Tegucigalpa. – Las recientes reformas a la Ley del Tribunal Superior de Cuentas es la cumbre de una serie de reformas aprobadas en el Congreso hondureño que colocan una especie de blindaje a la corrupción, en un país donde diariamente ese fenómeno drena al menos 137 millones de lempiras de las arcas públicas, según estimaciones de organizaciones sociales.
La cámara legislativa aprobó reformas al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) que limitan la acción investigativa del Ministerio Público y cierran así el paso a la labor que este organismo, por medio de la UFECIC y otras Fiscalías, viene realizando en el combate a la lucha contra la corrupción. Las reformas al (TSC) lejos de fomentar la transparencia favorecen la opacidad y tanto el Ministerio Público como la MACCIH han expresado su preocupación por las mismas.
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— Proceso Digital (@ProcesoDigital) December 10, 2019
Preocupación que paradójicamente es compartida por uno de los magistrados del Tribunal Superior de Cuentas al postear en su cuenta en la red social de Twitter que no se podía limitar al Ministerio Público su capacidad para investigar.
El magistrado Roy Pineda Castro, posteó que “consideramos que es importante realizar reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas para modernizar el Estado de Honduras, pero es innecesario reformar el artículo 77 porque limita el accionar de las instituciones para combatir la corrupción”.
Pineda Castro se refiere al artículo 77 que aborda lo concerniente al “acceso a los registros”, el cual señala que: “solamente el Estado por medio de los órganos jurisdiccionales puede tener acceso a los registros del Tribunal Superior de Cuentas, observando los procedimientos legales”. Esto, según el magistrado del Tribunal de Cuentas limita la función constitucional del Ministerio Público.
El magistrado Roy Pineda Castro si bien reconoce que son necesarias las reformas, admite que a los legisladores se les fue la mano al trastocar con ello las funciones del Ministerio Público y la MACCIH.
Una lucha desde 2017
Desde el 2017, cuando el equipo integrado del Ministerio Público – Ufecic y la MACCIH, anunciaron el primer caso de corrupción judicializado denominado “Red de Diputados” por el desvío de fondos públicos procedentes de subsidios legislativos y del Ejecutivo, los movimientos se movieron casi en paralelo y comenzaron a tejer una red de leyes y reformas orientadas a trabar el trabajo del MP y de sus comparsas en el combate de la corrupción.
Esa primera acción se conoció como “Pacto de Impunidad” o “Fe de Erratas” en el cual los legisladores reformaron disposiciones transitorias de la Ley de Presupuesto para quitar funciones de investigación al Ministerio Público y dárselas al Tribunal de Cuentas, al trascender que el caso Red de Diputados pasó de 5 a más de 80, entre legisladores, exlegisladores, funcionarios y exfuncionarios públicos.
Con esa normativa aprobada por el Congreso, una juez natural que conoció el caso Red de Diputados archivó la causa y con ello dejó en libertad a los imputados, algunos de los cuales han vuelto a activar en la política pregonando la rendición de cuentas.
En el caso del “Pacto de Impunidad” o reforma a Ley Orgánica del Presupuesto, el Ministerio Público puso un recurso de inconstitucionalidad y casi un año después la Sala de lo Constitucional le dio la razón al ente fiscal. El caso Red de Diputados podía ser reabierto en cualquier momento.
Los parlamentarios, tras el caso denominado como “Fe de erratas”, aprobaron una figura que permitía a las comisiones de estilo “revisar y arreglar” cualquier normativa antes de ser enviada a su publicación en el diario oficial La Gaceta. Esas modificaciones sirvieron de argumentos para procesos que tenían algunos congresistas, mientras otros se aprestan a ir a juicio oral y público.
Los primeros frenos a la Misión
El MP-Ufecic y la MACCIH en sus trabajos investigativos y a la fecha han judicializado unas 13 causas en los tribunales, todas ellas relacionados con fondos públicos y en las mismas se involucran a por lo menos 80 parlamentarios, exparlamentarios, funcionarios y exfuncionarios públicos, así como a personas naturales y jurídicas.
Para ir cerrando el círculo de protección, tras la declaración de inconstitucionalidad del “Pacto de Impunidad” con la reforma a la Ley Orgánica del Presupuesto, los legisladores sorprendieron con la aprobación de una ley que reeditaba el fondo departamental y contempla no solo el retorno de los subsidios, a discreción, también proyectos sociales ejecutados por personas naturales o jurídicas , todos de forma tal que el rastreo de los fondos públicos y sus presuntos desvíos se vuelven cada vez más complejos de investigar.
En casos como Pandora y Arca Abierta, donde se encuentran presuntamente implicados varios parlamentarios que gozan de medidas cautelares distintas a la prisión, deben ir a firmar a un tribunal una vez a la semana.
Al par de ello, tres leyes que les protegen: el nuevo Código Penal que entrará en vigor en mayo de 2020; el fuero parlamentario que implica el retorno a la figura de la impunidad, la ley del fondo departamental y las reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas, última que viene a ser el sello del pomo para minar la lucha contra la corrupción.
Un círculo de leyes protectoras
El Ministerio Público ha interpuesto dos recursos de inconstitucionalidad, uno contra la ley del nuevo Fondo Departamental por considerar que limita funciones al Ejecutivo, quita la potestad de investigar al Ministerio Público y es una especie de “arca abierta” que deja a la discrecionalidad el uso y manejo de fondos públicos en funciones que no corresponden al Legislativo.
En tanto, el otro recurso de inconstitucionalidad fue contra el fuero parlamentario por considerar que se violan preceptos constitucionales y es una vuelta a la inmunidad parlamentaria que bajo la figura del antejuicio retrasa el encuentro de los imputados con la justicia.
Ambos recursos se encuentran a la espera de una resolución de la Sala Constitucional.
Pero una señal que la reforma al Tribunal de Cuentas puede empezar a ser aplicada de inmediato, fue la resolución de la Sala Constitucional de otorgar un recurso de amparo a favor de los ex consejeros del extinto Consejo de la Judicatura , acusados de presunta corrupción.
Según la resolución, el Ministerio Público no habría agotado todas las instancias y deberá ser el Tribunal Superior de Cuentas el que determine, en función de las reformas aprobadas en el Parlamento, si estos exfuncionarios cometieron o no delito. Este es el primer efecto de esa ley que se hace sentir sobre un hecho de presunta corrupción que de entrada limita la función investigativa del Ministerio Público.
En tanto, la MACCIH ha indicado que los beneficiados directos de las nuevas disposiciones legales parlamentarias benefician a actuales y excongresistas, así como funcionarios y ex funcionarios involucrados en casos presentados por el MP con el apoyo de la Misión ante los tribunales.