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Temen que reforma a Ley de Presupuesto arrope a condenados por corrupción

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Tegucigalpa Las alarmas se dispararon en las últimas horas luego que un grupo de defensores legales presentaron diligencias judiciales ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para lograr que sus clientes, muchos de ellos condenados por sonados casos de corrupción, sean beneficiados con la reforma al Artículo 131-A de la controvertida Ley de Presupuesto, aprobado en la Cámara Legislativa hondureña el pasado 18 de enero.

La referida norma permitió que cinco diputados, señalados en una presunta red de corrupción que drenó recursos públicos mediante Organizaciones No Gubernamentales (ONGs) y que fueron denunciados por el Ministerio Público y la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (MACICH), fueran liberados de responsabilidad penal y el traslado del expediente al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) para que determine la profundidad de la acusación.

En las últimas horas en la CSJ se llevó a cabo una audiencia de interposición de excepción a favor del Carlos Roberto Fuentes Guerra con el objetivo de ser beneficiado con la reforma a la Ley de Presupuesto.

Fuentes Guerra es acusado por testaferrato en los sonados casos del megafraude al IHSS. A él se le programó juicio oral para el próximo 4 de abril, junto con tres personas más.

Bajo esa premisa, Óscar Eduardo Lagos, apoderado legal de Fuentes Guerra, explicó que el Código Procesal Penal en el artículo 46 establece la figura de la audiencia de interposición de excepciones, en ese sentido, se interpuso en primer lugar por falta de competencia del Tribunal porque el ya no puede conocer de estos hechos y por la falta de acción penal del Ministerio Público, porque la Ley de Presupuesto en su reforma establece que es el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), es el que debe de auditar los fondos públicos que hayan sido administrados por un funcionario público y que sin un pronunciamiento de ellos, no se puede interponer una acción penal por parte de la Fiscalía.

Codigo Penal vigente 

Señaló que de acuerdo a la interpretación literal de la reforma la misma dice que es a todos los funcionarios públicos, “entonces no solamente es para diputados”, argumentó.

En tanto, un reconocido exjuez de los tribunales de la República, que prefirió el anonimato, le confió a Proceso Digital que la reforma a la Ley de Presupuesto no abarca a los que ya fueron condenados por actos de corrupción en el manejo de fondos públicos. “El principio que la ley tiene carácter retroactivo cuando favorece al condenado se refiere a una norma penal y eso -se refiere a la Ley de Presupuesto- es una norma administrativa”.

rene altamiranoRené AltamiranoMientras, el profesional del derecho René Altamirano relató que lo que piden es que se aplique la reforma a la Ley de Presupuesto, en el sentido que establece una condición para que el MP acuse fundamentado en un informe del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) respecto a la existencia de responsabilidad penal para los que son funcionarios.

Aportó que los condenados en los casos de corrupción en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), no hay informes del TSC, “lo que existen son pericias parciales elaboradas por peritos del Ministerio Público”.

Altamirano justificó que la reforma al Artículo 131-A establece que la condición para que las personas que administran fondos del Estado para ser acusados es que el Tribunal Superior de Cuentas encuentre responsabilidad penal.

“Esa reforma modifica una ley penal que es el Código Procesal Penal porque le pone una condición al Ministerio Público para ejercitar la acción penal, por eso el incidente es de falta de acción. Lo que hicieron con la reforma fue condicionar el derecho de acción penal del Ministerio Público en los casos que se trate de administración de fondos públicos”, explicó.

En el caso que la jueza el próximo viernes dicte un fallo favorable a los peticionarios que invocaron la reforma a la Ley de Presupuesto, Altamirano señaló que “si es a favor sucedería lo mismo que pasó con los diputados (Red de Diputados), es decir se dictaría una sentencia interlocutoria y el expediente se enviaría al Tribunal de Cuentas para que ellos se pronuncien sobre la existencia de responsabilidad penal”.

Aunque se derogue queda un vacío legal

Abog. Marlon Duarte De su lado, el abogado penalista Marlon Duarte dijo que los que tienen sentencia firme perfectamente pueden invocar un recurso de revisión bajo el entendido que todos somos iguales ante la ley y se debería revertir la causa para volverles a iniciar el debido proceso como lo señalan las leyes del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).

