spot_img

Tribunal Supremo Electoral no es tan supremo como cree magistrado, según abogado constitucionalista

Por:

Compartir esta noticia:

Tegucigalpa – Después del fallo emitido por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que viabiliza la participación en las elecciones generales de los candidatos que participaron en los comicios primarios, pero que no ganaron la nominación, el abogado constitucionalista, Juan Carlos Barrientos, manifestó que con esa resolución se demuestra que el Tribunal Supremo Electoral (TSE), no es tan supremo como consideran algunos de sus magistrados.
 

“El fallo indica que quien tiene la última palabra en materia electoral es la Sala de lo Constitucional, pero eso aparece en la ley y hasta ahora lo vienen denunciando en el TSE, eso no es algo que apareció ahorita o que es de reciente creación”, argumentó Barrientos.

Explicó que “lo que no dicen en ese tribunal, es que no es supremo, porque un ente supremo significa que para cualquier resolución que emita, ya no cabe ningún recurso, la CSJ si es suprema porque ante un fallo de la Sala de lo Constitucional, no se tiene ningún recurso legal contra ese fallo”.

Añadió que en cambio, las resoluciones del TSE si pueden ir en amparo y el recurso que presentó el Frente Amplio Político Electoral en Resistencia (Faper), no es el primer amparo que se interpone, ya han existido varios y la Sala de lo Constitucional, no los otorga todos.

Ejemplificó que hace poco, la Sala de lo Constitucional, le denegó un amparo a un candidato a una alcaldía municipal y según la Ley de Justicia Constitucional, el intérprete último y definitivo de la Constitución, es la Sala de lo Constitucional, a quien le corresponde velar, no por cualquier reclamo que haga alguna persona que se considere lesionada por el TSE, porque esa sala únicamente regula violaciones constitucionales y no se entromete en aspectos puramente electorales.

Añadió que cuando el ex candidato presidencial y alcalde capitalino Ricardo Álvarez, presentó un recurso para que se hiciera un escrutinio voto por voto en las elecciones primarias del Partido Nacional, la Sala de lo Constitucional, ni siquiera admitió el amparo porque ese era un asunto no de tipo violatorio constitucional sino que eminentemente técnico electoral.

En ese sentido, difirió con el criterio del magistrado del TSE, Enrique Ortez Sequeira, en el sentido que la CSJ podría decidir hasta quien va a ser el presidente de la República. “No creo yo posible que el día de mañana, la Sala de lo Constitucional, venga a decidir aspectos tan importantes como la elección de un presidente o cuestiones así por el estilo, así que yo discrepo en ese sentido”, acotó.

Barrientos explicó que los efectos de una sentencia de amparo, solamente favorece a los recurrentes, pero en el caso de Ricardo Álvarez, le causa extrañeza que el TSE estuviera pendiente de la Sala de lo Constitucional para pronunciarse.

“El TSE cumple su función y debe sujetarse porque estamos en un Estado de derecho, pero debe buscarse una revisión a la Ley Electoral porque tiene estructuras caducas”, puntualizó Barrientos.

Entretanto, el ex rector universitario, ex presidente de la CSJ, abogado constitucionalista y actual diputado al Congreso Nacional, Oswaldo Ramos Soto, recomendó que el magistrado del TSE, Enrique Ortez Sequeira, debe mantener la prudencia sobre las decisiones de la Sala de lo Constitucional.

Explicó que cuando existe un conflicto, existe una jerarquía en la norma jurídica del Estado al tiempo que recordó que la carta magna establece que no aplicarán otras leyes que contradigan los derechos de los ciudadanos por encima de ella.

Añadió que cuando se presenta un recurso de garantía de inconstitucionalidad o de amparo como en el caso de Ricardo Álvarez, la fuerza de la sentencia deroga o anula lo establecido en la Ley Electoral, particularmente en el artículo 116.

spot_img
spot_img

Lo + Nuevo

spot_img
spot_img
spot_img
spot_imgspot_img