Tegucigalpa – El Decreto de Amnistía aprobado el pasado 2 de febrero cumple 112 días de vigencia con una avalancha de críticas y aunque existen deseos de reformarlo, los especialistas consideran que la misma sería inutil porque los beneficios otorgados, la libertad de personas cuestionadas, ya no se puede revertir.
– Ya fueron amnistiados reconocidos exfuncionarios como: Rodolfo Padilla Sunseri, Marcelo Chimirri, Enrique Flores Lanza y Germán Enrique Ayala, entre otros.
– Otros tantos, como jóvenes universitarios y manifestantes postelectorales, también fueron abarcados por el decreto, que para expertos con éstos sí procedía el mismo.
– La única forma para que quede sin valor la Amnistía a señalados por delitos de corrupción es mediante un recurso de inconstitucionalidad ante la CSJ.
Asimismo, el ministro de Transparencia, Edmundo Orellana, indicó que si el decretod e amnistía tiene alguna falla es responsabilidad de la sociedad civil, ya que fue la que propuso el decreto de ley, así como a fiscales y jueces porque a su criterio son los que deben aplicar la misma.
Los expertos constitucionaliostas llaman a dicho decreto de amnistía “un entuerto” e indican que fue esencialmente elaborado para beneficiar a personajes políticos acusados de corrupción pública.
El espíritu del legislador fue que la amnistía abarcara a las personas que se desempeñaron como funcionarios, empleados o autoridades electas durante la administración gubernamental del periodo comprendido del 27 de enero de 2006 al 28 de junio de 2009, y que fueron víctimas del golpe de Estado, requeridos, acusados o procesados criminalmente por oponerse y protestar contra el golpe de Estado, y por los actos propios del ejercicio de su función política, procesos que fueron calificados como políticamente motivados.
Sin embargo, el decreto incluyó delitos como: abuso de autoridad, violación de los deberes de los funcionarios, malversación de caudales públicos, negociaciones incompatibles con el ejercicio de sus funciones públicas, fraude en perjuicio de la administración pública, enriquecimiento ilícito, falsificación de documentos públicos y privados y otros más, incluso de criminalidad organizada.
Asimismo, abarcó otros ilícitos como: posesión de armas de guerra, tenencia y almacenamiento de munición de arma comercial, usurpación, daños, robo, incendio, privación injusta de la libertad, tráfico ilegal de productos o subproductos forestales y apropiación de área forestal.
La bancada del Partido Salvador de Honduras (PSH), este martes salió al paso para defender y a la vez anunciar una reforma al controversial Decreto de Amnistía.
La diputada del PSH, Fátima Mena, negó que exista una Ley de Amnistía y dijo que lo aprobado fue para resarcir los daños a personas consideradas como “presos políticos”.
“Hubo un decreto que autoriza la amnistía para presos políticos, la intención es llevar justicia a todos los que han sido perseguidos por razones o motivos políticos”, declaró.
De su lado, el jefe de bancada del PSH, Tomás Ramírez, dijo que luego del golpe de Estado de 2009 muchos hondureños se fueron al exilio por persecución político.
“A muchos les pusieron un arma y los acusaron de terrorismo, a otros les pusieron un poquito de droga, que son delitos comunes, pero que eran políticos, en ese sentido evaluamos y solicitamos a la comisión que se integrara el Cofadeh, Derechos Humanos, para verificar que los beneficiados con el decreto fueran las idóneas”, detalló.
Ramírez reiteró que esta semana presentarán en la Cámara Legislativa una reforma al Decreto de Amnistía.
En tanto, la congresista Suyapa Figueroa -siempre de PSH- es del criterio que el decreto debió tener mayor debate y socialización. “Yo siempre me opuse a que fuera aprobado tal como estaba y también estoy en contra de la dispensa de debates de las leyes que se discuten en la Cámara”, apostilló.
Varios de los parlamentarios que apoyaron el decreto han dicho públicamente que entre las reformas contenidas estaría que los que fueron ya amnistiados la resolución queden sin valor ni efecto, sin embargo esto no es viable y únicamente podría darse con un recurso de inconstitucionalidad ante el Supremo hondureño.
El pasado 8 de marzo, la jueza Karla Romero interpuso un recurso de inconstitucionalidad en la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en contra del decreto de la amnistía política aprobado por el Congreso Nacional. Hasta la fecha no hay pronunciamiento del Supremo al respecto.
No se puede dar marcha atrás con los beneficiados
El analista y exlegislador, Raúl Pineda Alvarado, dijo a Proceso Digital que los que ya se beneficiaron con la Amnistía es un hecho consumado y nada se puede hacer al respecto desde el Congreso de la República.
“La Ley Penal es retroactiva en lo que favorece al imputado y está el principio que dice no pueden ser juzgados dos veces por la misma situación”, expresó.
Agregó que en el tiempo que ha estado vigente la Amnistía Política “por muy mala que sea su positividad es totalmente plena, aunque se haga una reforma esa normativa es aplicable para los que ya se vieron beneficiados por ella”.
Explicó que no es cuestión que en materia plena se puede hacer una ley y desconocer lo aprobado en tiempo y forma.
Pineda expuso que la única vía para ejecutar un proceso de revisión es a través de un recurso de inconstitucionalidad en el que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) establezca que ese acto legislativo es inconstitucional, que no tiene ninguna fuerza, efecto ni consecuencia, pero por la ruta de una reforma no puede desconocerse un hecho consumado que se aprobó una ley y que se aprobó.
