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Hoy expira decreto de depuración policial

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Tegucigalpa- Este domingo expira el decreto aprobado el 24 de mayo pasado y cuya vigencia era de 180 días prorrogables; sin embargo, la efervescencia política que se vive en Honduras, al parecer distrajo al Ejecutivo y Legislativo. Por ello, quizá, no se convocó a una sesión de emergencia del Congreso Nacional para discutir la ampliación del plazo de la ley temporal. Tampoco hubo campanas de alarma de la sociedad civil involucrada y de los entes implicados directamente con el tema.
 

– El presidente Lobo anuncia que la próxima semana enviará al Congreso Nacional la solicitud de ampliación.

– La depuración policial se derivó del clamor popular luego que dos jóvenes universitarios fueran asesinados a sangre fría por miembros de la Policía.

– A criterio de las autoridades, la principal herramienta para la destitución de oficiales y miembros de la escala básica, son las pruebas de confianza.

– Los oficiales puestos a disposición opinan que la ley de depuración policial, la aprobó el Congreso Nacional con tintes políticos, careciendo de preceptos jurídicos.

Mientras los logros aun no alcanzan en punto ideal en materia de seguridad, la incertidumbre envuelve el tema que parece no estar en la agenda de los diputados ensimismados en conteo de votos, verificación de actas, monitoreo de sistemas electorales, liados en un proceso primario e interno colmado de sospechas y alejado de la trasparencia.

No obstante, a criterio del presidente Porfirio Lobo, se debe de ampliar la vigencia de Ley de Depuración de la Policía Nacional, aprobada el pasado 24 de mayo que da luz verde para aplicar pruebas de confianza a los a oficiales y agentes de la escala básica de la Policía Nacional, por un plazo de 180 días que vencen este domingo.

Hasta la próxima semana enviarán solicitud

Pese a que los indicadores de violencia en Honduras no muestran una ostensible mejoría, según el Observatorio de la Violencia de la UNAH, el mandatario confirmó que será hasta la semana entrante cuando el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad, envíe al Congreso Nacional un nuevo decreto que, según adelantó, incluirá la opinión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) a fin que ese instrumento jurídico no sufra complicaciones por inconstitucionalidades. La afirmación deja un mar de dudas sobre lo actuada hasta el momento en base a la norma establecida.

Lobo calificó el decreto como una importante herramienta de evaluación policial que ya está dando sus frutos, por lo que vale la pena seguir adelante con su implementación.

El Congreso Nacional aprobó el decreto 89-2012, vigente desde su publicación en el diario La Gaceta el 28 de mayo de 2012, mediante el cual se le concedieron amplios poderes por un período de seis meses al director general de la Policía Nacional, Juan Carlos “El Tigre” Bonilla, para adecentar la institución.

Mediante el decreto, se facultó al director de la Policía Nacional a evaluar el desempeño de cualquier miembro de la institución en sus funciones asignadas y cuando se evidencia que no cumple con sus deberes lo que es causal de despido inmediato.

Depuración es un clamor generalizado de la población

El decreto, que suprimió temporalmente varios artículos de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, se aprobó luego del clamor generalizado que se manifestó con vigor luego de la muerte de los jóvenes estudiantes universitarios Rafael Alejandro Vargas Castellanos y Carlos Pineda, a manos de policías en la capital en octubre de 2011.

Luego de descubrirse que eran policías, los autores del doble crimen, se confirmó lo que ya era un secreto a voces: la existencia de carteles de la mafia en los distritos policiales, con miembros dedicados al sicariato, narcotráfico, secuestro, extorsiones, hurto de armas y robo de vehículos, entre otros delitos.

Así quedo evidenciado como el crimen organizado y el narcotráfico, hacen una simbiosis perfecta en un ala de la institución policial, convirtiendo a Honduras en terreno fértil para la violencia y la delincuencia.

En Honduras constantemente se descubren pistas de aterrizaje, avionetas incineradas, puntos ciegos en todo el territorio nacional y en muchas acciones la colusión ha sido evidente.

La atmosfera de la necesidad de depurarla Policía se vio colmada cuando el 8 de diciembre de 2011, el experto en temas de narcotráfico y ex asesor de la secretaría de Seguridad, José Alfredo Landaverde, fue asesinado después de denunciar públicamente que los altos mandos de la Policía están vinculados con la narcoactividad. Aunque ya hay avances en la investigación aún queda mucho terreno para esclarecer el crimen.

