– Bancada del Pinu se desmarca ante un mar de dudas
– Democristiano Cruz Ascencio dice que la iniciativa debe sujetarse a la decisión de la Corte Suprema sobre inconstitucionalidad
– El presidente del Congreso asevera que las Ciudades Modelo equivalen a mega maquilas
Decepción y dudas en la bancada del PINU
El jefe de la bancada pinuista, Toribio Aguilera, dijo que el proyecto de las Regiones Especiales de Desarrollo (REDs), conocidas como Ciudades Modelo ha cambiado tanto desde su origen de la mano de Paul Romer hasta la fecha, que le tienen “decepcionado y confundido”.
Recordó que cuando el presidente hondureño Porfirio Lobo anunció el nombramiento de Romer en la comisión de trasparencia, él estuvo presente, pero indicó que ha visto como el proyecto se ha ido modificando, hasta llevar al académico Paul Romer y a otros comisionados a distanciarse de la iniciativa.
Aguilera reflexionó y solicitó a la Cámara esperar la resolución de la Corte Suprema de Justicia en torno a los recursos de inconstitucionalidad de la Ley de Ciudades Modelo interpuestos por un significativo número de organizaciones y cuidadanos hondureños.
El diputado Aguilera además dijo que sus dudas se han incrementado debido a que cuando un inversionista de las REDs se presentó en la Cámara y se le preguntaron detalles de los socios, un miembro de COALIANZA contestó que “eso es una cosa secreta”.
Acecho del narco Por su parte, el diputado democristiano Augusto Cruz Ascencio reafirmó que el tema no debe llevarse a la Cámara en tanto la Corte no establezca su posición respecto al tema. ¿Porqué no hacerlo después de que la Corte se pronuncie? Repreguntó para proseguir “lo que hoy se decida, mañana puede quedar sin valor ni efecto, sí la Corte decide cosas diferentes”. “A mi me continúan quedando dudas y cada vez me quedan mas dudas, nos hablan de Sigapur, Corea y de Panamá; luego nos dicen que el modelo que se quiere implementar en Honduras no existe en ninguna parte del mundo en un país que está al acecho de la narcoactividad”, agregó el diputado Cruz Ascencio. |
Maná Oswaldo Ramos Soto dijo que, a su juicio, debe esperarse la resolución del más alto tribunal de justicia de Honduras en torno a la legitimidad o inconstitucionalidad de la legislación que norma las REDs. Ramos Soto adelantó que la decisión judicial seguramente favorecerá el proyecto debido a que se trata de mejorar la situación de la población porque Honduras “no puede esperar más por en mana bíblico”. |
Las Ciudades Modelo son iguales a una maquila de última generación Para el presidente de la Cámara, Juan Hernández, “las Ciudades Modelo son la oportunidad de tener el sueño americano en territorio hondureño; cuanta gente no queda endeudada de por vida, muchachas prostituyéndose, años pagándole al coyote, cuando perfectamente tenemos oportunidades”. En torno al retiro del académico Paul Romer, quien se ha desmarcado del proyecto del cual fue gestor, Hernández dijo “yo fui a ver a Paul Romer a Washington, y en el primer momento que pude le dije: mire es que no podemos ceder soberanía, tiene que ser algo que administren los hondureños y que tenga reglas en materia de comercio, que sea un hondureño el que gerencie, que el 90 por ciento de empleos sea para Honduras y el sistema migratorio sea manejado por Honduras y que el Estado tenga el dominio pleno”. “Es un tema resuelto en lo del riesgo de perder soberanía”, reiteró. A renglón seguido dijo “yo creo que no hay que darle mucha vuelta, es una especie de maquila elevada a uno de sus estados de última generación” |
Zonas y normas para las Ciudades a la Carta El Proyecto de ley declara las zonas aptas y detalles normativos de las REDs, pero el mismo quedó en manos de una comisión dictaminadora mientras el debate, en el que hubo una abierta diferencia de opiniones, se pospuso para una próxima reunión legislativa. La iniciativa fue presentada por el diputado Oscar Nájera, un entusiasta defensor de la las Ciudades Modelo, y detalla en su parte resolutiva lo siguiente: Se declaran como zonas aptas para el establecimiento de las Regiones Especiales de Desarrollo (RED) y se autoriza la creación de las mismas en sitios que se encuentren en cualquiera de los siguientes lugares del país: a) Zona de SICO-PAULAYA Y PUNTA CASTILLA: La primera área geográfica comprendida entre los municipios de Iriona en el Departamento de Colón y Brus Laguna y Juan Francisco Bulnes en el Departamento de Gracias a Dios. Según se encuentra georeferenciada en las Hojas Cartográficas del Instituto de la Propiedad y su Dirección de Catastro y Geografía: la zona litoral Atlántico de Iriona 3163-IV, Laguna de Ibans 3263-IV, Sico 3163-II y, Curso Medio del Rio Paulaya 3162-I. Sus límites al Norte con el Mar Caribe, al Oeste el Municipio de Iriona y la Sierra del Río Tinto, al Este el