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Gobierno compra 100 millones de lempiras de urea sin licitación

Tegucigalpa.-Bajo el consabido argumento que se trata de una situación de emergencia, el gobierno adquirirá 300 mil quintales de urea a un costo de 100 millones de lempiras, equivalentes a unos 5.2 millones de dólares, sin haber sometido la compra a un proceso de licitación pública como manda la Ley de Contratación del Estado.
 

La información fue confirmada por el propio ministro de Agricultura y Ganadería, Héctor Hernández, quien indicó que la compra se hizo con carácter de urgencia por la proximidad del invierno y la época de siembra.

Por su alto contenido en nitrógeno, la urea preparada comercialmente se utiliza en la fabricación de fertilizantes agrícolas.

Hernández explicó que parte del fertilizante será comprado en España y su distribución a los campesinos se hará a través del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (Banadesa).

“Honduras no produce urea, la urea solo se produce en Europa y por eso nosotros estamos comprando 100 millones (de lempiras) a través de Banadesa y de la Dirección de Ciencia y Tecnología Agropecuaria (Dicta) para apoyar a los productores, tanto del Bono Tecnológico como los financiados por Banadesa”, dijo.

El funcionario arguyó que con esta masiva compra de urea se pretende trasladar al productor agropecuario una rebaja de por lo menos 100 lempiras al quintal del fertilizante.

Los 300 mil sacos de urea comprados al precio que señala el gobierno, tendrá un costo de 333.3 lempiras la unidad.

El ministro señaló que los 300 mil quintales del agroquímico deberán estar en Honduras en un plazo de cuarenta días porque la siembra empieza en la segunda quincena de mayo y durante todo el mes de junio.

Dijo que el gobierno también cotizó la compra de fórmula para la siembra de granos, pero debido a la escasez que existe a nivel mundial únicamente se formalizó la compra de la urea.

El funcionario no detalló el nombre de la empresa a la que se hará esta millonaria adquisición ni la forma en que se materializó la compra.

El artículo 9 de la Ley de Contratación del Estado establece que la declaración del estado de emergencia se hará mediante decreto del Presidente de la República en Consejo de Ministros.

Los contratos que se suscriben en situaciones de emergencia, requerirán de aprobación posterior, por acuerdo del Presidente de la República, emitido por medio de la Secretaría de Estado que corresponda, o de la Junta o Consejo Directivo de la respectiva institución descentralizada o de la Corporación Municipal, si es el caso.

En cualquiera de los casos deberá comunicarse lo resuelto a los órganos contralores, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, siempre que se provea la celebración de contratos.

Cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionados por desastres naturales, epidemias, calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estados de excepción, u otras circunstancias excepcionales que afectaren sustancialmente la continuidad o la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos, podrá contratarse la construcción de obras públicas, el suministro de bienes o de servicios o la prestación de servicios de consultoría que fueren estrictamente necesarios, sin sujetarse a los requisitos de licitación y demás disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de las funciones de fiscalización.

El precio de este fertilizante en el mercado internacional subió 40 por ciento a lo largo del 2007.

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