Criticó que en Honduras existe un sistema de impunidad que empieza con la reducción de penas en el nuevo Código Penal (decreto 116-2019) que impide las actuaciones del Ministerio Público y que limita el ejercicio de excepción penal condicionándolo a la emisión de un documento final del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), y finalmente el Decreto de Amnistía que se otorga por delitos que no son de naturaleza política como ilícitos forestales y otros de criminalidad organizada.
Jueces y fiscales deben saber aplicar Amnistía
En medio de la controversia que encamina a reformas en el Decreto de Amnistía, el ministro de Transparencia, Edmundo Orellana, dijo que son jueces y fiscales los que tienen que aplicar bien el principio de motivación del delito y además si la Ley tiene falencia la sociedad civil es responsable.
Orellana, dijo que la Ley de Amnistía fue creada y turnada al Congreso por la sociedad civil y se aprobó tal como ellos la enviaron por tanto “si el proyecto tiene falencias, la responsabilidad es estrictamente de la sociedad civil (…) porque si ha habido persecuciones políticas alegando delitos comunes en América Latina y en Honduras”.
Asimismo, recordó que la justicia se ha politizado y en ese contexto fue que la que la sociedad civil propuso la amnistía ante el Congreso y si ahora hay necesidad de reformar la ley es decisión del Legislativo.
De igual forma, el funcionario expresó que el decreto elaborado por la sociedad civil tiene dos dimensiones, el primero; aquellos que son clásicos delitos políticos y los procesos que han sido motivados políticamente.
Por otra parte, resaltó que el decreto tiene un problema serio, porque no se puede aplicar si no establece la valoración el Ministerio de Derechos Humanos, el Cofadeh, lo que calificó como una aberración que no se haya dejado en manos de los jueces la concesión del perdón político.
No obstante, a su criterio lo principal es que los jueces deben conceder ese beneficio solamente cuando se haya acreditado que el proceso está políticamente motivado.
Seguidamente explicó que eso significa que el decreto tiene un recaudó especial que le está diciendo al juez y le está diciendo al fiscal que puede acceder a la amnistía siempre y cuando que el sometido del beneficio acredite ante el juez que el proceso ha sido calificado como políticamente motivado.
Si ese principio “no se ha cumplido entonces el problema lo tiene el fiscal por no haber impugnado la decisión y el juez por haberla admitido, porque esa es un requisito que no puede obviar según el decreto de amnistía”, adicionó.
Luego añadió que si ellos (jueces y fiscales) no lo han cumplido se van a enfrentar a problemas en el futuro porque con una nueva autoridad fiscal les van a perseguir si ellos han concebido el beneficio de la amnistía, sin haber acreditado el proceso es decir si no está políticamente motivado.
Reforma no afectaría a los amnistiados
A criterio del abogado constitucionalista Juan Carlos Barrientos, una reforma a la Amnistía Política no abarcaría ni perjudicaría a los que ya fueron beneficiados.
En una consulta de Proceso Digital, el profesional del derecho arguyó que en el país existe un principio que la ley no puede ser retroactiva, salvo que beneficie al delincuente.
“Con 65 votos se puede dar vuelta, pero sería de aquí para adelante, lo que pasó atrás no lo abarcaría”, aclaró.
Barrientos esclareció que las personas beneficiadas con la aplicación de la Amnistía Política no pueden ser perjudicadas por la reforma.
“La leyes no son retroactivas, usted no puede aprobar una ley hoy y aplicarlas para el pasado, debe aplicarse de aquí para adelante, lo que ya se aprobó así se quedó”, concluyó.
Reformas no tendrían sentido y serían improductivas
Para el abogado penalista Félix Ávila, una reforma a la Amnistía Política sería improductiva porque ya habrían sido beneficiados las personas interesadas por el actual gobierno.
Consideró que no habrá una reforma a la Amnistía, e incluso vaticinó que en caso que existiera, se presentaría cuando fueran amnistiados todos los exfuncionarios del gobierno del Poder Ciudadano.
“No tiene ningún sentido cuando vengan los juzgados y el Ministerio Público quiera perseguir delitos contra esas personas”, opinó.
Añadió que los beneficiados argumentarán cierre de investigaciones en la Fiscalía y sobreseimientos en los juzgados, no habrá nada que perseguir.
Las reformas serían improductivas, serían un engaño para el pueblo hondureño, sentenció.
Amnistiados ya recibieron beneficios
De su lado, el abogado penalista Jair López reflexionó que los que ya fueron amnistiados no pueden recibir reveses a sus procesos judiciales.
“El hecho que existiera una reforma para corregir ese entuerto, a ellos ya no les es aplicable porque se les aplicó la ley vigente, es decir que cualquier reforma no puede ser retroactiva”, señaló.
López enfatizó que la situación jurídica de los amnistiados “es irrepetible”.
Englobó que con la aprobación del Decreto de Amnistía hubo un exceso, en vista que “el Congreso Nacional no puede aprobar conceder amnistía por delitos políticos y comunes conexos con los delitos políticos y ese decreto establece de manera independiente los ilícitos contra la administración pública”.
Concluyó que “ese decreto fue un exceso, el Congreso no tiene esas facultades, es decir un acto irregular del Legislativo no puede servir de precedente jamás”. PD