Citó que la Ley del TSC establece una figura constitucional para la investigación administrativa de toda la gente que administra fondos públicos.

A renglón seguido, que la Cámara de Diputados al aprobar la reforma al artículo 131-A de la Ley de Presupuesto recordó cuál era el paso administrativo a cualquier potencial beneficiado.

Consultado sobre si personas que ya fueron condenadas por delitos de corrupción en el ejercicio de sus cargos públicos podrían ser beneficiadas con esta reforma, el abogado Duarte manifestó que “claro que sí, porque la ley no dice diputados, dice funcionarios que hayan administrado o destinado cualquier fondo del Estado”.

“Desconozco si en los casos de Mario Zelaya (exdirector del IHSS), a la par de sus procesos penales había investigación y diligencias del Tribunal de Cuentas, en el caso que sí existiera y fuera invocada como medio de prueba es valedero. Pero debo decir que las presunciones del Tribunal de Cuentas para determinar responsabilidades penales y civiles no pueden convertirse en cosa juzgada”, enfatizó.

Concluyó que “si no quieren aplicarla a todos los demás, incluso los condenados, debe ser derogada. Aunque aquí también identificamos que tuvo un espacio de validez pese a que sea derogada, tuvo un espacio de validez y ahora hay un vacío legal en el entendido que si en algún momento entró en vigencia para favorecer a una persona, tiene que favorecerlos a todos aunque la deroguen por el principio de igualdad y este dice ‘cuando existe un conflicto de leyes o laguna legal se le va a aplicar lo que le favorece al imputado’, en todo caso sería la ley que estuvo en vigencia por un momento”, alegó este abogado.

Hay que estar atentos

Abog. Melissa Elvir.De acuerdo a la coordinadora de la Unidad de Transparencia y Acceso a la Información de la Fundación Democracias Sin Fronteras, Melissa Elvir, la citada reforma únicamente abarca a diputados de tres períodos específicos del Congreso Nacional, por lo que la misma no debería ser invocada por personas que enfrentan la justicia por casos de corrupción.

Sin embargo, dijo que como las instituciones están politizadas “hay que estar atentos” a lo que decide la Corte Suprema de Justicia, en vista que fue ahí mismo donde la magistrada Alma Consuelo Guzmán determinó archivar la acusación de la “Red de Diputados” y lo mandó al Tribunal de Cuentas.

Reiteró que “la fe de errata dice claro que la reforma está dirigida específicamente a más de 700 diputados (propietarios y suplentes) de los períodos 2006-2010, 2010-2014, y 2014-2018, por lo que no tendría más campo de acción que ese”.

Congreso se defiende a ultranza

José Tomás ZambranoEl secretario de la junta directiva del Congreso Nacional, José Tomás Zambrano Molina, afirmó que las reformas a la Ley Orgánica del Presupuesto General de la República no abarcan a otros funcionarios de la administración pública y solo los diputados son los investigados.

El directivo enfatizó que las reformas a la Ley de Presupuesto no pueden legalmente usarse para beneficiar a personas que ya están acusadas en los tribunales de justicia por desfalco de alguna institución del Estado, como lo están pretendiendo algunos abogados defensores.

La investigación que se ordena al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), es sólo contra diputados de los períodos 2006-2010, 2010-2014 y 2014-2018.

En ese sentido, enfatizó que hay que dejar claro que con la última fe de erratas a la reforma de la Ley de Presupuesto, queda bien establecido de que los alcances jurídicos y legales y para quién abarcan los efectos legales del decreto.

“Hay que dejar claro que este decreto no abarca a personas que tienen que ver con el tema del Seguro Social y otro tipo de acusaciones como actualmente tienen en los tribunales de la República, es más después de estas auditorías el TSC va a empezar a establecer el grado de responsabilidad en que pudiera haber incurrido cualquier tipo de funcionario de este poder del Estado que ocupó el cargo de diputado, desde la responsabilidad administrativa, responsabilidad civil hasta llegar hasta la responsabilidad penal, es decir, tiene una gran tarea el tribunal durante tres años a partir de la próxima semana”, puntualizó Zambrano.

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