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¿Solo el Estado escucha en Honduras?

Tegucigalpa – Luego de los últimos debates públicos sobre la efectividad de la Ley Especial sobre Intervención de las Comunicaciones Privadas, mejor conocida como Ley de Escuchas, distintos sectores han expresado su preocupación en torno a si solo el Estado realiza esta práctica amparado en leyes de la República o si por el contrario personas o instituciones particulares estarían ejecutando semejante acto reñido con la normativa vigente.

– Hay temor que otros sectores se dediquen a la escucha telefónica al margen de la ley para utilizar las mismas para chantaje.

La Ley de Escuchas fue aprobada por el Congreso Nacional el 8 de diciembre de 2011 y publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 29 de mayo de 2012. A partir de ese entonces la normativa ha servido para capturar a importantes miembros de estructuras criminales y esclarecer juicios mediante el aporte de la prueba anticipada autorizada por un juez con jurisdicción nacional.

Aunque nadie de los consultados por Proceso Digital identificó “los otros sectores” que estarían practicando al margen de la ley las escuchas telefónicas, existe un consenso casi generalizado que esta práctica se realiza por expertos tecnológicos que muchas veces persiguen chantajear u obtener un bien particular, en tanto también se mencionan intereses de tipo político.

LeyescuchasHn2Las alarmas se dispararon luego que trascendiera públicamente una conversación telefónica entre el vicepresidente del Consejo de la Judicatura, Teodoro Bonilla y el magistrado Víctor Manuel Lozano Urbina. En la plática, ambos funcionarios vierten palabras denigrantes contra compañeras del Poder Judicial. Además los dos son actores de un proceso judicial incoado en los tribunales hondureños.

Bonilla negó que él sea una de las voces que se adjudican en la conversación, destacando que no utiliza el lenguaje que se escucha o se lee en la transcripción de la misma.

El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh) recomendó en las últimas horas investigar si existe autorización judicial para realizar cualquier escucha telefónica de lo contrario, advirtió, todas las personas en Honduras corren el peligro, sin razón alguna, de ser víctimas de situaciones delictivas como la extorsión.

Explicó que en materia de escuchas telefónicas, estas solo se pueden realizar con autorización de juez competente y que exista un juicio en curso.

La finalidad es que la misma sea un mecanismo excepcional de investigación y se constituya en una herramienta esencial en la lucha contra la criminalidad organizada o no convencional.

LeyescuchasHn3La ley establece que el procedimiento de intervención será reservado. Tanto el personal del órgano jurisdiccional, el juez de garantía, el fiscal y el personal de la Unidad de Intervención de las Comunicaciones que participen de las investigaciones tendrán exclusiva responsabilidad para el cumplimiento de la reserva o confidencialidad.

En el capítulo “De los delitos…”, indica que se castigará, con reclusión de 6 a 10 años de reclusión al funcionario judicial, policial, del Ministerio Público o Procuraduría General de la República en su caso, o de la empresa generadora de la información, que la divulgue o utilice cuando sea la intervención de las comunicaciones, con un propósito diferente del establecido en el ordenamiento jurídico.

Tanto el presidente Juan Orlando Hernández como el titular de Seguridad, Julián Pacheco Tinoco, han defendido la efectividad de la Ley de Escuchas, porque -según ellos- han servido para propinar golpes importantes a grupos criminales en el país.

Herramienta eficaz

Edu16nov1Para el extitular de la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP), Eduardo Villanueva, la norma representa una herramienta importante en la lucha contra el crimen organizado. “Es un arma que debe dársele completamente apegado a las garantías constitucionales porque no hacerlo implica responsabilidad para las autoridades responsables de ejecutarlas”, apuntó.

El abogado que por muchos años fue juez de los tribunales de la República, agregó que “hay que hacer una investigación a fondo que permita determinar si existe responsabilidad por parte de las personas que operan los instrumentos técnicos de la Ley Especial de Escuchas Telefónicas, porque es intolerable que se presenten situaciones de esa naturaleza en perjuicio de ciudadanos sometidos a la investigación”.

Villanueva dijo desconocer si otros sectores distintos al Estado estén llevando a cabo escuchas telefónicas. “La única instrumentación legal que hay para poder ejecutar intervenciones telefónicas que son garantías constitucionales es la Ley de reciente emisión por parte del Congreso Nacional y que está dando resultados positivos en la lucha contra la criminalidad organizada en el país”, puntualizó.

