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Expresidente Hernández no puede ser extraditado por inmunidad parlamentaria, según abogada defensora

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Tegucigalpa – El expresidente Juan Orlando Hernández (2014-2022), no puede ser extraditado por su inmunidad como diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen), manifestó la abogada defensora Rosa Elena Bonilla.

– En la Fiscalía hay 32 denuncias contra el exmandatario, dos de ellas por los mismo delitos que lo acusa EEUU, agregó Bonilla.

“Entiendo que la inmunidad para los diputados a nivel nacional ha sido suspendida, pero Juan Orlando Hernández goza de las prerrogativas como diputado del Parlacen en países extranjeros”, declaró una de las apoderadas legales.

Manifestó a periodistas que cubren la fuente judicial que el recurso de apelación interpuesto el fin de semana lleva todos los requisitos para que sea admitido por el pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Añadió que en ese requisito se expresa los agravios necesarios para que la CSJ analice la resolución del juez natural de otorgar la extradición a Estados Unidos del expresidente Hernández Alvarado.

Bonilla dijo que dentro del recurso lleva varias resoluciones ya legados como la inmunidad parlamentaria.

Señaló que en su condición de diputado del Parlacen, Juan Orlando Hernández no puede ser extraditado por poseer inmunidad parlamentaria.

La profesional del derecho, puntualizó que solo la Corte Centroamericana de Justicia es el único ente que puede despojarle la inmunidad parlamentaria a Hernández.

En ese sentido, anunció que solicitó al juez natural a la CSJ que realice una consulta judicial a la Corte Centroamericana de Justicia, para que determine el alcance de la inmunidad y sus prerrogativas.

Detalló que las consultas judiciales tardan alrededor de dos meses en obtener respuestas.

También argumentó el artículo 1 del tratado de extradición para que se verifique si las acusaciones ocurrieron cuando el acusado estaba en el país hondureño.

Expuso que si esa situación sucedió no hay jurisdicción para que Estados Unidos pida la extradición de su cliente.

Además, citó el artículo 9 del Código Penal vigente para que un connacional sea juzgado dentro del país.

“El expresidente tiene en nuestro país una cantidad de denuncias e investigaciones pendientes que forman parte del proceso penal que deben ser dilucidadas previo a su extradición”, apuntó.

Finalizó pidiendo a la CSJ que resuelva con conformidad de la ley y del debido proceso y las motivaciones o justificaciones de los órganos jurisdiccionales no incurran en ninguna responsabilidad. AG

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