A criterio de las autoridades, la principal herramienta para la destitución de oficiales y miembros de la escala básica, son las pruebas de confianza que practica la recién creada Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial (DIECP). Entre las pruebas comprendidas en el esquema se aplican exámenes toxicológicos, socioeconómicos y psicométricos.

Resultados son lentos, pero esperanzadores

Como parte del proceso de depuración de la Policía Nacional, unos 99 oficiales de la institución

han quedado sin mando luego de someterse a las pruebas de confianza, informó el 25 de octubre pasado, el director de la institución policial, Juan Carlos “El Tigre” Bonilla.

Hasta octubre pasado, mediante el proceso de depuración policial, se había logrado la separación definitiva de 33 miembros de la institución que resultaron aplazados en una de las pruebas de confianza.

Las autoridades revelaron que hasta el mes pasado, se habían aplicado 400 pruebas de polígrafo, en el marco de las pruebas de confianza, que no tienen carácter obligatorio. De esa cantidad, 124 miembros de la institución resultaron aplazados.

De los 400 evaluados, 145 son pruebas que se practicaron a solicitud de la DIECP y el resto por diferentes dependencias de la Policía Nacional.

A los 33 miembros de la Policía separados de forma directa, se suma otro listado de 99 efectivos más que fueron puestos a disposición por la secretaría de Seguridad, con lo que se allanó el camino para una separación definitiva, sin embargo, esa medida se tomó basándose en la ley orgánica de la institución y no en el decreto de depuración.

La Ley Orgánica de la Policía Nacional, establece en uno de sus artículos que los policías que no tengan funciones específicas serán puestos a disponibilidad y si en un año no tienen asignaciones se les despedirá con el pago de sus cesantías y demás beneficios sociales.

Impugnaciones están pendientes de resolver

Sin embargo, tanto los despedidos como los puestos a disposición, han protestado por las medidas ya que consideran que las mismas se toman al margen de la ley.

En ese sentido, el 29 de octubre pasado, en la Sala Constitucional, se interpuso un recurso de inconstitucionalidad en contra el decreto 89-2012 que da pie a la profilaxis en la Policía Nacional.

La impugnación la presentó la abogada Gladys Montoya, en representación de 155 oficiales y agentes de la Policía quienes fueron puestos en situación de disponibilidad al no aprobar pruebas de confianza.

En el escrito se exponen argumentos que a su juicio comprueban la ilegalidad del decreto, básicamente referidos a la vulneración al derecho constitucional de la defensa.

“En la defensa del debido proceso, el derecho a la defensa, porque aquí los están dejando indefensos, se les está violentando la moral, se les está violentando todas las garantías que están en la Constitución; el 59, el 69, el 80, el 82, el 89, todas las garantías; el debido proceso se violenta totalmente suspendiendo la Ley de Policía y dejando un decreto violatorio a todas luces de nuestra Constitución”, arguyó la togada.

A criterio de Montoya, la ley de depuración policial, la aprobó el Congreso Nacional con tintes políticos, careciendo de preceptos jurídicos. Con esa acción suman tres los recursos de inconstitucionalidad interpuestos, los otros dos ya fueron admitidos y están para dictar sentencia.

Opina el Ministro de Seguridad

Sobre el tema, el ministro de Seguridad, Pompeyo Bonilla, reaccionó que los oficiales y agentes declarados a disponibilidad y que están inconformes pueden acudir a los tribunales competentes aunque señaló que luego de hablar con un comisionado de la institución, identificó que están mal interpretando la ley.

Resaltó que la transformación y depuración de la Policía es un mandato de la ciudadanía que tomó el Congreso Nacional después del asesinato de dos jóvenes universitarios y afirmó que los oficiales y agentes de la escala básica que han sido puestos a disposición, deberán esperar un año para ser retirados de la institución y pasar a gozar de una jubilación.

¿Abuso de autoridad?

A inicios de este mes, el comisionado de Policía, Aldo Oliva, uno de los que han sido puestos a disposición, denunció ante el Ministerio Público al ministro de Seguridad y a “El Tigre” Bonilla por el delito de abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de los funcionarios.

Oliva se presentó ante la fiscalía especial de Lucha Contra la Corrupción acompañado de sus apoderados legales e informó que la denuncia se debe al abuso que habrían cometido los funcionarios al retirar personal policial al que no se le aplicó pruebas de confianza.

Añadió que se violentó la jerarquía y los rangos al nombrar a »un subcomisionado (Bonilla), como jefe». Los delitos de incumplimiento de deberes lo habrían cometido según Oliva, al no aplicar estrictamente al pie de la letra lo establecido en el decreto de depuración.