Intervención de teléfonos sin orden judicial

Mar16nov1De su lado el reconocido abogado penalista Marlon Duarte reconoció que la normativa es de mucha importancia en el combate al crimen común y organizado, aunque mencionó que en el país se intervienen teléfonos de muchas personas que ni siquiera tienen investigaciones abiertas en los tribunales de la República.

Recordó que para llevar a cabo la intervención de una llamada telefónica debe existir la petición por parte de un juez para constituir lo que se conoce como prueba anticipada, de acuerdo a lo que establece el Código Penal hondureño.

“Es así que se ordena al juez de garantías que vigile la correcta aplicación de la ley, pero lo están haciendo sin la participación del juez jurisdiccional. Así pues en la audiencia inicial le llevan las escuchas al juez sin que éste lo haya ordenado, lo que jurídicamente debería constituirlas en nulas”, arguyó el profesional del derecho.

Duarte reiteró que las escuchas telefónicas se llevan a cabo sin la participación del juez.

Aseveró que en el país se abrió la puerta para que desde varios sectores se escuche a distintas personas. “Al final todo esto puede traer repercusiones al gobierno hondureño porque se expone a denuncias internacionales, insisto se están haciendo escuchas sin seguir los procedimientos que la ley establece”, reafirmó.

Recomendó que el equipo tecnológico no debe estar en manos de la Secretaría de Defensa y sí en personeros del Poder Judicial a través de la Unidad Especial de Intervenciones. “La ley bien aplicada está perfecta, el problema que no se está ejecutando de esa forma”.

Deben seguirse rigurosos cuidados

Ara16nov1Para la criminóloga hondureña, Arabesca Sánchez, las escuchas no deben caer en cualquier mano, únicamente en las partes involucradas: el primer custodio es la persona que realiza la intervención, el segundo es el que la traslada al expediente fiscal, el tercero es el fiscal que lleva el caso en los tribunales y el cuarto es el juzgado que está realizando el proceso de administración de justicia.

Sugirió no hacer intervención telefónica a cualquier ciudadano en particular, no se debe hacer intromisión telefónica por ejemplo a algunos sectores que lo han estado señalando como una queja pública, como un sector de defensores de Derechos Humanos, el periodismo, los comunicadores sociales, algunos funcionarios públicos que tiene cargos delicados.

Sánchez apuntó que el derecho de comunicación es un bien humano, de ahí la importancia de contar con una orden judicial para intervenir una llamada.

Se debe investigar quien filtra las conversaciones

Mientras, el asesor presidencial Marvin Ponce, recordó que cuando dieron vida a la Ley Especial sobre Intervención de las Comunicaciones Privadas se hizo con el afán de luchar contra el narcotráfico, crimen organizado, bandas de extorsión y estructuras criminales comunes.

Marvin16nov1Explicó que la normativa “no es arbitraria” y que la misma contempla un procedimiento judicial que deberá cumplirse para no incurrir en responsabilidad por parte de los involucrados.

“Si alguien está realizando escuchas en forma clandestina debe enfrentar un proceso judicial porque ha violentado lo establecido en la ley. Lo que es delicado y debe ser investigado es cómo se filtran a los medios de comunicación esas conversiones privadas. La Ley de Escuchas no es una norma al estilo clandestinidad, es algo serio que persigue castigar la comisión de un delito”, detalló.

El asesor del Poder Ejecutivo aclaró que para llevar a cabo una escucha telefónica solo es posible con la orden de un juez, quienes hacen lo contrario deben ser castigados. “El espíritu de la ley es usar la tecnología en contra de los delincuentes”, remató.

El también exdiputado de Unificación Democrática (UD), no descartó que otros sectores de la sociedad se dediquen a realizar escuchas telefónicas al margen de la ley. “Todo mundo anda interesado en conocer la vida privada de las personas para hacerle daño u obtener un chantaje”, dijo.

Tema no debe politizarse

El ministro de Seguridad también vertió su criterio sobre la Ley de Escuchas, la cual consideró como de mucha ayuda para el país.

Juli16nov1Al mismo tiempo delimitó que “el tema de seguridad no se debe de politizar ni publicar en este tiempo, aunque entendemos que somos un país democrático y que tenemos que darle explicaciones a todo el mundo del uso de los recursos”.

Pacheco Tinoco detalló que “esa herramienta de la ley de escuchas, nos ha ayudado tanto a proteger nuestro país contra las amenazas del país, no es contra gente profesional, no es contra gente que quiere vivir en paz en este país”.

“Es una herramienta necesaria y sumamente legal desde el punto de vista que se creó la ley y que fue aprobada por el Congreso Nacional”, enjuició.

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