Por: WOLA
La pandemia de COVID-19 representa una seria amenaza para la salud y la economía de las comunidades de todo el mundo y la prioridad número uno de los gobiernos debería ser salvar vidas.
Sin embargo, para ciertas poblaciones que corren un mayor riesgo de contraer la enfermedad—incluidas las de los centros de detención o las cárceles en América Latina—aun queda mucho por hacer. Las condiciones de las prisiones en América Latina son alarmantes: existe un hacinamiento extremo, infraestructura en ruinas y condiciones sanitarias y servicios de salud terriblemente inadecuados. A medida que el COVID-19 se propaga hacia y dentro de las cárceles, las personas privadas de la libertad se enfrentan a problemas de salud graves y posiblemente mortales. Las preocupaciones son aún más apremiantes para las mujeres, la gran mayoría de las cuales están encarceladas por ofensas de bajo nivel y muchas de ellas están en prisión preventiva.
Algunos países como Argentina, Brasil y Colombia han emprendido acciones importantes para reducir las poblaciones en prisión. Sin embargo, a medida que el virus se propaga, los esfuerzos de “descarcelación” deben avanzar mucho más rápidamente y en todos los países de la región, y deben tener en cuenta las necesidades de las mujeres encarceladas. Se necesita acción inmediata ahora para reducir drásticamente la población en prisión de la región con el fin de evitar un gran número de enfermedades y muertes.
A través de nuestro trabajo sobre mujeres, política de drogas y encarcelamiento—llevado a cabo en colaboración con el Consorcio Internacional sobre Políticas de Drogas (IDPC por sus siglas en inglés) y nuestros socios en la región—hemos documentado el rápido aumento de la población carcelaria de mujeres en América Latina y las consecuencias desproporcionadas de las políticas punitivas de drogas en las mujeres, sus hijos, hijas, familias y comunidades. De manera colectiva, hemos desarrollado y difundido recomendaciones de políticas para reducir el número de mujeres en prisión en América Latina y el Caribe. Las recomendaciones de política detalladas a continuación se basan en este trabajo anterior, así como las declaraciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.
Es fundamental que los gobiernos de toda la región emprendan las siguientes acciones para proteger las vidas de las mujeres que ahora están tras las rejas y evitar que las poblaciones carcelarias se aumenten aún más a medida que el COVID-19 continúa extendiéndose.
1) Implementar acciones inmediatas para liberar a las mujeres que cumplen con uno o más de los siguientes criterios. Dicha liberación podría ser a través de alternativas al encarcelamiento, indultos, reducciones de sentencias u otros medios de acuerdo con el sistema legal y judicial del país. (El derecho internacional estipula que esas acciones no se pueden aplicar a personas acusadas de crímenes de lesa humanidad)
- Mujeres mayores de 60 años y/o que tengan discapacidades, VIH, inmunodeficiencia,
tuberculosis, u otras enfermedades crónicas, u otras afectaciones de salud que las ponen en mayor riesgo. - Las mujeres que están embarazadas o amamantando, que tenga hijos o hijas que vivan con ellas en la cárcel, o que tengan hijos o hijas menores, padres o madres ancianos, o familiares con discapacidades que necesiten de su cuidado.
- Mujeres en prisión preventiva (a menos que cumplan las condiciones para casos excepcionales según lo establecido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos).
- Mujeres que están en prisión por delitos no violentos, incluidos delitos de drogas.
- Mujeres que están llegando al final de su condena (según lo permitido en la legislación nacional).
- Mujeres trans quienes se encuentran en mayor riesgo de experimentar condiciones de encarcelamiento inhumanas e inseguras.
2) Evitar poner más mujeres tras las rejas. Las y los funcionarios judiciales y encargados de hacer cumplir la ley deberían suspender los nuevos arrestos o detenciones por delitos no violentos y para aquellas mujeres que cumplan con uno o más de uno de los los criterios elaborados anteriormente. Las personas detenidas por violaciones de los toques de queda u otras restricciones establecidas para intentar frenar la propagación del COVID-19 no deben ser ingresadas en centros de detención de ningún tipo; solo se deben aplicar sanciones administrativas proporcionales.
3) Para aquellas mujeres que permanecen en prisión, los gobiernos deberían:
- Garantizar el acceso a familiares y amigos a través de llamadas telefónicas gratuitas o videoconferencias. Si los que están afuera no pueden traer alimentos o artículos de higiene personal para las personas que están dentro, los gobiernos tienen la obligación de garantizar un suministro adecuado de esos productos para satisfacer las necesidades básicas de todas las personas privadas de la libertad.
- Poner a disposición pruebas para el COVID-19 a quienes presenten síntomas o hayan estado en contacto con alguien que haya contraído la enfermedad; las personas que necesiten tratamiento médico deben ser transferidas a un hospital o centro de atención médica donde puedan obtener atención profesional.
- Mejorar las condiciones sanitarias, incluida la provisión de suministros adecuados de agua y jabón, y garantizar un suministro adecuado de productos de higiene menstrual.
- Proporcionar equipos de protección personal a todas las personas que lo necesiten, incluido el personal de atención médica.
4) Para aquellas mujeres que han sido liberadas de prisión, los gobiernos deberían apoyar su reinserción social garantizando al menos lo siguiente:
- Poner a disposición pruebas de detección del COVID-19 para las personas que presentan síntomas o han estado en contacto con alguien que contrajo la enfermedad y la provisión de servicios de atención médica apropiados, según sea necesario.
- Una forma segura de transporte a casa o a una casa intermedia.
- Suministro inmediato de documentos de identificación oficiales.
Bajo ninguna circunstancia, las mujeres deben regresar a una situación de vida en la que corran el riesgo de sufrir algún tipo de violencia o abuso. Los gobiernos deben desarrollar programas apropiados para las personas en riesgo de abuso o violencia doméstica, incluidos refugios, consejerías y servicios sociales. Además, los gobiernos deben brindar apoyo para la reinserción social que incluya asistencia para encontrar vivienda, empleo, apoyo para el cuidado de los niños y atención médica.
En un discurso del 25 de marzo sobre el COVID-19, la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, destacó que “los gobiernos se enfrentan a cuantiosas exigencias de recursos y tienen que adoptar decisiones difíciles. Pero les insto a que no olviden a las personas que están encarceladas o recluidas en instalaciones cerradas, tales como hospitales psiquiátricos, hospicios y orfanatos, porque las consecuencias de su abandono podrían ser catastróficas”. Los gobiernos de la región han tardado en responder a su llamado lo que conlleva a graves consecuencias para las mujeres. Es hora de que los gobiernos latinoamericanos den un paso adelante.