spot_img

Gobierno de Guatemala publica nuevas declaratorias de «Estado de sitio»

Compatir:

Guatemala.- El Gobierno de Guatemala publicó este miércoles en el diario oficial las nuevas declaratorias de «Estado de sitio», tanto una que pide una prórroga en más de una veintena de municipios del noreste del país como otra nueva para instaurar esta medida por la violencia en otras dos alcaldías.

Con el decreto gubernativo 2-2019, el presidente de Guatemala Jimmy Morales solicita una prórroga de 30 días más del Estado de Sitio en 22 municipios decretado a principios de septiembre para combatir una supuesta proliferación del narcotráfico después de que tres soldados murieran en una emboscada.

En este texto, el Gobierno argumenta que «persisten las circunstancias que motivaron la emisión» del primer decreto y que las acciones tomadas desde entonces han dado «resultados positivos» que merecen continuar más allá de este 3 de octubre, cuando vence la primera declaratoria.

Esta medida debe ser aprobada por el Congreso, que este mismo ha empezado a discutirla.

En el mismo Diario de Centro América, el Gobierno publicó este miércoles el decreto gubernativo 3-2019, en el que declara el Estado de sitio en los municipios de Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá, ambos situados en el departamento de Sololá y entre los que hay un conflicto por supuestamente los límites territoriales entre ambos.

El pasado 17 de septiembre, el director de Auxiliaturas de la Procuraduría de los Derechos Humanos, Miguel Colop, detalló a Efe que un día antes fueron alertados por ciudadanos del municipio de Santa Catarina Ixtahuacán (a 171 kilómetros de Ciudad de Guatemala) de la presencia de un grupo armado del municipio contiguo, en Nahualá.

Según la información que le fue proporcionada a Colop, este grupo armado llegó a intimidar al municipio vecino y provocó el enfrentamiento armado entre los dos lugares, que históricamente han sostenido una disputa territorial que se mantiene en la actualidad.

El historiador Diego Vásquez Monterroso comentó en sus redes sociales que el enfrentamiento «no es novedoso», debido a que los municipios se separaron en el siglo XIX, cuando uno de los habitantes de Santa Catarina Ixtahuacán que pastoreaba en las cercanías decidió «separarse de su lugar de origen y construir su iglesia».

Pero pobladores de Santa Catarina Ixtahuacán alegan que «el terreno quebrado de la bocacosta impide establecer mojones definitivos» y que algunos de estos «cruzan poblados de un lado a otro, complicándolo todo».

El artículo 16 de la Ley de Orden Público señala que el Ejecutivo puede decretar el estado de sitio por actividades «terroristas, sediciosas o de rebelión» que pretendan cambiar por medios violentos las instituciones públicas o cuando hechos graves «pongan en peligro el orden constitucional o la seguridad del Estado».

También cuando se registran o se tengan «indicios fundados» de que se van a producir «actos de sabotaje, incendio, secuestro o plagio, asesinato, ataques armados contra particulares y autoridades civiles o militares u otras formas de delincuencia terrorista y subversiva».

Durante el estado de sitio, todas las autoridades y entidades estatales están obligadas a prestar a la autoridad militar «el auxilio y cooperación que les sean requeridos, dentro de la esfera de su competencia».

Esta situación le permite a la autoridad militar, según el artículo 19 de la misma norma, «intervenir o disolver sin necesidad de prevención o apercibimiento» cualquier grupo, ordenar sin necesidad de mandamiento judicial o apremio la detención o confinamiento de cualquier persona, y repeler o reprimir por los medios «preventivos, defensivos u ofensivos que fueren adecuados» cualquier acción.

Además, restringe derechos del ciudadano como la libertad de acción, la libertad de locomoción y manifestación, el derecho a la reunión o la portación de armas, entre otros.

spot_img
spot_img

Más noticias

spot_img
spot_imgspot_img