así como inhabilitación por el mismo tiempo de la condena.

En torno al cambio de la medida cautelar solicitada por la Fiscalía para el ahora condenado, el Tribunal decidió por mayoría (2-1) cambiar el arresto domiciliario y ordenar ser remitido a la Penitenciaría Nacional de Támara. El Instituto Penitenciario (IP) deberá considerar el lugar donde estará privado de libertad en vista de resguardar su seguridad.

culpable Teodoro1El 21 de agosto de 2017 a las 9:00 de la mañana será la audiencia de determinación de la pena.

Teodoro Bonilla fungió como vicepresidente del disuelto Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, desde donde influyó en la impartición de justicia, de acuerdo a la sentencia dictada este viernes.

Se trata del primer funcionario judicial, con alto cargo, que es condenado culpable por la justicia hondureña.

Relación de hechos

culpable Teodoro2A Bonilla el ente acusador del Estado lo señaló responsable del delito de tráfico de influencias en perjuicio de la administración pública en la resolución dictada a favor de sus familiares Dennys Donadyn Bonilla García acusado por almacenamiento ilegal de armas y municiones comerciales y almacenamiento de armas prohibidas y Carlos Roberto Bonilla, acusado por los delitos de lavado de activos y almacenamiento de arma prohibida y municiones en el caso conocido como “Shalom”.

Este caso igualmente relaciona a la exjueza Liz María Núñez Cardona, quien resolvió sobreseer provisionalmente a Carlos Roberto Bonilla por el delito de lavado de activos, decretándole auto de apertura a juicio oral únicamente por el delito de posesión ilegal de armas de uso prohibido.

Asimismo, el Ministerio Público relaciona al tráfico de influencias a la exmagistrada de la Corte de Apelaciones Delmy Elizabeth López, quien en audiencia inicial en fecha 24 de enero de 2014 decretó a los encausados un auto de formal procesamiento por el delito de almacenamiento de arma comercial y prohibida, municiones y lavado de activos; imponiéndole la medida cautelar de prisión preventiva. En fecha 20 de febrero el apoderado legal de Dennys Donadyn Bonilla García apeló el auto de formal procesamiento decretado a su cliente.

El caso de Carlos Roberto Bonilla fue elevado a juicio oral y público el 16 de septiembre de 2016, la Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional lo declaró culpable junto al señor Luis Antonio Lara Herrera por el delito de lavado de activos, este último condenado también por otros delitos de usurpación del estado civil en perjuicio de Carlos José Fúnez Cáceres, almacenamiento de armas de uso prohibido y almacenamiento de armas de uso comercial en el mismo caso.

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