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Tribunal aplica amnistía a ex presidente Zelaya y varios de sus ex funcionarios

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Tegucigalpa – Un tribunal de justicia de Honduras decidió aplicar el decreto de amnistía aprobado por el Congreso Nacional en enero de 2010, al ex presidente Manuel Zelaya y varios de sus funcionarios acusados por el delito de abuso de autoridad.
 

La decisión judicial se tomó desde el 30 de junio pasado, según informó el juez responsable de la misma, José Humberto Palacios Guifarro.

La extinción de responsabilidad penal por la aplicación del decreto de Amnistía es aplicable al ex presidente Zelaya, y sus ministros de la Presidencia Enrique Flores Lanza; de Finanzas Rebeca Santos; del FHIS; César Salgado, y al viceministro de Finanzas Antonio Borjas Massis.

El juez dijo que la decisión judicial solo es aplicable en el caso del delito de abuso de autoridad, no así para el resto de los delitos por los que han sido acusados en los tribunales, entre ellos los delitos de falsificación de documentos y el delito de fraude.

El juez Palacios Guifarro explicó a HRN la decisión.

Por su importancia, Proceso Digital transcribe la declaración:

Periodista (P): ¿Cómo interpretar esta resolución?

Juez (J): Aquí lo que ocurrió fue que el juzgado resolvió de oficio una extinción de la responsabilidad penal y posterior sobreseimiento definitivo a favor de las personas que usted ya mencionó. Ahora, lo importante en este caso es mencionar que únicamente fue por el delito de abuso de autoridad que está amparado en el decreto de amnistía emitido por el Congreso Nacional, el decreto 2-2010 del 27 de enero del año 2010. Por el resto de los delitos, los delitos de falsificación de documentos y el delito de fraude queda subsistente el proceso que actualmente se sigue.

P: ¿Esos delitos que todavía están vigentes no están relacionados con temas eminentemente políticos señor juez Palacios Guifarro?

J: Ese tema todavía está en discusión en virtud de que podrían ser delitos comunes conexos con los políticos, sin embargo la resolución únicamente se resuelve por el delito de abuso de autoridad que está expresamente mencionado en el decreto de amnistía que ya he mencionado anteriormente.

P: ¿Y en el caso de la égida suya o de la coordinadora de juez que se incorpore para seguir conociendo este delito van a seguir resolviendo el caso alrededor de los otros delitos pendientes de las personas que hemos señalado, incluyendo al ex presidente Zelaya?

J: Aprovecho la oportunidad para mencionar que el caso no está asignado a mi persona, sin embargo, por la coordinación del juzgado se nos informó si podíamos colaborar en este caso y en vista de que la juez responsable se encontraba incapacitada, pues nosotros con toda la disposición del caso y sin ningún interés particular procedimos a resolver en este caso de la mejor manera y apegados al decreto legislativo emitido por el honorable Congreso Nacional resolvimos la extinción de la responsabilidad penal y posterior sobreseimiento en relación a estas personas únicamente por el delito de abuso de autoridad.

P: ¿Qué significa eso, que se suspenden las órdenes de captura para ele x presidente Zelaya y sus colaboradores, abogado palacios Guifarro?

J: Hay una serie de órdenes de captura por varios delitos. Hay órdenes de captura por delitos de abuso de autoridad, por los delitos de fraude, por los delitos de falsificación de documentos públicos y privados, en este caso únicamente se suspende la orden de captura por los delitos de abuso de autoridad y quedan vigentes, por lo tanto deben de ejecutarse, el resto de las órdenes de captura por los demás delitos?

P: ¿Por qué está incluido en el decreto de amnistía?

J: El decreto de amnistía de manera expresa menciona el delito de abuso de autoridad y es por eso que se ha resuelto. Los demás delitos que podrían ser considerados como comunes conexos o simplemente comunes aún está vigente la orden de captura.

P: ¿Y en ese caso cuando se retoma este asunto bajo la coordinación de otro juez, abogado Palacios Guifarro?

J: En cualquier momento del proceso, ya sea en una posible audiencia inicial, en audiencia preliminar o ya sea en juicio oral y público las partes pueden alegar la aplicación de la amnistía y el juez está en la responsabilidad de resolver lo que proceda.

P: ¿No pierde validez o legalidad lo resuelto por usted tomando en cuenta que usted estaba en vacaciones o con un permiso y tuvo que interrumpir el mismo para incorporarse exclusivamente para este caso?

J: Yo no me encontraba con ningún permiso ni de vacaciones, yo estaba trabajando de forma normal en mi oficina cuando se resolvió eso. Posteriormente si solicité un permiso por tres meses para efectos de terminar una tesis de maestría, la cual estoy elaborando actualmente, pero al momento de resolver yo estaba trabajando de manera normal.

P: ¿Y porqué la juez a cargo de este caso no estuvo presente específicamente en la emisión de esta decisión alrededor de la aplicación de la amnistía?

J: Entiendo que la juez responsable del caso se encontraba incapacitada porque tenía un problema con su píe, y la coordinación del juzgado confiando en nuestro conocimiento y experiencia nos confió el caso y así resolvimos de esta manera.

P: ¿Significa entonces que al retomar el caso la juez que lo ha venido manejando y conociendo si conocerá de los otros delitos que le atribuyen a las personas imputadas?

J: Así es, la juez responsable va a retomar sus funciones cuando ella se reincorpore y ella va a resolver lo que proceda.

P: ¿Y en este caso no hay ninguna acción que pudiese emprender la Fiscalía u otro organismo a la decisión que usted ya ha resuelto en la aplicación del decreto de amnistía?

J: Esa es potestad del Ministerio Público, ellos pueden iniciar una investigación en relación a este caso, sin embargo yo creo que todo se ha resuelto de conformidad a derecho y de ninguna manera podría haber alguna responsabilidad.

P: ¿Usted no incurrió en ningún exceso, según interpretamos?

J: De ninguna manera, se ha resuelto de manera correcta y en estricta aplicación de lo que establece ya el decreto de amnistía emitido por el honorable Congreso Nacional, nos hemos apegado estrictamente a lo que establece ese decreto y nos sentimos confiados de que todo está resuelto conforme a derecho?

P: ¿En aplicación a la independencia de los jueces, no hubo presiones externas o internas para que usted resolviera en esa dirección?

J: De ninguna manera, lo único que se hizo fue colaborar con los compañeros y el juzgado unificado ya que la juez responsable del caso se encontraba incapacitada. Nosotros resolvimos en virtud de que pues por eso se llama juzgado unificado, porque todos los jueces tenemos la misma capacidad y responsabilidad, entonces se resolvió de esa manera.

P: Y sobre una apelación en el caso de los millones que supuestamente se malversaron por uso de publicidad en el FHIS ¿Qué conoce usted?

J: Bueno ese caso fue asignado a mi persona desde un primer momento, sin embargo, por asignación de la Coordinación fue trasladado a otro juez.

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