Tegucigalpa – Este jueves se publicó en el diario oficial La Gaceta el decreto que otorga independencia a la Unidad Fiscal Especializada contra las Redes de Corrupción (UFERCO) para ejercer la acción penal público.
Así lo informó el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, en su cuenta de Twitter en torno a la publicación de La Gaceta con fecha de 15 de junio número 35,950.
El titular del Poder Legislativo afirmó que continuará con más acciones para acabar con los corruptos y corruptores.
“Publicado en el diario Oficial la Gaceta la el Decreto de Ley para Fortalecer Institucionalmente la Lucha y combate contra la Corrupción | @UFERCO1 Continuaremos con más acciones para acabar con tantos corruptos y corruptores que tanto daño le hacen al país y la humanidad”, posteó Redondo.
La publicación en La Gaceta consta de siete artículos destacando el primer artículo que establece que la UFERCO podrá ejercer la acción púbica penal en los casos de corrupción pública de alto impacto y redes de corrupción sin que deba someter su decisión a la aprobación previa del Fiscal General ni de ninguna otra autoridad.
En el mismo artículo establece que el jefe de la UFERCO debe informar al director general de fiscales sobre las investigaciones que inicie de oficio o instancia de denunciantes y de los requerimientos fiscales que presente a los órganos jurisdiccionales.
También la UFERCO podrá pedir información, documentación y evidencia que requiera o necesita de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Comisión Nacional de Banca y Seguros (CNBS) y del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
Advirtió que cualquiera que se niegue a entregar información requerida será castigado con una multa de 200 salarios mínimos e incurrirá en responsabilidad penal.
El artículo 2 indica que los fiscales adscritos a la UFERCO podrán informar a la población y los medios de comunicación sobre los requerimientos fiscales que presenten, salvo aquella información que por su naturaleza debe ser reservada para la etapa del juicio oral.
El personal no podrá ser trasladado de sus cargos mientras dure la vigencia del decreto y no serán sancionados de manera disciplinaria por las investigaciones que realicen ni por el ejercicio de la acción penal pública, a excepción de conductas que riñen con la ética y el eficiente desempeño.
No obstante, el coordinador de la UFERCO podrá solicitar la restitución, remoción o traslado cuando lo considere conveniente o pertinente derivado del incumplimiento de las responsabilidades de los fiscales.
El artículo 5 ordena que se aumentará un 10 % los recursos financieros que mensualmente se ejecutan en el cumplimiento de las funciones de la UFERCO, que será utilizado en capacitaciones, compra de equipo o cualquier necesidad para su desempeño. AG