El abogado explicó que “eso es lo que manda la Ley porque el indulto perdona la pena, no extingue el delito que es distinto a la amnistía y cuando le digo que perdona la pena; yo no le puedo perdonar la pena si no lo han sentenciado o no lo han condenado a una pena respectiva”.
Es por ello, agregó, “que el presidente de la República podrá indultar, o sea perdonar la pena que le impusieron a la persona responsable del delito, por tanto para que le puedan aplicar indulto al señor ex presidente primero se tiene que someter al juicio y ser condenado”.
Leitzelar explicó que el estado de Honduras tienen dos tipos de perdones: La amnistía y el indulto.
La amnistía, dijo, “implica olvido, no implica perdón, o sea que el delito deja de existir, se extingue el delito, y por lo tanto no hay tramite ni procedimiento alguno contra la personas que cometieron ese hecho. La amnistía la otorga el Congreso Nacional”.
“La otra gracia es el indulto. El indulto es la facultad o atribución que le da la Constitución de la República al Presidente de la República para poder indultar o sea perdonar las sentencias o sea las condenas a una persona que le han calificado el delito y le han dictado una sentencia condenatoria”, agregó.
Señaló que “el indulto es personal, va hacía la persona que cometió el delito y que se le condena a una pena. El Presidente de la República, una vez condenada la persona en los Tribunales, el Presidente de la República a través de la normativa que señala la Ley de Indultos y Conmutas, a través de esa Ley y los procedimientos de esa Ley y los requisitos de esa Ley, el Presidente de la República puede indultar la pena, o sea perdonar la pena que impuso el sistema judicial”.
Sobre el tema, el presidente de la Asociación de Jueces y Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Teodoro Bonilla, explicó que el Código Penal vigente señala que el indulto será aplicado a delitos comunes y no a los políticos y comunes conexos, y que de aplicar esta figura al ex presidente Zelaya se estaría violentando la Constitución hondureña y el estado de Derecho.
Otros juristas consultados sobre el tema advirtieron que la aplicación del indulto a Zelaya también conllevaría la violación de leyes y tratados internacionales que mandan que estas figuras no se aplicarán a casos en los que median la corrupción.
El constitucionalista Oswaldo Ramos Soto fue enfático al establecer que «sería totalmente descabellado, una situación aberrante en el derecho».
Cuando se le consultó sobre el tema a la ministra de la Presidencia, María Antonieta de Bográn, respondió: “No compete a mi función poder opinar sobre ese tema, yo creo que allí lo que corresponde es lo que esté dentro del marco legal que en Honduras priva”.
“Yo no voy a dar juicios, a externar juicios u opiniones particulares sobre este tema en este momento, puesto que esto tiene que verse a la luz del marco y las regulaciones de Ley que en el país imperan”, agregó.
Aseguró no tener “ninguna información” sobre si se está o no negociando un indulto para el ex presidente Zelaya.
También dijo desconocer si el presidente Lobo viajará en diciembre a la República Dominicana a traer a Zelaya, como se informó en un periódico del país caribeño.
Círculos políticos hondureños hicieron trascender esta semana que el gobierno del presidente, Porfirio Lobo, sigue negociando el retorno de Zelaya a Honduras, quien exige que se retiren todas las causas judiciales incoadas por la supuesta comisión de actos de corrupción en su administración.
En la República Dominicana, un diario de ese país informó de un posible encuentro de Lobo con sus colegas Leonel Fernández y Lula Da Silva para definir las condiciones del regreso del ex gobernante.
El presidente de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, el guatemalteco Eduardo Stein, le puso el punto de sal a la sopa al revelar que una entrevista con Zelaya podría darse en Honduras, pues hay “elementos nuevos en la agenda que sugerirían la posibilidad de que en unas pocas semanas él podría estar de vuelta en Honduras”.
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