Tegucigalpa.- La decisión de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) en cerrar el expediente contra Honduras por delitos de genocidio durante la crisis de 2009 al no encontrar evidencias contundentes al respecto, no solo representa un amargo revés para los impulsores de esta iniciativa, también una lección para las sociedades en el sentido que la defensa de los derechos humanos no tiene ni sesgos ni ideologías.

«De ninguna manera esta decisión minimiza los crímenes cometidos en Honduras o su impacto en las víctimas», enfatizó la fiscal, quien agregó no obstante que la definición del estatuto de Roma de crímenes de lesa humanidad «impone estrictos requisitos legales que distinguen esa categoría de crímenes en un contexto de violencia general, crónica o estructural».
La fiscal Bensouda al amparo de la doctrina humanitaria selló así la investigación preliminar ante las denuncias llegadas a esa Corte sobre presuntos crímenes de genocidio o de lesa humanidad cometidos en este país centroamericano luego de la asonada al ex presidente Zelaya.
El anuncio de la CPI de cerrar el expediente sobre Honduras porque éste nunca pasó de la fase preliminar de investigaciones, ya que tras varios análisis concluyeron que la información disponible no “satisfacía” los requisitos legales del estatuto de Roma, fue recibido con descrédito por parte de los grupos humanitarios afines al ex presidente Zelaya, quienes en su lucha humanitaria terminaron siendo víctimas del sesgo y las ideologías, dos malos consejeros en la defensa de la vida.
No hay condiciones: fiscal CPI

En septiembre de 2009, la Federación Internacional de Derechos Humanos interpuso la demanda contra Honduras por lo que estimó las figuras de genocidio y delitos de lesas humanidad contra hondureños durante la salida forzada del poder del ex presidente Zelaya.
En la demanda, la FIDH que sustenta ser acompañada de una serie de organizaciones hondureñas e internacionales, acusó desde políticos, militares, policías, magistrados de la suprema corte de justicia y diputados del congreso nacional hasta al propio ex presidente interino Roberto Micheletti, entre otros actores.
Citando el artículo 7 del estatuto de Roma, la demanda contra Honduras presentada por la FIDH buscaba que se acusara al país del “crimen de persecución política, como un crimen de lesa humanidad”, el cual para que se configurara debería reunir, según el estatuto dos condiciones:
a) Cuando se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, y,
b) Y con conocimiento de ese ataque.
La CPI determinó que en el caso de Honduras esa figura no aplicó porque no se configuró el delito de acuerdo a las investigaciones hechas y a lo establecido en el estatuto de Roma.

Pero otros activistas humanitarios y políticos afines al ex presidente Manuel Zelaya y su partido Libertad y Refundación (Libre), no reaccionaron de la misma manera de Méndez, acusaron de “parcialidad” a la CPI y obviaron apegarse a lo que indica la doctrina en materia humanitaria.
Fueron motivaciones políticas: Custodio

Custodio felicitó la decisión de la CPI al indicar que cuando se investiga y se trata de encontrar algún indicio de verdad, se está haciendo un buen trabajo y eso es lo que ha hecho la Corte Penal Internacional, acotó, tras reiterar que bajo falsos argumentos se pretendió dañar a Honduras “por caprichos” y no por razón.
Expertos juristas en derecho humanitario vislumbraron desde un principio que la demanda contra Honduras ante la Corte Penal Internacional no iba tener resultado porque no se configuraban los delitos por los cuales se les acusaba.
Otros togados favorables a la línea de la FIDH y sus afiliados en Honduras son del criterio que el camino para llevar al país ante una demanda internacional no está del todo cerrado.
Seguiremos luchando: Cofadeh

“Yo siento que ha habido una manipulación en el manejo público de los medios de comunicación en nuestro país”, tras reiterar que las organizaciones de derechos humanos van a seguir trabajando para que se reconozca que las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante y después de la asonada “fueron realidad: crímenes de lesa humanidad”, sentenció Oliva.
Otros más ponderados en sus análisis, consideran que la CPI dejó dos cosas claras: que no hay indicios suficientemente sólidos para llevar el caso de Honduras ante la Corte Penal Internacional, pero que ello no significa que en este país se susciten violaciones humanitarias que no de ser abolidas podrían configurar algún caso a futuro.
La valoración de la Fiscalía de la CPI que es la que presenta los casos, además de equilibrada y apegada a la doctrina humanitaria, fue también una lección a las sociedades del mundo y en particular a los grupos humanitarios y sectores radicales hondureños, que los derechos humanos no se pueden defender cuando el sesgo y la ideologización pueda más que la negativa de ver la realidad a la luz de la doctrina jurídica internacional.
De ahí que la decisión de la Corte Penal Internacional mediante su principal brazo jurídico que constituye la Fiscalía, fuera un golpe a quienes basados en el sesgo y la ideología intentan hacer de la defensa de los derechos humanos un arma para el activismo político partidario.