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Ratificadas reformas electorales

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Tegucigalpa – El pleno de diputados del Congreso hondureño ratificó, la noche de este martes, las reformas electorales constitucionales aprobadas la semana anterior en ese poder del Estado.

La ratificación fue apoyada por  112 votos de los diputados de las diferentes bancadas del Congreso.

Consecuentemente se ratificó esta noche constitucionalmente el decreto 200-2018 de fecha 24 de enero de 2019, que fue el día que cerró la legislatura anterior.

El decreto que contiene las reformas electorales fue publicado la noche del lunes en el diario oficial La Gaceta.

Cabe señalar que el pasado jueves la Cámara Legislativa aprobó las reformas constitucionales mediante cuales se disuelve el actual Tribunal Suprema Electoral (TSE), y se transforma la estructura organizativa del Registro Nacional de las Personas (RNP), para dar vida a nuevas instituciones.

Mediante el decreto que contiene dos artículos, se reforman varios artículos de la Constitución de la República, donde se crea el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) y se cambia la estructura organizacional del organismo encargado de la identificación nacional.

Justamente, este paquete de reformas estará disponible a la población a partir de este martes, reiteró Cáceres.

Las reformas aprobadas:

• El Registro Nacional de las Personas (RNP) será el encargado de la depuración de los ciudadanos que hayan obtenido dicho documento de identificación, así como de las defunciones ocurridas e inscritas en sus registros, para la elaboración del Censo Nacional Electoral.

• El RNP será administrado por una Comisión Permanente, que estará integrada por tres Comisionados propietarios y dos suplentes, y ejercerán sus cargos por un periodo de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

• Se crea el Consejo Nacional Electoral y el Tribunal de Justicia Electoral, sustituyendo al Tribunal Supremo Electoral (TSE)

• Los actos y procedimientos administrativos, técnicos y de logística corresponderán al Consejo Nacional Electoral.

• Los actos y procedimientos jurisdiccionales en materia electoral corresponderán de manera exclusiva al Tribunal de Justicia Electoral con jurisdicción y competencia fijada por la Ley.

• El Consejo Nacional Electoral está integrado por tres (3) consejeros propietarios y un (1) consejero suplente, electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelegidos.

• El Tribunal Justicia Electoral está integrado por tres (3) magistrados propietarios y dos (2) suplentes, serán electos por un período de cinco (5) años, pudiendo ser reelectos.

 

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