Tegucigalpa– Tras concluir la audiencia inicial el exsubcomisionado de la Policía Nacional, José Leiva Natarén, el juez que lleva la causa dictó auto de formal procesamiento con medidas sustitutivas a la prisión.
Leiva Natarén mantiene junto a su esposa, un proceso judicial por el supuesto delito de lavado de activos.
El exsubcomisionado deberá presentarse ante los juzgados cada 15 días a firmar el libro de asistencias, no salir del país y presentó una fianza hipotecaria.
El 10 de febrero quedó progamada la audiencia preliminar.
De acuerdo con el expediente, el monto por el cual se inició el proceso legal y que no pudieron justificar tanto el exsubcomisionado y su cónyuge es de más de 313 millones de lempiras.
Según la defensa, por los momentos Nancy Sánchez, esposa de Leiva Natarén no se presentará voluntariamente debido a temas familiares que deberá resolver previo a la presentación voluntaria.
Leiva Natarén se presentó el martes ante la justicia hondureña, por lo que el juez que lleva la causa le dictó detención judicial.
De acuerdo con el expediente, el monto por el cual se emitió esta sentencia y que no pudieron justificar tanto el subcomisionado en retiro y su cónyuge es de más de 313 millones de lempiras.
En 2018, el Ministerio Público, en el marco de la Operación “Dragón V”, acusó por el delito de lavado de activos a Leiva Natarén y Sánchez Cruz.
De acuerdo a la investigación dirigida por fiscales de la UF-ADPOL y practicada por agentes de la ATIC, Leiva Natarén en un período comprendido entre 2006 y 2017 presentó un comportamiento financiero atípico, llegando a mover en el sistema financiero alrededor de L 913 millones, teniendo un incremento patrimonial injustificado de L 300 millones, de los cuales L 282 millones corresponden a las operaciones de la empresa CONAR, L 15 millones de Leiva Natarén y 3 millones de su esposa.
Tales cantidades de dinero no concuerdan con las utilidades de CONAR o con lo devengado por el subcomisionado durante 25 años de servicio dentro de la estructura de la Policía Nacional. IR