La reciente epidemia de diputados en Honduras fugándose de los partidos por los cuales resultaron electos comienza a resultar un fenómeno de consideración, estudio y medidas correctivas antes que su trasmisión termine destruyendo al sistema partidario nacional como está ocurriendo en otros contextos como en España donde a pesar de suscribir los partidos un Pacto Antitransfuguismo en 1998, el fenómeno sigue vigente veinticinco años después.
La Ley Electoral de Honduras de 2021, contiene 92 alusiones con el término independiente referidas a candidaturas y la condición de elegido. No dice absolutamente nada sobre la condición de un diputado que decide por su libre albedrío traicionar al partido que lo cobijó y al electorado que lo votó. Sin embargo, prevé como prohibición en su artículo 115, numeral 3:
“3) Depender o estar subordinado a otros Partidos Políticos, personas naturales o jurídicas extranjeras, organismos o entidades internacionales y ministros de cultos de cualquier religión o secta. Se exceptúa, la dependencia entre partidos políticos que hagan alianzas conforme a la Ley.” Aplicado a las organizaciones como un todo, no a los individuos y referido al periodo eleccionario.
Los diputados tránsfuga se han inventado una denominación laboral que no existe en la Clasificación Internacional de Ocupaciones de la OIT, ni en el Clasificador Nacional de Ocupaciones Honduras 2018.
Los cuatro partidos más importantes en el escenario político hondureño: Partido Liberal de Honduras (PLH), Partido Nacional de Honduras (PNH), Partido Libertad y Refundación (LIBRE) y Partido Salvador de Honduras (PSH) establecen en sus estatutos los comportamientos que se consideran prohibidos a sus miembros militantes o en puestos públicos y las correspondientes sanciones. Ningún partido contempla como pena, la pérdida de la posición adquirida bajo la sombrilla del partido. Esta simple laxitud punitiva, permite lo que se está observando como un comportamiento desordenado y oportunista en política, para decir lo menos.
Es notorio que los partidos menos afectados por la sangría de ‘independientes’ son LIBRE con cero fugas y el PNH con solo una; los más afectados, PSH con cinco fugados (la mitad de su bancada) y el PLH con quince (más de dos tercios de su bancada), actuando a espaldas de sus votantes o desobedeciendo instrucciones del Consejo Central Ejecutivo.
De continuar este modus operandi de políticos en puestos públicos electos o nombrados, la amenaza al sistema político se incrementará y nadie podrá considerarse exento de esta plaga. El irrespeto manifiesto a los estatutos y regulaciones partidarias evidencia que la solución para corregir el entuerto no se encuentra al interior de los partidos.
Una opción es que el Artículo 115 numeral 3 de la Ley Electoral se extienda a la condición de electos o en posesión de sus cargos y la disposición explicita de que las posiciones pertenecen al partido, no a los individuos, salvo que hayan sido obtenidas corriendo como candidato independiente.