Tegucigalpa – La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), resolvió el mediodía de este miércoles que los Partidos Frente Amplio Político Electoral en Resistencia (FAPER) y Alianza Patriótica Hondureña (APH) puedan seguir en el uso de sus derechos y obligaciones para el cual fueron constituidos.
– El líder de APH, Romeo Vásquez, dijo que no le sorprendía la decisión de la Corte y agregó que seguirá con su sueño político de llegar al poder de la nación.
El oficial de comunicaciones de la CSJ, Melvin Duarte, confirmó la decisión de ese poder del Estado, al tiempo que agregó que ambos institutos políticos seguirán en el ruedo político nacional.
El artículo 193 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas ordena que cuando un partido político no obtiene más del dos por ciento de los votos deberá desaparecer, situación que sucedió en las elecciones generales de noviembre de 2013 con FAPER y APH.
Fue así que tanto FAPER como APH presentaron recursos de amparo en 2014 ante la Corte de Justicia para evitar que esos institutos políticos desaparecieran del sistema político.
¿Cómo calificás el fallo de la CSJ de autorizar que FAPER y Alianza Patriótica sigan en ruedo político?
— Proceso Digital (@procesodigital) enero 13, 2016
El portavoz judicial Melvin Duarte recordó que el expresidenciable de APH, Andrés Pavón, presentó varios recursos, en tanto Romeo Vásquez de APH hizo lo propio.
El Tribunal Supremo Electoral (TSE) ordenó que se suspendiera la personalidad jurídica de ambos institutos políticos, en vista que no lograron el dos por ciento del electorado nacional como la ley ordena.
“La Sala de lo Constitución ha resuelto otorgar los amparos presentados a favor de estos partidos políticos, por lo cual deberán seguir funcionando en el uso de sus derechos y obligaciones tal como fueron constituidos”, explicó Duarte.
A renglón seguido manifestó que la decisión de TSE “carece de la observancia de algunos principios” fundamentales como la equidad e igualdad y respeto a los derechos humanos.
Puntualizó que en base a lo que establece la Ley de Justicia Constitucional se tomó la decisión en observancia del artículo 2 que establece que se interpretará y aplicarán de conformidad con los tratados, convenciones y otros instrumentos internacionales de derechos humanos vigentes en Honduras, tomando en consideración las interpretaciones que hagan los tribunales internacionales.
Cabe recordar que en las elecciones generales de 2013, FAPER obtuvo seis mil 105 votos (0.20 %) en el nivel presidencial, en tanto APH logró cinco mil 194 (0.20 %).