Tegucigalpa – El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) emitió hoy las observaciones preliminares derivadas de los principales hallazgos observados durante las elecciones primarias e internas del 9 de marzo del 2025.
En el informe se destaca como crucial que la declaratoria de personas ganadoras se dé a más tardar el próximo 8 de abril y se deduzcan responsabilidades a los responsables de los hechos ocurridos el día de las elecciones primarias e internas.
Además, hace referencia al escalamiento en la confrontación institucional entre el Consejo Nacional Electoral (CNE) y las Fuerzas Armadas de Honduras debido a la continua evasión de responsabilidades sobre los hechos ocurridos.
El ente defensor del pueblo, añade que, los desacuerdos entre actores de alta relevancia para el proceso electoral, lejos de contribuir a la no repetición de hechos similares y al fortalecimiento institucional, generan un ambiente de desconfianza, polarización y deslegitimación de cara a las próximas elecciones generales de 2025.
Señala que la difusión de pronunciamientos dirigidos contra las autoridades del CNE, podrían enmarcarse en conductas constitutivas de violencia política contra la mujer.

DOCUMENTO INTEGRO
OBSERVACIONES PRELIMINARES: PROCESO DE OBSERVACIÓN ELECTORAL DEL COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Elecciones Primarias e Internas
09 de marzo de 2025
1. El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) ha realizado un seguimiento integral del proceso electoral junto con un ejercicio de observación electoral con el objetivo de cumplir su mandato constitucional de velar por la protección de los derechos civiles y políticos de la ciudadanía, y a la vez, formular recomendaciones orientadas a fortalecer el sistema electoral en sus diferentes áreas. En ese sentido, ante los acontecimientos recientes del proceso electoral, el Conadeh, en cumplimiento de este mandato, presenta las siguientes observaciones preliminares derivadas de los principales hallazgos observados durante las elecciones primarias e internas de 2025 .
2. El Conadeh es del criterio que, no se puede hacer una valoración real de lo que sucede en el proceso electoral sin tener una visión integral de cómo ha evolucionado desde que comenzó. Desde su inicio, el proceso siguió la pauta que marcaron procesos anteriores, es decir, con decisiones políticas que se tomaron a último momento y que repercutieron en la ejecución del calendario electoral.
I. Etapa preelectoral
3. Así, el 10 de septiembre de 2024 asumieron sus cargos el nuevo pleno de Consejeros(as) del Consejo Nacional Electoral (CNE), pero en esa misma semana, días atrás, además de haberse realizado la convocatoria de las elecciones primarias el 8 de septiembre de 2024, el 7 de septiembre de 2024 el Congreso Nacional aprobó el presupuesto especial de las elecciones primarias por un monto inicial de L 1,492,000,000.00. Esto, después de un impase entre el Consejo Nacional Electoral (CNE), la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y el Congreso Nacional sobre el procedimiento idóneo para su dictaminación y aprobación. El mismo día que asumió el nuevo pleno del CNE, el Congreso Nacional aprobó la Ley Procesal Electoral, pendiente de aprobación desde la creación del Tribunal de Justicia Electoral (TJE) en enero de 2019. El presupuesto fue ampliado por un monto de L 561,045,280.00 en febrero de 2025.
4. Al respecto, cabe destacar que, en términos legislativos, durante el período 2021-2024 el Congreso Nacional no consideró ninguna reforma orientada a promover y ampliar el ejercicio de los derechos políticos de poblaciones en situación de vulnerabilidad, entre ellas, las mujeres, las personas LGBTIQ+, los pueblos indígenas y afrodescendientes, personas adultas mayores y personas con discapacidad. La única reforma electoral aprobada fue la “Ley Procesal Electoral”, que, desde un enfoque de derechos humanos, puede considerarse como una asignatura pendiente para que el TJE pueda garantizar el acceso a la justicia de las y los hondureños, en particular, de los precandidatos que compitieron en el proceso electoral.
5. En este sentido, el contexto que rodeó el inicio del proceso electoral se produjo al margen de un principio básico para el funcionamiento de las elecciones: la certeza electoral.
6. El desarrollo de la etapa preelectoral, particularmente la fase de contratación de servicios tecnológicos es la que mayor expectativa generó, pues se implementarían tecnologías y nuevas prácticas conducentes a garantizar la transparencia y fiabilidad del proceso, pero que significaban la implementación de una estrategia logística más detallada y estructurada que en procesos anteriores. Sobre esto, el CONADEH ahondará más en su informe final de observación electoral considerando sus efectos en el día de las elecciones para validar la identificación de los votantes y transmitir resultados con carácter preliminar en la noche del 9 de marzo de 2025.
