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Se extiende la alerta roja para los 18 departamentos de Honduras debido al COVID-19

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Tegucigalpa-El Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager), a solicitud de la Secretaría de Salud determinó extender, hasta el 26 de abril, la alerta roja para los 18 departamentos de Honduras a partir de la 1:00 de la tarde de este domingo 19 de abril del 2020.

El organismo argumenta que la medida se toma basándose en el artículo 4 inciso 2 y los artículos 41 y 45 de la Ley del Sinager.

La medida fue determinada en seguimiento a las medidas de contención de propagación del COVID-19 en varios departamentos del país. Hasta ayer sábado 472 personas se habían contagiado con el coronavirus, mientras que 46 pacientes lamentablemente perdieron la vida. 

La alerta roja tiene como objetivo facultar al gobierno central para que realice acciones tanto a nivel nacional como local, que permitan minimizar el impacto de la emergencia por el COVID-19 en la salud de la población hondureña. 

Además, se autoriza a las instituciones que integran el Sinager, para que continúen con la habilitación de áreas de alojamiento masivo para atender casos sospechosos de COVID-19, así como acciones de respuesta para el abastecimiento de insumos en la red hospitalaria y la facilitación de alimentos en los hogares más vulnerables del país.

El Sinager recuerda a la población que se mantiene vigente la prohibición para la realización de eventos que impliquen la concentración de más de 50 personas, medida que aplica para los centros de trabajo públicos y privados autorizados, quienes deben operar cumpliendo con mecanismos de protección para sus empleados y clientes.  

En ese sentido, se recuerda a las instituciones públicas y privadas que están obligadas a facilitar a sus empleados mascarillas, gel antibacterial, toma de temperatura, espacios para el lavado de manos con agua y jabón y otras medidas sanitizantes que impidan el contagio del Covid-19.

A la población en general se le recuerda que deben utilizar mascarillas y gel antibacterial cuando realicen acciones comerciales, ya que los supermercados, farmacias, gasolineras y bancos no deben permitir el ingreso de ciudadanos que no cumplan con las medidas de bioseguridad. 

El no cumplimiento o retraso en el acatamiento de lo antes dispuesto en materia de riesgos, implica responsabilidad administrativa, civil y penal para los infractores ya sean personas jurídicas o naturales.

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