Tegucigalpa (Especial Proceso Digital) – Un Equipo de Expertos (EdE) de las Naciones Unidas recomendó una serie de reformas y derogaciones a varias leyes, como lo relacionado a la amnistía política 2.0 que impulsó la administración de Xiomara Castro, lo relacionado a la CICIH en cuanto a que el gobierno seleccionaría a los integrantes de la misma y la vinculada a la inmunidad de los altos funcionarios y diputados, según un informe confidencial del equipo de trabajo al cual tuvo acceso Proceso Digital.
– Destacan los expertos que para instalar la misión anticorrupción no se requiere reforma constitucional, sólo modificar o derogar ciertas leyes.
– ONU pide derogar artículo que dio vida al Pacto de Impunidad 2.0 y al que le da poderes para seleccionar integrantes de la CICIH.
En el mismo también se remarca que las modificaciones legales no requieren reforma constitucional, conocedores de las dificultades para lograrlas, por ello insisten en que se deben hacer en base a las actuales leyes existentes.
Los expertos enviados por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para estudiar el marco jurídico en que actuaría un mecanismo anticorrupción, bajo el Memorándum de Entendimiento suscrito por el organismo mundial y el gobierno hondureño y prorrogado cuatro veces, señalan que existen una serie de obstáculos que deben ser reformados.
Mecanismo querellante
El informe confidencial destaca que se debe impulsar una reforma legal que “permita la incorporación del mecanismo internacional (anticorrupción) al ordenamiento jurídico nacional”.
El informe detalla que primero se deberá derogar el , ya que establece la creación de una Comisión Internacional contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (CICIH), “bajo la asesoría” de las Naciones Unidas.
“Se deberá derogar el artículo 8 del Decreto 04-2022, para evitar que el mismo colisione con las características de independencia, autonomía e imparcialidad inherentes al mecanismo”, destaca el informe del EdE de la ONU.
El referido artículo señala que la entidad (CICIH), debe estar dirigida por profesionales de reconocida honorabilidad “seleccionados por el Estado de Honduras, de una propuesta de las Naciones Unidas”.
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CICIH con iniciativa propia
El equipo de expertos señala que la participación independiente, autónoma e imparcial del mecanismo internacional debe tener iniciativa de acción, por ello sugieren que vía reforma al Código Procesal Penal (CPP) se garantice la “legitimidad procesal para querellar penalmente en casos de corrupción, delitos económicos y criminalidad organizada”.
Insistieron que no hay necesidad de reforma constitucional, ya que el Código Procesal Penal “reconoce la institución de la querella” para impulsar la acción penal, por lo que una ampliación de los supuestos mencionados “sería suficiente a efectos de cumplir los objetivos” que puedan establecerse en el mandato de creación del mecanismo anticorrupción.
La modificación al referido código busca reconocer a la futura CICIH la “calidad de querellante con autonomía suficiente para provocar la persecución penal o para intervenir de forma conjunta con la acción ya iniciada por el MP (Ministerio Público)”, se destaca en el referido informe.
También solicita la modificación de los artículos 17 y 96 del CPP a fin de incorporar los delitos de corrupción, económicos y crimen organizado.
Igualmente solicita la derogación del artículo 4 literal A del referido decreto 04-2022 en relación al catálogo de delitos que cubre la amnistía política, conocido popularmente como Pacto de Impunidad 2.0, ya que los mismos solo deberían quedar reducidos a los delitos políticos, conexos con los políticos o políticamente motivados.
Pero los expertos son conscientes que la mayoría de los interesados se acogieron al mismo, piden la derogación en su totalidad del artículo 4 a partir de una fecha previa del funcionamiento del mecanismo anticorrupción.
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Otras derogaciones
El informe del EdE de la ONU señala que en agosto del 2023 se derogó el decreto 116-2019 referente a las liquidaciones de los “fondos departamentales” e incluía extinción de responsabilidad penal, administrativa y civil a todos los involucrados en la ejecución de los mismos y condiciona al Ministerio Público para investigar delitos por enriquecimiento ilícito.
En ese sentido señalan los expertos que no ofrece “certeza jurídica absoluta” e introduce interrogantes al futuro que diputados afectados pudieran invocar su nulidad o la inconstitucionalidad, por ello señalan que para “evitar futuros impedimentos del mecanismo para investigar o accionar penalmente como resultado de reglas de exención de responsabilidad civil, administrativa y penal para la actuación de funcionarios públicos o por la existencia de fueros especiales”.
También reclaman la derogación del decreto 117-2019 sobre la inmunidad para diputados por actos cometidos en ejercicio de su función legislativa, ya que constituye una “amnistía general anticipada, que obstaculiza el régimen de la responsabilidad de los funcionarios públicos”.
Regresar a circuitos especiales
El informe sugiere que algunos mínimos institucionales para el funcionamiento de una futura CICIH requerirán la creación de circuitos de jueces en casos de alta complejidad para tratar “casos de corrupción de alto impacto, delitos financieros y económicos, y delitos cometidos por estructuras de poder”.
Estos circuitos atenderían el control de la acusación y llevarían adelante el proceso de juicio oral y público y recomiendan incorporar al circuito a jueces de privación de dominio.
También sugieren que el Ministerio Público organice una contraparte institucional, mediante la creación de una Unidad Fiscal de Casos de Alta Complejidad.
El documento contiene 26 acciones que se deberían realizar para la llegada de la CICIH, pero destacan que apenas se han cumplido tres y están pendientes 23. (PD).