7. Los movimientos internos de los partidos políticos habrían cumplido con la aplicación del principio de paridad y mecanismo de alternancia previsto en la Ley Electoral de Honduras. Con respecto a los derechos políticos de las otras poblaciones priorizadas mencionadas en los párrafos anteriores, las medidas adoptadas por el CNE se centraron en el día de las elecciones, puntualmente en cuanto a la garantía de su ejercicio del sufragio.
8. Las demás actividades de la fase preelectoral se centraron en la inscripción de las precandidaturas en los tres niveles electivos, la acreditación de los miembros de las Juntas Receptoras de Votos (JRV) a cargo de los tres partidos políticos y los custodios electorales, un aspecto que, debido al diseño previsto por la Ley Electoral de Honduras, sigue recayendo en la capacidad de organización de los movimientos internos contendientes en cada partido político, y no necesariamente en la capacidad institucional del CNE.
9. Días antes de las elecciones, un aspecto que no contribuyó a generar certidumbre fue el cambio que se produjo en los criterios para transmitir resultados preliminares, en una decisión por mayoría en el pleno de Consejeros del CNE, en la que se determinó no transmitir los resultados de las actas pertenecientes a las JRV que no utilizaran el dispositivo de lectura de la huella digital. En ese sentido, eludir ese escenario dependería de que cada JRV utilizara adecuadamente este dispositivo para mitigar cualquier atraso en la transmisión de resultados preliminares.
II. Etapa electoral
10. El 9 de marzo de 2025, el Conadeh desplegó 162 observadores a nivel nacional para observar las diferentes etapas atinentes al día de los comicios: la instalación de las JRV, la apertura y desarrollo de la votación, y el escrutinio y la transmisión de los resultados preliminares. Los hallazgos detallados de esta fase serán presentados en el informe final de observación electoral que será presentado ante las autoridades competentes y la ciudadanía. No obstante, a continuación, se detallan algunos de los hallazgos derivados de los datos recopilados in situ por las y los observadores de esta INDH.
11. En cuanto a la infraestructura de los centros de votación, el Conadeh notó que a pesar de que el Instructivo para las JRV aprobado por el CNE contemplaba medidas mínimas de accesibilidad y atención preferencial a las personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas adultas mayores, persistieron reportes sobre la inadecuación de las instalaciones para garantizar la plena accesibilidad de estas poblaciones.
12. Seguidamente, el Conadeh constató graves y múltiples retrasos en la entrega del material electoral y, por ende, en la apertura de los centros de votación ubicados en el Distrito Central y en la ciudad de San Pedro Sula. A pesar de que la apertura a votaciones se anunció y tenía prevista para las 7 de la mañana, un alto número de los centros observados en el Distrito Central recibieron el material electoral a altas horas de la noche, transcurriendo más de 8 horas de retraso y algunos casos en los que se reportó la inasistencia del número mínimo de personas necesarias para la instalación de las JRV.
13. En consecuencia, se generaron una serie de disturbios, conflictos entre votantes y simpatizantes de partidos políticos en los centros de votación, protestas, obstaculización de carretas y otras múltiples formas de inconformidad expresadas por la ciudadanía. Al respecto, el mismo 9 de marzo, el Conadeh emitió 2 pronunciamientos expresando su preocupación frente a lo ocurrido y exhortando a las autoridades del Ministerio Publico para investigar los hechos y atribuir responsabilidades, en virtud que se podía inferir la comisión de delitos electorales.
14. La situación supra descrita se agravó al cabo de que en algunos centros de votación el material electoral no llegó el día de las elecciones, ante lo cual el CNE convocó al ejercicio del sufragio en otra fecha distinta a la establecida en el cronograma electoral.
15. Lo anteriormente descrito, no puede soslayarse puesto que el impacto que tendría sobre la población votante es alto, en virtud que, sumando el censo electoral de ambos municipios afectados, el número de votantes asciende a 1,344,765. Este retraso en la llegada del material electoral pudo causar un efecto disuasivo en las y los votantes, lo que constituiría una omisión de la responsabilidad estatal de facilitar las condiciones para el ejercicio del sufragio en condiciones de igualdad para todas y todos los hondureños habilitados para ello.
16. Adicionalmente, durante la etapa de votación se reportaron múltiples problemas técnicos y logísticos con el uso del biométrico como: la falta de conocimiento de los miembros de las JRV para su correcto uso, falta de conectividad de los aparatos, problemas en el sistema para la identificación de votantes y traslape o duplicidad de los datos para la verificación de los votantes.
