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En juicio a Kevin Solórzano, Tribunal “centró sus actuaciones en el marco de la ley”, dice CSJ

Tegucigalpa – Luego de la avalancha de opiniones en torno al fallo condenatorio al joven Kevin Solórzano por el asesinato del exfiscal Edwin Eguigure, la presidencia de la Corte Suprema de Justicia emitió un comunicado para aclarar que el Tribunal de Sentencia “centro sus actuaciones en el marco de la ley”.

Citan el Artículo 336 del Código Procesal Penal que se valió el Tribunal “para fundamentar su decisión, las pruebas admitidas y evacuadas en el debate, como corresponde en base a nuestro ordenamiento jurídico”.

Por su importancia Proceso Digital reproduce el comunicado oficial:

Comunicado

En virtud del debate público que ha producido el juicio del ciudadano Kevin Joshua Solórzano, así como su correspondiente fallo dictado en las últimas horas por parte del Tribunal competente, y conociendo el alto componente mediático del caso en mención, la Presidencia del Poder Judicial de Honduras, ante la opinión pública nacional e internacional, manifiesta lo siguiente:

1. El Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, ante el cual se ha desarrollado el Juicio Oral y Público del ciudadano Kevin Joshua Solórzano, centró sus actuaciones en el marco de la Ley, en el sentido de tomar en cuenta únicamente, para fundamentar su decisión, las pruebas admitidas y evacuadas en el Debate, como corresponde en base a nuestro ordenamiento jurídico. (Art. 336 del Código Procesal Penal).

2. La Constitución de la República, señala en su artículo 88 que “Sólo hará prueba la declaración rendida ante Juez competente”, agregando en el artículo 90, que «Nadie puede ser juzgado sino por Juez o Tribunal competente con las formalidades, derechos y garantías que la Ley establece”. (Principios del Debido Proceso, de legalidad y del Juez Natural).

3. En este sentido, el Tribunal competente, para dictar su resolución no ha hecho más que cumplir con la Constitución y la Ley, en base a los principios de la sana crítica, la lógica jurídica y las máximas de la experiencia, una vez hecho el análisis objetivo de los elementos de prueba admitidos y debatidos en el Juicio Oral y Público.

4. El Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, en apego a los fundamentos del sistema acusatorio, ha sido respetuoso en cada etapa del debate de los principios de Oralidad, Publicidad, Igualdad entre las Partes, Inmediación de la Prueba y Contradicción, así como del Derecho de Defensa y el Estado de Inocencia de la persona acusada.

5. El Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional, así como todos los Tribunales y Juzgados del país, cuentan con el respeto de la máxima autoridad de esta Institución, a su independencia judicial y con el apoyo para el resguardo de su seguridad personal y familiar en los casos que amerite.

PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL DE HONDURAS
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

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