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Sala Constitucional pide escuchar audio y video, desestimados en caso Arca Abierta

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Tegucigalpa – La Sala de lo Constitucional por unanimidad de votos falló favorable el amparo de méritos presentado por la Unidad Fiscal Especial Contra la Impunidad y la Corrupción (UFECIC), concerniente a un audio y video que no fueron admitidos como prueba en la audiencia inicial de parte del magistrado Reynaldo Hernández en el sonado caso Arca Abierta.

Así lo informó el oficial de comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Melvin Duarte, quien explicó que ambas pruebas no fueron admitidas por el juez natural designado por considerar que en su momento que eran de carácter ilícitas.

Fue así que la Fiscalía, como encargada de la acción penal pública, acudió a la Sala de lo Constitucional que resolvió favorable la resolución del 25 de enero de 2019 en la cual se presentó la reposición de esa decisión.

La decisión judicial manda que sean enviados los antecedentes al tribunal respectivo.

Duarte explicó que la prueba debe ser escuchada y vista por parte del juez que conoce el expediente judicial de Arca Abierta, lo que podría concurrir en nuevas valoraciones para un eventual fallo.

“Una nueva prueba puede traer nuevas valoraciones sobre los hechos presentados y los que se han evacuado en el transcurso de la audiencia inicial”, puntualizó.

El 1 de febrero de 2019, el juez natural que conoce la causa Arca Abierta determinó dictar auto de formal procesamiento para cuatro actuales diputados y cinco personas más, igualmente sobreseer a 11 procesados más.

Los imputados

El parlamentario Óscar Álvarez fue el único que fue librado de responsabilidades tras la celebración de la audiencia.

El auto de formal procesamiento incluyó a Gustavo Alberto Pérez Cruz, Milton Puerto Oseguera, Welsy Milena Vásquez, Gladys Aurora López, Fabricio Puerto Oseguera y José Alejandro Flores, todos por el delito de malversación de caudales públicos.

Asimismo, auto de formal procesamiento para Yovani Castellanos Deras, Gregorio Alberto González y Allan Aroni San Martín por el delito de fraude en perjuicio del Estado de Honduras.

Entre tanto, la medida de sobreseimiento provisional para Audelia Rodríguez, Hernán Enrique Vindel, Juan Carlos Valenzuela Molina, Iveth Salomé Navas Suazo, Carlos Humberto Bonilla y Óscar Álvarez, que fueron acusados por malversación de caudales públicos en perjuicio de la administración pública, sin el perjuicio de cualquier nueva actividad probatoria dentro del plazo fijado por la ley.

Y finalmente se decretó sobreseimiento definitivo a favor de Ana Lucía Castro, Arnold Gustavo Castro, Estela Lizeth Muñoz Hernández, Yajaira Lisbeth Talbot Villatoro e Indira Osorio Reyes, señalados inicialmente por malversación de caudales públicos.

Para el exdiputado Edwin Pavón se ratificó el sobreseimiento definitivo en vista que falleció en diciembre pasado.

El juzgado consideró que las medidas cautelares dictadas en la audiencia de declaración de imputados siguen vigentes para los que se les decretó formal procesamiento.

Las medidas cautelares incluyen: no salir del país y presentarse los viernes a los juzgados para firmar el libro de control.

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