17. Si bien, el Conadeh reconoce el esfuerzo de las autoridades electorales para implementar nuevas tecnologías que faciliten el ejercicio del sufragio y reduzcan potenciales actos de corrupción o fraude, la implementación de estas medidas necesariamente debe acompañarse de procesos rigurosos de capacitación y pilotajes; así como, planes preestablecidos de contingencia para abordar inmediata y efectivamente cualquier inconveniente derivado de su uso.
18. Por su parte, debido a los impases señalados en los párrafos anteriores —entre ellos aspectos logísticos, técnicos y organizativos— los tiempos previstos para el inicio de la transmisión de los resultados preliminares se vieron considerablemente afectados. Esta situación generó demoras en la publicación oportuna de la información electoral inicial, lo cual incidió en la percepción de transparencia y eficiencia del proceso por parte de la ciudadanía y otros actores clave.
19. Sin menoscabo de otros incidentes documentados por el Conadeh, de todo lo anteriormente mencionado, resulta pertinente que las autoridades asuman el compromiso de realizar una investigación seria, imparcial y efectiva, tendida a la no repetición de los hechos y al esclarecimiento de la verdad.
III. Etapa poselectoral
20. La etapa poselectoral se ha caracterizado por la continuidad en la actualización de los resultados preliminares; aunado al escalamiento en la confrontación institucional entre el CNE y las Fuerzas Armadas de Honduras – órganos corresponsables de la gestión del proceso electoral – debido a la continua evasión de la responsabilidad sobre lo descrito en el acápite anterior.
21. Es preciso recordar que las Fuerzas Armadas de Honduras tiene, constitucionalmente, la función de participar en el traslado y la custodia del material electoral, y que el CNE, a partir de la reforma constitucional que le dio creación en enero de 2019, es la máxima autoridad en la gestión de procesos electorales. Ambos órganos, tiene el deber constitucional y legal de ejercer sus funciones de manera imparcial e independiente, al margen de presiones y expectativas externas que puedan menoscabar su correcto funcionamiento.
22. Adicionalmente, el Conadeh observa que en diversos medios de comunicación y redes sociales se han difundido pronunciamientos dirigidos contra las autoridades del CNE, los cuales podrían enmarcarse en conductas constitutivas de violencia política contra la mujer. En este sentido, los desacuerdos entre actores de alta relevancia para el proceso electoral, lejos de contribuir a la no repetición de hechos similares y al fortalecimiento institucional, generan un ambiente de desconfianza, polarización y deslegitimación de cara a las próximas elecciones generales de 2025.
23. Por lo tanto, resulta de crucial importancia articular el trabajo entre todas las instituciones involucradas en el proceso electoral, promoviendo un enfoque colaborativo y evitando discursos polarizantes, sugestivos o conflictivos que puedan socavar la confianza ciudadana.
24. Es deber del Ministerio Público, en ejercicio de su mandato constitucional, esclarecer los hechos ocurridos y deducir las responsabilidades correspondientes en relación con la posible comisión de delitos electorales. Por su parte, el CNE debe continuar con la fase de escrutinio especial bajo el principio de publicidad, a fin de garantizar que las inconsistencias presentes en las actas sean resueltas con pleno respeto a la voluntad popular.
25. El Conadeh se mantiene atento al desarrollo de los acontecimientos en la etapa poselectoral, y hace un llamado a todos los actores involucrados a reanudar el cauce del cumplimiento de las funciones que constitucionalmente le corresponden, en cumplimiento del principio de separación de poderes. El fondo del asunto debe ser la declaratoria de las personas ganadoras de las elecciones primarias a más tardar el 8 de abril de 2025, y, en paralelo, la determinación de los hechos que ocurrieron el 9 de marzo y la deducción de responsabilidades, en un plazo razonable.
26. También, esta INDH insta a la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos y al Tribunal de Justicia Electoral a cumplir con sus facultades en la fiscalización del financiamiento utilizado en las campañas políticas y en garantizar el acceso a la justicia en materia electoral, respectivamente. La aplicación de la ley, y de las sanciones que correspondan, en su caso, es parte de los mensajes que deben enviarse para afianzar una institucionalidad robusta.
27. Una mirada integral del papel que cada una de las instituciones cumplen en el sistema electoral es imprescindible para garantizar los derechos políticos de las y los hondureños. El Conadeh continuará monitoreando el desarrollo de estas áreas en las próximas semanas.
28. Los derechos políticos son derechos humanos, que, además, inciden en la forma que se constituyen las autoridades políticas, que posteriormente gestionan las políticas orientadas a satisfacer las demandas sociales y los derechos humanos. El Conadeh abogará por la celebración elecciones generales libres y justas con un enfoque de derechos humanos, primando el respeto de la persona humana como el fin supremo del Estado. JS