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Actividades políticas son permitidas en todo tiempo, aclara comisionado Franco

Tegucigalpa – Ante los últimos cuestionamientos hechos por diferentes sectores a las actividades políticas que realizan en las últimas horas algunos dirigentes políticos, el comisionado de la Unidad de Política Limpia, Javier Franco, explicó que las mismas son permitidas de acuerdo a lo que tipifica el artículo 139 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas que ahora observa el nuevo Consejo Nacional Electoral (CNE).

“Según el artículo 139 de la Ley Electoral, en el que se permite a los partidos políticos realizar este tipo de actividades en cualquier tiempo, como ahora que no es tiempo de campaña electoral, pero son actividades de partidos políticos para organización o capacitación, también para información política pública mediante reuniones de este tipo o sea que si son legales desde el punto de vista de la ley electoral”, explicó.

De acuerdo al comisionado Franco, las actividades de campaña son aquellas que 90 días antes del día de la elección son las que la Unidad obviamente comienza por su competencia y según el artículo 10 de su Ley a supervisar el cumplimiento por parte de cualquier candidato o partido político relativos al financiamiento público y privado y la transparencia de los mismos con actividades pero que ya son de campaña.

“Todos los partidos políticos están en su derecho de hacer estas actividades porque no son actividades que van enmarcadas en un año que se le puede considerar de campaña electoral, estas actividades no son campaña político electoral, sino campañas de organización, de capacitación y de información política como ya lo contempla el artículo 139 de la ley electoral”, finalizó Franco.

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