Afirmó que »se están poniendo en condición de disponibilidad a personas a quienes no se les han aplicado las pruebas de confianza, lo cual se sale del decreto de depuración»

El oficial aseveró que la denuncia será interpuesta además en la Corte Internacional de Justicia con copia a la Corte Suprema de Justicia de Honduras.

Manzanas

En ese sentido, el portavoz de la secretaría de Seguridad, Héctor Iván Mejía, considera que la depuración policial no se basa en ningún decreto, sino que ahora se aplica la Ley Orgánica de la Policía Nacional para separar a las “manzanas podridas” de la entidad, lo que antes no se hacía.

“Más que un decreto, nosotros siempre hemos tenido las herramientas para la depuración, lo que sucedía es que no se aplicaba la ley y en este caso se ha aplicado el decreto, pero también otras disposiciones”, argumentó.

Mejía también advirtió que quien no cumpla su deber, como debe ser, se separará de la institución y si constituye delito se enviará al Ministerio Público.

Profilaxis es absolutamente necesaria

Pese a la inconformidad de los afectados con la depuración del cuerpo policial, analistas locales sostienen que la profilaxis en esa institución es absolutamente necesaria por lo que debe actuarse de inmediato para ampliar el decreto que dio vida a esa medida.

Para el representante nacional ante la Comisión de Reforma de la Seguridad Pública, Matías Funes, la depuración de la Policía Nacional avanza «lenta» por lo que sugirió al Ejecutivo solicitar al Congreso Nacional una «prórroga» de la ley especial.

Funes advirtió que si se quiere una depuración eficaz de la Policía Nacional, es necesario prorrogar la ley, ya que es un «proceso incipiente y que ha marchado con lentitud».

El presidente Lobo ha dicho en varias ocasiones que es necesario ampliar la Ley de Depuración de la Policía; sin embargo, ha expirado su vigencia y el Ejecutivo no ha hecho la petición de ampliación a la Cámara Legislativa.

“De no prorrogarse la ley especial, se avizora un estancamiento en el proceso de depuración y una gran insatisfacción en la ciudadanía”, que a diario clama porque haya justicia y se le ponga fin a la inseguridad en Honduras, considerado uno de los países más violentos del mundo, advirtió Funes.

Insistió en que la depuración de la Policía avanza «lentamente», lo que según Funes, está justificado por la falta de recursos tecnológicos, conocimientos y porque el país «no está debidamente preparado para encarar este proceso».

No obstante, el fin de semana en el marco de la entrega del Bono 10 Mil Urbano en un barrio capitalino, Lobo manifestó que “claro que tiene que ampliarse ese decreto, lógicamente esto va al Congreso Nacional que es el que toma la decisión, pero es un proceso que se ha implementado, que se está llevando adelante y que es parte fundamental para depurar la Policía Nacional y hay que seguir con él”.

Para Funes, las pruebas de confianza practicadas por la DIECP, creada en noviembre de 2011, se han realizado en un «ambiente de controversia», ya que algunos oficiales señalan que «violan» sus derechos.

En agosto pasado, el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Ramón Custodio, insistió que la depuración de la Policía es vital y es el inicio para empezar a resolver el alto nivel de violencia y los altos índices de corrupción y de impunidad que hay en Honduras.

El ombudsman hondureño argumentó que la depuración policial es la respuesta inicial en un país donde hay territorios que son parte del narcotráfico y donde prácticamente había un Estado fallido focalizado.

“A mí me interesa que la depuración policial se haga basada en el contexto hondureño y no tomar como referencia si en otros países y en otras sociedades lo han hecho de forma diferente”, recomendó.

Características del decreto de depuración policial

Las pruebas de confianza ya las establecía la Ley Orgánica, pero con el decreto que expira hoy ordena que se descalifique al funcionario de Policía.

En los últimos años, la Policía Nacional ha sido salpicada por la implicación de agentes y oficiales en varios delitos, incluidos crímenes, narcotráfico y robo de vehículos, entre otros.

Durante unas tres décadas, la Policía hondureña estuvo adscrita a las Fuerzas Armadas, lo que siempre cuestionaron diversos sectores sociales, por los múltiples abusos que también cometían agentes y oficiales de esa agrupación, lo que ha continuado una vez separada de la institución castrense.

En ese sentido, en mayo pasado, el Congreso de la República declaró estado de emergencia en el sistema de seguridad por un período de 180 días, es decir seis meses, para dar lugar a acciones concretas para fortalecer y depurar a la Policía Nacional, período que ha expirado.

