spot_img

SAPP confirma multa a EEH por incumplimiento, ésta alega que no puede ser multada

Por:

Compartir esta noticia:

Tegucigalpa – El titular de la Superintendencia de la Alianza Público- Privada (SAPP), Leo Castellón, confirmó la multa a la Empresa de Energía Honduras (EEH), de 46.8 millones de dólares, pero la empresa multada rechazó la misma, indicando que un tribunal anuló la sanción.

Castellón, que habló este miércoles con la prensa, argumentó la sanción debido al incumplimiento en reducir las pérdidas técnicas y no técnicas en el segundo y tercer año de operación de EEH.

“Por incumplimiento de recuperación de pérdidas del año dos y tres de operación del inversionista, en este caso EEH, se ha procedido a revisar el contrato y emitir esta sanción que va en función de los kilovatios no recuperados”, declaró el superintendente de la SAPP.

Afirmó que es un acto administrativo basado en lo establecido en el contrato y en el informe del supervisor Manitoba Hydro International.

Asimismo, se refirió al fallo de la Corte de Apelaciones de lo Civil de Francisco Morazán, que resolvió que EEH no puede ser multada o sancionada por incumplimiento del contrato.

El funcionario señaló que el fallo de la Corte de Apelaciones de lo Civil  anula la decisión del Comité Técnico del Fideicomiso.

Aclaró que la sanción impuesta por la SAPP no se basa en el acta del Comité Técnico del Fideicomiso, sino en el contrato de concesión.

Prosiguió que la penalización se basa en una deducción del honorario fijo que el gobierno paga a EEH mensualmente.

Castellón detalló que la deducción mensual es de tres millones de dólares y será aplicado en un plazo de 12 meses.

Respuesta

Respecto a lo anterior, el gerente de la EEH, Ricardo Roa Barragán,  declaró recientemente en una comparecencia de prensa que el dictamen sobre el que se valida el incumplimiento “adolece” el cumplimiento estricto de lo acordado en el contrato.

“No se está acatando ni la forma, ni el fondo, ni los procedimientos y ni las fórmulas que están establecidas en el contrato para poder dictaminar un incumplimiento”, externó.

La EEH denunció abusos por parte del Comité Técnico de Fideicomisos que tomaron decisiones, prescindiendo de las reglas procedimentales aplicables.   

“Ordenando la suspensión de los efectos de los acuerdos tomados en la sesión de Comité Técnico del Fideicomiso No. 122”, cita EEH la resolución del 21 de abril.

Puntualizó que la resolución obliga a las autoridades a respetar el proceso del contrato de EEH y que los informes y decisiones que sobre los mismos que validó el Comité Técnico del Fideicomiso, no podrán ser tomados como base por autoridades de supervisión y control del contrato.

Igualmente, que el informe del cumplimiento de reducción de pérdidas prescindió de la valoración de dictámenes objetivos, imparciales y basados en datos confiables, reclamó EEH. (ag)

spot_img
spot_img

Lo + Nuevo

spot_img
spot_img
spot_img
spot_imgspot_img