Municipio de Juan Francisco Bulnes en el Departamento de Gracias a Dios, al Sur los Municipios de Iriona en el Departamento de Colón y Juan Francisco Bulnes en el Departamento de Gracias a Dios y la Biosfera del Río Plátano. La segunda área geográfica comprendida entre los municipios de Trujillo, Santa Rosa de Aguan y Bonito Oriental en el Departamento de Colón. Según se encuentra georeferenciada en las Hojas Cartográficas del Instituto de la Propiedad y su Dirección de Catastro y Geografía: la zona litoral Atlántico de Puerto castilla 2064-III, Trujillo 3063-IV y Santa Rosa de Aguán 3063-I. Sus límites al Norte con el Mar Caribe, al Oeste los Municipio de Trujillo y Santa Fe en el Departamento de Colón, al Este el Municipio de Limón en el Departamento de Colón y al Sur los Municipios de Trujillo y Bonito Oriental en el Departamento de Colón. b) Zona de VALLE DE CUYAMEL: Área geográfica comprendida entre los municipios de San Pedro Sula, Choloma y Omoa en el Departamento de Cortés. Según se encuentra georeferenciada en las Hojas Cartográficas del Instituto de la Propiedad y su Dirección de Catastro y Geografía: la zona fronteriza con Guatemala 2563-III, Omoa 2563-II, Cuyamelito 2562-IV y Cuayamel 2562-I de Cuayamel-San Pedro Sula. Sus límites al Norte por el Mar Caribe, al Oeste definido por la Frontera con Guatemala, al Este los Municipio de San Pedro Sula y Choloma y al Sur los Municipios de SanPedro Sula en el Departamento de Cortés y Quimistan en el Departamento de Santa Bárbara y las Áreas Protegidas de Cususo y Merendon. c) Zona del GOLFO DE FONSECA: Área geográfica comprendida entre los municipios de Choluteca, Marcovia, Pespire, San Antonio de Flores y San Isidro en el Departamento de Choluteca y los municipios de Nacaome, Alianza, Amapala, Goascorán, Langue, San Francisco de Coray y San Lorenzo en el Departamento de Valle. Según se encuentra georeferenciada en las Hojas Cartográficas del Instituto de la Propiedad y su Dirección de Catastro y Geografía: Langue 2665-I, Nacaome 2756-IV, La Bahía de Chismuyo 2665-II, San Lorenzo 2756-III, Amapala 2665-I. Sus límites al Norte los Municipios de Pespire, San Antonio de Flores y San Isidro en el Departamento de Choluteca y los Municipios de Nacaome, Goascorán, Langue y San francisco de Coray en el Departamento de Valle, al Oeste con al zona fronteriza con El Salvador y río Goascorán, al Este los Municipios de Choluteca, Pespire y San Isidro en el Departamento de Choluteca, al Sur la zona del Golfo de Fonseca y Océano Pacífico. Artículo 2.- Dentro de estas zonas aptas únicamente se considerará que forman parte de las Regiones Especiales de Desarrollo (RED) los bienes inmuebles que a cualquier título sean traspasados al gobierno de las RED o se incorporen a este régimen especial de conformidad con su Estatuto Constitucional. Las tierras tituladas a favor de pueblos indígenas y afrohondureños no podrán ser expropiadas, ni esas poblaciones desplazadas, con el propósito de incorporarlas al régimen de las Regiones Especiales de Desarrollo (RED). No obstante lo anterior, estas poblaciones podrán incorporarse voluntariamente a este régimen. Artículo 3.- Las importaciones que realicen las personas naturales o jurídicas que operan en una Región Especial de Desarrollo (RED), al ingresar al territorio aduanero del resto del país en tránsito a las RED estarán libres del pago de impuestos, aranceles, cargos, recargos, derechos consulares, impuestos internos, de consumo y gravamen que tengan relación directa o indirecta, con las operaciones de importación y exportación; las compras de bienes y servicios que realicen en el mercado nacional las empresas que operan dentro de una Región Especial de Desarrollo (RED) están exoneradas del pago del Impuesto Sobre Ventas. El ingreso de mercancías desde el resto del territorio nacional con destino a una Región Especial de Desarrollo (RED) y las exportaciones que se realicen desde esta última, se tramitarán con una Declaración Única Aduanera (DUA), sin la intervención de agente aduanero o apoderado especial aduanero. Artículo 4.- Los actos administrativos, civiles, mercantiles o judiciales emitidos por las autoridades de las Regiones Especiales de Desarrollo (RED), tienen pleno reconocimiento en el resto del territorio nacional. Artículo 5.- Las aldeas, colonias, barrios y/o caseríos que se encuentren dentro o estén contiguos o vinculados a las zonas aptas adherirse a las Regiones Especiales de Desarrollo (RED), previa celebración de un plebiscito vinculante celebrado entre sus habitantes de conformidad con la Ley de Municipalidades. Sin necesidad del plebiscito vinculante antes mencionado, también podrán adherirse voluntariamente a las Regiones Especiales de Desarrollo (RED) los predios no habitados que se encuentren contiguos a las mismas. |