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CNBS emite resolución para mitigar riesgos en conversión de préstamos bancarios

Tegucigalpa – La Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) emitió este miércoles la resolución No.260/31-03-2023 para montos mayores a tres millones quinientos mil lempiras o su equivalente en dólares de los Estados Unidos con el propósito de mitigar los riesgos ante los desequilibrios en la conversión de préstamos bancarios.

Mediante un comunicado, la CNBS explica que la resolución fue emitida ante los desequilibrios observados en los últimos meses en el mercado de divisas al trasladar préstamos de moneda extranjera a moneda nacional o viceversa.

Así, la CNBS indicó que los préstamos que sean cancelados total o parcialmente, que estén clasificados en la categoría I, es decir los créditos buenos, mantendrán la categoría de clasificación, pero deberán constituir reservas del 5 % al momento del otorgamiento.

En segundo lugar, los préstamos cancelados total o parcialmente, clasificados en categoría II (créditos especialmente mencionados), en el nuevo préstamo mantendrá su categoría de clasificación, pero deberán constituir reservas del 10%, al momento del otorgamiento.

En el caso de los préstamos que estén en las categorías adversas (III, IV y V), tras su cancelación total o parcialmente, mantendrán su categoría de clasificación y estimaciones por deterioro de crédito, ya definidas en las Normas para la Evaluación y Clasificación de la Cartera Crediticia y las Normas para la Gestión del Riesgo de Crédito en el Sector Agropecuario.

La CNBS informó que vigilará el cumplimiento por parte de las Instituciones del sistema financiero e instituciones de seguros de las disposiciones emitidas, ratificando a la vez su compromiso en contribuir en promover la adopción de buenas prácticas en la administración de los riesgos inherentes a las actividades que realizan las instituciones antes indicadas, y mantener la estabilidad y adecuados niveles de solvencia. VC

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