La decisión fue tomada por unanimidad en una sesión de urgencia, realizada a puertas cerradas, luego que el Poder Ejecutivo envió el decreto respectivo, en el que se imponen medidas como la suspensión de varios artículos de la Ley Orgánica de la Policía Nacional.

La aprobación de la reforma se hizo bajo un clima de completo misterio en horas de la noche y no se hizo entrega del proyecto de ley que fue presentado en la Cámara Legislativa por el ministro de Seguridad, Pompeyo Bonilla.

El decreto aprobado establece la suspensión de los capítulos V y VI de las disposiciones generales de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (decreto 67-2008), referidos a la terminación de la carrera policial y de las medidas disciplinarias y del régimen de despido, respectivamente.

Dicha suspensión permite a la DIECP, resolver los expedientes de denuncias por actos de corrupción de los miembros de la Policía.

En la DIECP se han acumulado cientos de denuncias de policías corruptos que no pueden ser separados definitivamente de la institución, debido al procedimiento engorroso que establece la misma Ley Orgánica de la Policía, en los capítulos que han sido suspendidos.

Ambos capítulos establecen normas aplicables a los miembros de la carrera policial que son sometidos a investigación por denuncias, ya sean oficiales o clases de las distintas direcciones policiales.

Según el artículo 109 del capítulo referente a la terminación de la carrera policial, un miembro de la entidad, deja de pertenecer a la misma por jubilación, incapacidad permanente, muerte, retiro voluntario, despido conforme a ley y sentencia condenatoria firme. Con el decreto aprobado, dicho artículo quedó suspendido.

También quedó en suspenso el artículo 110 que reza: “los oficiales de la Policía Nacional pasarán a condición de retiro según lo establecido en el decreto 167-2006 de la Ley del Instituto de Previsión Militar (IPM). La Dirección Nacional de Policía podría solicitar que se declare en disponibilidad a un miembro de la carrera, en caso de proceder, a pesar de no tener funciones él gozará de su sueldo. Si la situación se mantiene por más de un año, se podrá solicitar su retiro por cesantía”.

Otra normativa que permite la separación definitiva sin responsabilidad por parte del Estado, es el artículo 114, relativo a que “solo procederá el despido para los miembros de la Carrera Policial, cuando esté amparado en una de las causas establecidas en la presente ley. El despido tendrá vigencia a partir de la fecha de su notificación.

Quien se crea afectado por la aplicación de lo dispuesto en ese artículo, podrá acudir oportunamente ante los juzgados de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en procura de sus derechos. Éste no podrá reingresar a la carrera policial en ningún momento, salvo resolución o mandato del tribunal competente.

En consecuencia, aquellos policías que sean separados durante el estado de emergencia no podrán acudir al tribunal de lo Contencioso Administrativo a pedir su restitución.

En el mismo período de emergencia el miembro de la Policía Nacional sometido a proceso penal

o procedimiento disciplinario por falta grave, ya no será suspendido en el desempeño de sus funciones, sino que destituido definitivamente. Si el miembro de la Policía Nacional fuese encontrado in fraganti en la comisión de un delito, de inmediato será puesto a la orden del Ministerio Público.

Igualmente, fue suspendido el artículo 116 que daba lugar a que “cuando a un miembro de la carrera policial se le haya dictado auto de prisión y medidas cautelares por delito doloso se suspenderá de inmediato de su cargo, sin perjuicio de sus derechos.

Si la duración de la medida adoptada excediere los seis meses, dará lugar a la terminación de la carrera sin responsabilidad para el Estado, salvo que estas acciones sean derivadas del servicio o que haya indicios de legítima defensa, causa fortuita o fuerza mayor.

En este caso, no sería aplicable por el tiempo que dure la emergencia la salvedad establecida en dicha normativa.

En capítulo VI de las medidas disciplinarias, se establece que toda falta cometida por un miembro de la carrera policial será sancionada con una medida disciplinaria, las cuales está calificadas en faltas graves, menos graves y leves.

Las faltas están sujetas a acciones administrativas y a plazos de suspensión de 45 a 60 días para la persona sancionada y para que la institución evacue los procesos en contra los miembros de la carrera policial.

Además, de los plazos, se obliga a las autoridades a aportar las pruebas contra los policías, establecer las razones claras de su despido el cual podían recurrir en la instancia de lo contencioso administrativo. Con este procedimiento se dificulta el despedido, según las explicaciones de las autoridades de la secretaría de Seguridad.

El engorroso sistema de despido ahora quedó en suspenso y eso facilitará a las actuales autoridades ejecutar la limpieza de expedientes de los policías.

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